ACTUALIZACIÓN: Nota de Prensa (11.03.13).
Esta semana, El Justicia de Aragón nos ha comunicado que ya ha resuelto una de las nueve quejas admitidas a trámite, respecto a la actuación de la Alcaldesa de La Muela (PP), en la que este Grupo Municipal consideramos que está contraviniendo el ordenamiento jurídico. La QUEJA en concreto, es la referente a la «contratación de 17 personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muela, saltándose todos los procedimientos legalmente establecidos«, y esta alta institución NOS HA DADO LA RAZÓN.
Y es que desde septiembre de 2011, la Alcaldesa sabía que no podía contratar a las personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva –en concurso y liquidación-, y así se lo hizo saber la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Aragón, en un Informe a petición de la propia Alcaldía:
“En contestación a su escrito de fecha 2 de septiembre de 2011, por el que solicita se informe por esta Dirección General si es conforme al ordenamiento jurídico, la asunción por parte del Ayuntamiento y de forma directa, de los trabajadores de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muela, SL, tengo a bien informarle lo siguiente:
…2º. De acuerdo con el artículo 55 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEB), el acceso al empleo público debe llevarse a cabo de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y del resto del ordenamiento jurídico, por lo que las Administraciones Públicas, entidades y organismos, seleccionarán a su personal funcionario y laboral mediante procedimientos en los que se garanticen los principios constitucionales antes expresados, así como los establecidos a continuación: a. Publicidad de las convocatorias y de sus bases. b. Transparencia. c. Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección d. Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección. e. Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar. f. Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
(…)
Por todo ello, esta Dirección General considera que no es conforme con el ordenamiento jurídico la asunción de los trabajadores de forma directa que plantea, no obstante, si la intención del Ayuntamiento es seguir prestando dichos servicios, deberían reconsiderar la posibilidad de no disolver la sociedad hasta que decidan que ya no se puede o no procede prestar los citados servicios. Zaragoza, a 23 de septiembre de 2011. LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL».
Y a pesar del conocimiento de este Informe, desde Alcaldía se actuó de forma contraria, realizando dichas contrataciones por Decreto de Alcaldía –usurpando las competencias del Pleno-, incumpliendo varios Informes de Secretaría y de Intervención, haciendo «caso omiso» a las advertencias de este Grupo Municipal… Ahora, El Justicia de Aragón le ha dado un plazo de un mes para que conteste si acepta la siguiente «recomendación» –que viene a ser, que la Alcaldesa deshaga toda su actuación realizada, contraviniendo el ordenamiento jurídico-:
“Recomendación sobre la contratación por parte del Ayuntamiento de La Muela de 17 personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muela, SL (en concurso y liquidación)”, realizada por El Justicia de Aragón, en el Expediente DI-2283/2012-5, con la siguiente RESOLUCIÓN:
(…)
Vistos los antecedentes de hecho y consideraciones realizadas, y en ejercicio de las facultades que a esta Institución confiere el artículo 22 de la Ley 4/1985, de 27 de junio, reguladora del Justicia de Aragón, he resuelto efectuar al Ayuntamiento de La Muela las siguientes RECOMENDACIONES:
PRIMERA.- Que, si no se justifica adecuadamente su creación a la luz de lo dispuesto en el art. 3 del Real Decreto-Ley 20/2011, proceda a revisar el acuerdo municipal de 10 de mayo de 2012 correspondiente a la aprobación –junto con el Presupuesto General del Ayuntamiento-, de la plantilla de personal del Consistorio determinada para el año 2012 respecto de los puestos en ella incluidos como de nueva creación.
SEGUNDA.- Que proceda a la revisión y/o anulación del Decreto de Alcaldía nº 247 lg/S 2012 por el que se acordaba la asunción directa por parte del Ayuntamiento de La Muela, como personal laboral indefinido integrado en la plantilla municipal, de varios trabajadores procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muela, SL. La cobertura de las nuevas plazas que, en su caso, se puedan crear para atender por parte del Ayuntamiento de La Muela aquellas actividades y funciones hasta ahora asumidas por la indicada sociedad municipal habrá de realizarse con arreglo a los sistemas selectivos establecidos en el EBEP, a los que podrán concurrir los trabajadores procedentes de aquella”.
Aclaraciones:
1. EBEP (Estatuto Básico del Empleado Público).
2. «A los que podrán concurrir los trabajadores procedentes de aquella» (Y todos/as los/as que se quieran presentar).
[…] de este mes, El Justicia de Aragón daba la razón a CHA La Muela, en nuestra QUEJA sobre “la contratación de 17 personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muel…” (Ver Noticia de El Periódico de Aragón), cuya […]
[…] de este mes, El Justicia de Aragón daba la razón a CHA La Muela, en nuestra QUEJA sobre “la contratación de 17 personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muel…” (Ver Noticia de El Periódico de Aragón), cuya […]
[…] de este mes, El Justicia de Aragón daba la razón a CHA La Muela, en nuestra QUEJA sobre “la contratación de 17 personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muel…” (Ver Noticia de El Periódico de Aragón), cuya […]
[…] de este mes, El Justicia de Aragón daba la razón a CHA La Muela, en nuestra QUEJA sobre “la contratación de 17 personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muel…” (Ver Noticia de El Periódico de Aragón), cuya […]
[…] de este mes, El Justicia de Aragón daba la razón a CHA La Muela, en nuestra QUEJA sobre “la contratación de 17 personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muel…” (Ver Noticia de El Periódico de Aragón), cuya […]
[…] de este mes, El Justicia de Aragón daba la razón a CHA La Muela, en nuestra QUEJA sobre “la contratación de 17 personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muel…” (Ver Noticia de El Periódico de Aragón), cuya […]
[…] que recordar que en recientes fechas, “El Justicia de Aragón dio la razón a CHA La Muela, en nuestra QUEJA sobre la contratación de 17 p…” y también en otra queja distinta, “El Justicia de Aragón sugirió al Ayuntamiento de […]
[…] que recordar que en recientes fechas, “El Justicia de Aragón dio la razón a CHA La Muela, en nuestra QUEJA sobre la contratación de 17 p…” y también en otra queja distinta, “El Justicia de Aragón sugirió al Ayuntamiento de […]
[…] que recordar que en recientes fechas, “El Justicia de Aragón dio la razón a CHA La Muela, en nuestra QUEJA sobre la contratación de 17 p…” y también en otra queja distinta, “El Justicia de Aragón sugirió al Ayuntamiento de […]
[…] que no incluyó las Alegaciones presentadas por el Grupo Municipal de CHA y aprobadas por el Pleno; ese “presupuesto” que mantiene a las 17 personas contratadas por Decreto de Alcaldía, p…, y a pesar de la recomendación de El Justicia de Aragón al respecto (Ver Noticia El Periódico […]
[…] que no incluyó las Alegaciones presentadas por el Grupo Municipal de CHA y aprobadas por el Pleno; ese “presupuesto” que mantiene a las 17 personas contratadas por Decreto de Alcaldía, p…, y a pesar de la recomendación de El Justicia de Aragón al respecto (Ver Noticia El Periódico […]
[…] que no incluyó las Alegaciones presentadas por el Grupo Municipal de CHA y aprobadas por el Pleno; ese “presupuesto” que mantiene a las 17 personas contratadas por Decreto de Alcaldía, p…, y a pesar de la recomendación de El Justicia de Aragón al respecto (Ver Noticia El Periódico […]
[…] de este mes, El Justicia de Aragón daba la razón a CHA La Muela, en nuestra QUEJA sobre “la contratación de 17 personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muel…” (Ver Noticia de El Periódico de Aragón), cuya […]