Nota de Prensa. 13 de octubre de 2014. CHA fue el único grupo político con representación en el pleno del Ayuntamiento de La Muela, celebrado el pasado 9 de octubre, que votó en contra de la facturación de la ASESORÍA JURÍDICA URBANÍSTICA EXTERNA del Ayuntamiento de La Muela, que está facturando al Consistorio desde marzo de 2007 sin contrato.
Con el voto favorable del Gobierno Municipal del PP, la abstención del Grupo Independiente, CDL y PSOE, y con el único VOTO EN CONTRA de los dos Concejales del Grupo Municipal de CHA, se aprobó un RECURSO DE REPOSICIÓN de esta Asesoría Jurídica Urbanística, para pagar dos facturas, correspondientes a los meses de septiembre y octubre de 2013, a pesar de que Intervención puso REPARO en el Informe 27.2014, «al considerar que se había omitido el procedimiento legalmente establecido para realizar la contratación de los servicios referidos«, ya que tal y como se indicaba en el referido Informe, según el Informe de Secretaría 76/2013, no existe contrato en vigor sobre servicios de asistencia jurídico urbanística vigente en este Ayuntamiento.
De hecho en el cuerpo del RECURSO DE REPOSICIÓN, presentado por esta ASESORÍA JURÍDICA URBANÍSTICA EXTERNA, se afirma que «(…) Desde al menos marzo de 2007, el Sr. XXXXX XXXXX y por ende XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XXX, han venido desempeñando las funciones de Letrado Técnico Urbanista del Ayuntamiento de la Muela sin que medie contrato escrito. Sin embargo el establecimiento de ciertas condiciones como son: las funciones a desempeñar o la determinación de un precio cierto establecido con carácter periódico (mensual) en régimen de iguala hacen afirmar la existencia de un acuerdo verbal entre el Consistorio y XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XXX (…)«; y posteriormente, «(…) A cambio de un precio cierto valorado en 1.210,00 € mensuales (…)«».
CHA La Muela recuerda que el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en su Artículo 28 dice: «Artículo 28. Carácter formal de la contratación del sector público. 1. Los entes, organismos y entidades del sector público no podrán contratar verbalmente…«.
El resultado de esta actuación, es que esta ASESORÍA JURÍDICA URBANÍSTICA EXTERNA, HA COBRADO MÁS DE 90.000 € A TRAVÉS DE UN «ACUERDO VERBAL» CON EL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA, DESDE MARZO DE 2007 HASTA SEPTIEMBRE DE 2013, SIN HABER GANADO CONCURSO ALGUNO PARA ASESORAR EN MATERIA DE URBANISMO AL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA. (Y sin que hasta la fecha se haya puesto remedio para solucionar este asunto). Por estos motivo CHA reclama al Gobierno Municipal del PP que acabe de manera definitiva con esta situación irregular.
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