Feeds:
Entradas
Comentarios

Posts Tagged ‘Acta’

Read Full Post »

«EL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA INICIA EL EXPEDIENTE PARA HACER UNA AUDITORÍA EXTERNA». HERALDO DE ARAGÓN (11.07.15)

Heraldo de Aragón (11.07.15)

Nota aclaratoria a la noticia publicada en Heraldo de Aragón. Antonio Gómez Prior (C’S), gestiona el Área de Comercio, Turismo y Grandes Equipamientos, y el Área de Educación, Infancia y Juventud, pero no es el Cuarto Teniente Alcalde del Ayuntamiento de La Muela.

Read Full Post »

ORGANIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA PARA LA LEGISLATURA 2015-2019 (PLENO. 01.07.15)

Candidatura de CHA La Muela 2015

Foto de la Candidatura de CHA en La Muela para las Elecciones Municipales 2015

ORGANIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA PARA LA LEGISLATURA 2015-2019 (PLENO 01.07.15)

Alcalde. Adrián Tello Gimeno (CHA)

Primer Teniente Alcalde. Pedro Bartolomé Pérez (CHA)

Segundo Teniente Alcalde. Arturo Espada Roda (GANAR LA MUELA)

Tercer Teniente Alcalde. Jaime Ameller Pons (PSOE)

Cuarto Teniente Alcalde. Antonio Gómez Prior (CIUDADANOS)

Área de Economía, Hacienda y Contratación. Adrián Tello Gimeno (CHA)

Área de Medio Ambiente, Desarrollo Sostenible y Agricultura. Adrián Tello Gimeno (CHA)

Área de Urbanismo, Movilidad y Servicios Públicos. Pedro Bartolomé Pérez (CHA)

Área de Cultura, Deportes y Festejos. Pedro Bartolomé Pérez (CHA)

Área de Bienestar Social, Igualdad y Sanidad. Arturo Espada Roda (GANAR LA MUELA)

Área de Participación Ciudadana, Transparencia, Movimientos Sociales y Nuevas Tecnologías. Arturo Espada Roda (GANAR LA MUELA)

Área de Personal y Régimen Interior. Jaime Ameller Pons (PSOE)

Área de Desarrollo Local y Polígono Industrial Centrovía. Jaime Ameller Pons (PSOE)

Área de Comercio, Turismo y Grandes Equipamientos. Antonio Gómez Prior (CIUDADANOS)

Área de Educación, Infancia y Juventud. Antonio Gómez Prior (CIUDADANOS)

Read Full Post »

Pleno de Organización (01.07.15)

Read Full Post »

UN «POQUICO» DE MEMORIA HISTÓRICA EN LA MUELA…

LA MUELA. TALA DE CHOPOS. VERANO DE 2005

Esta fotodenuncia de CHA La Muela es del verano de 2005. En ella critícabamos la tala indiscriminada de varios chopos para desarrollar un centro museístico dedicado a la ciencia y la naturaleza, que posteriormente pasaría a denominarse MUVI (Museo de la Vida). Es decir, el Equipo de Gobierno del PAR quería fomentar los valores del respeto y cuidado de la naturaleza, y para ello se cargó el PARQUE de la Calle La Balsa, tal y como contó José Manuel Latorre «Seve», Presidente del Ligallo de Redolada de CHA en Baldexalón (Valdejalón) en El Periódico de Aragón en agosto de aquel año…

Un PARQUE que desapareció para albergar un Museo de la Vida (Cerrado), que junto al Museo del Viento (Cerrado) y al Museo del Aceite (Cerrado), cuentan con un encargado de museos (Cerrados), y han llegado a tener una azafata de museos (Cerrados) y dos limpiadoras de museos (Cerrados), ahora reubicadas en otros puestos de trabajo…, explicaciones estas últimas que ya no hay que pedírselas al PAR, ya que aquí, la «culpa» ya es del PP –la de mantener y haber mantenido estos puestos de trabajo para unos centros que se encuentran cerrados y sin suministro eléctrico desde finales de la pasada legislatura-. Ver Artículo: «La Muela en #modosomarda… ¿Los museos están abiertos o cerrados?«.

Pero a lo que íbamos… Este comentario viene consecuencia de las críticas realizadas en estos días por UPYD La Muela, que aludía tanto a los/as Concejales/as del Equipo de Gobierno del PP, como a los Concejales de los Grupos Políticos de la Oposición (Independiente, CHA, CDL y PSOE), en la responsabilidad de la falta de parques en nuestro pueblo, y que de nada servía hablar si los hechos no acompañaban a las palabras… Pues este hecho, y podríamos seguir y seguir con otros muchos ejemplos, es de aquellos años en que las personas que hoy forman parte de UPYD en nuestra localidad, poco o nada decían, ante este tipo de actuaciones, y otras peores, como la construcción de una plaza de toros «en cuarenta días«, un auditorio «para las orquestas de las fiestas«, o un aviario para «especies exóticas«…

En la REIVINDICACIÓN para que nuestro pueblo tenga unos parques en condiciones, y unos servicios públicos, básicos y esenciales de calidad, aquí estaremos. Pero cualquier formación política que quiera tener un mínimo de credibilidad en nuestra localidad, no puede comenzar la «historia» a partir de 2011, y con afirmaciones un tanto «sesgadas«…

Read Full Post »

Abandono y cierre de edificios en La Muela. Heraldo de Aragón. 21.08.14

Abandono y cierre de edificios en La Muela. Heraldo de Aragón. 21.08.14

Hoy, en la edición digital de HERALDO DE ARAGÓN, aparece una noticia con una galería de fotos sobre el «abandono y cierre de edificios en La Muela«, como la publicada en este artículo, afirmándose en este medio de comunicación, que el Museo del Aceite, el Museo del Viento y el Museo de la Vida están cerrados, y que los mismos, a día de hoy, carecen de suministro eléctrico «y mantenimiento de ningún tipo» según este diario.

La publicación de esta noticia «choca frontalmente» con las afirmaciones realizadas por la Alcaldesa de La Muela, María Soledad Aured de Torres (PP), que en el Pleno Ordinario de 10 de mayo de 2012, y así consta en el ACTA, a preguntas de Pedro Bartolomé Pérez, Concejal del Grupo Municipal de CHA, la Alcaldesa dijo literalmente: «LOS MUSEOS RECIBEN VISITAS. NO HAY LUZ. SE LES ADVIERTE A LOS COLEGIOS QUE NO HAY LUZ, SE LES COBRA MENOS, PERO RECIBEN VISITAS«.

Pero todavía hay más, porque a través del Decreto de Alcaldía Nº 247, de fecha de 30 de marzo de 2012, la Alcaldesa procedió a la “subrogación” («Contratación») por parte del Ayuntamiento de La Muela, de 17 personas no afectadas por el ERE de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva (En Concurso y en Liquidación), entre ellas a UN ENCARGADO DE MUSEOS, UNA AZAFATA Y DOS LIMPIADORAS, para que desarrollen su trabajo en unos edificios municipales, que según HERALDO DE ARAGÓN están cerrados y sin luz…

Por cierto, unas «contrataciones» que según la Recomendación de EL JUSTICIA DE ARAGÓN, el Informe de la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Aragón, así como los numerosos informes, tanto de Secretaría como de Intervención del Ayuntamiento de La Muela, VULNERAN LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE IGUALDAD, MÉRITO Y CAPACIDAD EN EL ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA.

En fin, aquí estamos en agosto en #modosomarda, sin saber si los museos están abiertos o cerrados, ante el surrealismo que se vive casi todos los días en el Ayuntamiento de La Muela…

Read Full Post »

Heraldo de Aragón. 21.02.14

Read Full Post »

El Periódico de Aragón. 21.12.13

Read Full Post »

IN MEMORIAM JUAN DE LANUZA V

La QUEJA fue presentada por el Grupo Municipal de CHA, y en la misma, se planteaba la devolución de esa cantidad, ya que se hizo antes de que la Ordenanza que regula dicha actividad, la número 12, hubiera sido aprobada definitivamente con su correspondiente publicación en el BOPZ (Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza).

El Justicia de Aragón ha vuelto a dar la razón al Grupo Municipal de CHA, y ha sugerido al Ayuntamiento de La Muela que devuelva las cantidades cobradas indebidamente por acceder al Centro Deportivo Municipal.

Adrián Tello, Portavoz de CHA, ha señalado que su grupo decidió presentar una queja ante El Justicia ya que el ayuntamiento cobró el acceso al centro deportivo antes de que se aprobara definitivamente la ordenanza con su correspondiente publicación en el BOPZ.

No es la primera vez que El Justicia da la razón a CHAanteriormente se la ha dado en temas de contratación de personal y sobre la forma en que se pueden o no hacer contratos sin procedimiento negociado– y tal y como explica el portavoz de CHA, Adrián Tello, “es preciso que el equipo de gobierno entienda que hay que cumplir los plazos y las normas”.

DESCÁRGATE LA RESOLUCIÓN DEL JUSTICIA DE ARAGÓN

VER NOTICIA: EL JUSTICIA DE ARAGÓN SUGIERE AL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA QUE “DEBERÍA DE PROCEDER DE OFICIO A LA DEVOLUCIÓN DE LAS CANTIDADES INDEBIDAMENTE COBRADAS DURANTE LOS MESES EN LOS QUE LA MODIFICACIÓN DE LAS TARIFAS DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 12 (CENTRO DEPORTIVO MUNICIPAL) NO ESTABA VIGENTE”.

Read Full Post »

EL JUSTICIA DE ARAGÓN SUGIERE AL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA QUE «DEBERÍA DE PROCEDER DE OFICIO A LA DEVOLUCIÓN DE LAS CANTIDADES INDEBIDAMENTE COBRADAS DURANTE LOS MESES EN LOS QUE LA MODIFICACIÓN DE LAS TARIFAS DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 12 (CENTRO DEPORTIVO MUNICIPAL) NO ESTABA VIGENTE»

El Justicia de AragónHoy, hemos recibido una Resolución (DESCARGAR AQUÍ), de El Justicia de Aragón, en referencia al Expediente DI-2286/2012-7, ante una QUEJA, presentada por el Grupo Municipal de CHA, con fecha de 12 de diciembre de 2012, por el «Cobro de las Tasas de la Ordenanza Fiscal número 12, ‘Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación de servicios y la realización de actividades municipales de carácter deportivo, educativo y cultural’, antes de su aprobación definitiva y correspondiente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ)«. La Resolución es la siguiente:

«III.- Resolución

Vistos los antecedentes de hecho y consideraciones realizadas, y en ejercicio de las facultades que a esta Institución confiere el artículo 22 de la Ley 4/1985, de 27 de junio, reguladora del Justicia de Aragón, he resuelto efectuar la siguiente SUGERENCIA:

Para que por el Ayuntamiento de La Muela se procure en lo sucesivo aprobar sus Ordenanzas Fiscales cumpliendo estrictamente el procedimiento de elaboración establecido en la Ley de Haciendas Locales para que no queden limitadas a las garantías y derechos de los contribuyentes, y se proceda de oficio a la devolución de lo indebidamente cobrado».

Y para que las vecinas y los vecinos del pueblo, tengan toda la información, la QUEJA que presentamos desde el Grupo Municipal de CHA en el Ayuntamiento de La Muela, fue la siguiente:

COBRO DE LAS TASAS DE LA ORDENANZA FISCAL NÚMERO 12, “ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES MUNICIPALES DE CARÁCTER DEPORTIVO, EDUCATIVO Y CULTURAL”,  ANTES DE SU APROBACIÓN DEFINITIVA Y CORRESPONDIENTE PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA (BOPZ)

PRIMERO. Según consta en el Acta del Pleno Extraordinario, de fecha de 14 de agosto de 2012, se aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza Fiscal número 12, con las irregularidades que se reflejan en el acta, a la tramitación de la misma:

PRIMERO.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 12 REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE CARÁCTER DEPORTIVO, EDUCATIVO Y CULTURAL

En relación con el expediente de modificación de la ordenanza fiscal número 12 Tasa por prestación del servicio y la realización de actividades de carácter deportivo, educativo y Cultural

Visto el citado Dictamen de la Comisión informativa de Hacienda y Especial de Cuentas de 13 de agosto de 2012,

Sometida a votación la propuesta de Modificación de Tarifas, el Grupo Municipal de CHA manifiesta su voto contrario por la presentación incompleta del expediente ya que falta el informe económico y no figura el articulado concreto a modificar, la apertura de la piscina cubierta va a suponer un alto déficit que se sumará al déficit ya existente en el Ayuntamiento con la incidencia que esto pueda tener en el Plan de Ajuste aprobado por el Ayuntamiento. El Grupo Municipal Independiente igualmente vota en contra sumándose a los argumentos ya manifestados y añadiendo que no pasaría nada si se abre el Centro Deportivo sin la piscina cubierta. El Grupo Municipal del PP vota a favor. En consecuencia por seis votos a favor y cinco en contra el Pleno

ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar provisionalmente la modificación de las tarifas de la Ordenanza Fiscal número 12 Reguladora de la Tasa por prestación del servicio y la realización de actividades de carácter deportivo, educativo y cultural cuya nueva redacción se recoge en el anexo.

SEGUNDO.- De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, los acuerdos adoptados y la modificación de la ordenanza fiscal se expondrán al público por un periodo de treinta días mediante edicto insertado en Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. Conforme a lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebe el texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el caso de que no se presentasen reclamaciones a este expediente en el plazo anteriormente indicado, se entenderán definitivamente adoptadas las disposiciones de este acuerdo hasta entonces provisionales”.

SEGUNDO. Se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ), de fecha de 27 de agosto de 2012, la aprobación inicial de la Ordenanza Fiscal número 12, iniciándose el periodo de exposición pública y alegaciones.

TERCERO. Según consta en el Acta del Pleno Ordinario de 27 de septiembre de 2012, nuestro Grupo Municipal pregunta los motivos por los que se ha empezado a cobrar las tasas de la Ordenanza Fiscal número 12, sin haberse publicado definitivamente dicha ordenanza –momento en el cual, la Ley establece que entrará en vigor la mencionada ordenanza, y por ende, las tasas en ella contempladas-:

J. Pedro Bartolomé. Tenemos noticias de que las tarifas del Centro Deportivo se están cobrando y se aprobaron provisionalmente, pero no están aprobadas definitivamente ni publicadas, con lo que entendemos que no se pueden cobrar así. Tras la publicación es cuando se pueden aplicar las tarifas.

Marisol Aured. Entonces, ¿Abrimos el Centro Deportivo y cobramos en diciembre?

J. Pedro Bartolomé. Haber tenido mayor previsión y haber empezado este tema antes.

Marisol Aured. Muchos de los retrasos no se deben al equipo de Gobierno si no a las trabas de la oposición, así pasa con lo de las tierras….

CUARTO. En el Acta de la Junta de Gobierno Local, de fecha de 5 de octubre de 2012, formada íntegramente por el Gobierno Municipal, se dice:

“5.3.-ORDENANZA FISCAL NÚM. 12 REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES MUNICIPALES DE CARÁCTER DEPORTIVO.

La Concejala delegada del Área da cuenta de la información facilitada a los usuarios del Centro Deportivo comprensiva de los importes a que ascienden los abonos y el periodo que comprenden, con el contenido literal de la Ordenanza inicialmente aprobada por el Ayuntamiento. Esta disfunción entre una y otra igualmente la pone de manifiesto la vocal Rosa Barceló que cuenta que un abonado le señaló que con la Ordenanza en la Mano el Bono es anual y no referido al periodo de tiempo que figura en la información facilitada. Añade que la información impresa es realmente lo que se habló tanto en Comisión como en Pleno y que al no recogerse así en la Ordenanza se debe a un error material cometido en su redacción. Así las cosas y atendiendo al alcance de dicho “error”, su sustantividad, y al estudio de la redacción literal de la Ordenanza, se estudiará la posibilidad de subsanar dicho error, con la publicación íntegra de la Ordenanza. En el supuesto de que no sea subsanable resolverá el Pleno del Ayuntamiento o en su defecto se publicará la Ordenanza tal y como fue aprobada inicialmente”.

QUINTO. Con fecha de 25 de octubre de 2012, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ), la aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal número 12.

Así pues, de lo relatado anteriormente, se desprende con absoluta claridad que este Equipo de Gobierno ha estado cobrando tasas de una ordenanza fiscal que no había sido aprobada definitivamente, ni publicada en el diario oficial correspondiente, por lo que no procede tal actuación.

Read Full Post »

El Periódico de Aragón. 25.07.13

Read Full Post »

Sede El Justicia de AragónAyer, El Justicia de Aragón remitió al Grupo Municipal de CHA en el Ayuntamiento de La Muela, el Expediente DI-119/2013-5, relativo a la QUEJA «Pago de los Servicios de Socorrismo del Centro Deportivo Municipal del mes de octubre de 2012 a un socorrista, sin existir vínculo contractual escrito alguno con el Ayuntamiento de La Muela«, emitiendo la siguiente RESOLUCIÓN:

«Por todo lo anteriormente expuesto, y en uso de las facultades que me confiere la Ley 4/1985, de 27 de junio, reguladora del Justicia de Aragón, considero conveniente formular al Ayuntamiento de La Muela la siguiente Sugerencia:

Que en las futuras contrataciones, en general, y de prestación de servicios, en particular, que deba llevar a cabo el Consistorio proceda a actuar con las previsiones normativas contenidas en el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Públicos y cualesquiera otras normas de aplicación en materia de contratación administrativa.

Asimismo se recuerda al Ayuntamiento de La Muela la obligación que la Ley 4/1985, de 27 de junio le impone de auxiliar al Justicia de Aragón en la investigación de las quejas que ante el mismo se presenten en relación con la actuación de la Administración Pública«.

Así pues, por un lado El Justicia de Aragón le ha recordado a la Alcaldesa su obligación de colaborar con dicha institución, ya que en esta ocasión ni siquiera han contestado…, y por otro, una vez más, vuelven a dar la razón a este Grupo Municipal. Y es que solamente hace falta ver el Acta del Pleno Ordinario de 20 de diciembre de 2012, y la conversación –recogida en la propia resolución antes referenciada– que se produjo entre nuestro Concejal, Pedro Bartolomé Pérez, y la Alcaldía, María Soledad Aured de Torres (PP):

“Bartolomé”. Decreto 802 en el cual se procede al pago de los servicios de socorrismo de Octubre de 2012. ¿Esto que es?

“Marisol”. Es una factura que ha presentado un señor que presta el servicio de socorrismo en la piscina municipal.

“Bartolomé”. ¿En base a qué? ¿Qué relación tiene contractual, laboral, funcionarial con el Ayuntamiento para prestar ese servicio de socorrismo?

“Marisol”. Es autónomo y nos pasa esta factura.

“Bartolomé”. ¿Lo ha contratado el Ayuntamiento, es un contrato de servicios?

“Marisol”. No.

“Bartolomé”. ¿No lo ha contratado el Ayuntamiento y lo paga el Ayuntamiento?

“Marisol”. Si. Es un servicio. No está contratado. Es igual que si te venden una silla, la tendrás que pagar ¿no?

“Bartolomé”. Pero si te venden a ti una silla, no la va a pagar éste. Pero ¿esta persona con quien tiene el contrato de servicio?

“Marisol”. Que no tiene contrato. Es un trabajador autónomo que presta un servicio.

“Bartolomé”. Pero alguien le habrá dicho ven y trabaja.

“Marisol”. Yo.

“Bartolomé». ¿Y por qué le has dicho ven y trabaja a este hombre?

“Marisol». Porque no voy a dejar la piscina sin socorrista.

“Bartolomé». Pero hay una empresa …..

Read Full Post »

El PP a nivel estatal también presume de transparencia…

«Te contestaremos por escrito«. Es la respuesta que dieron la Alcaldesa y la Concejala de Deportes en la sesión plenaria ordinaria que tuvo lugar el pasado 31 de enero, en un alarde de transparencia, a varias de las preguntas formuladas por el Grupo Municipal de CHA, sin que hayamos recibido respuesta alguna hasta la fecha. Y así está recogido en el borrador del Acta:

Bartolomé. Decreto 908/2012. Parece ser que se amplía jornada laboral a dos trabajadoras, que además son trabajadoras de la Sociedad Cultural, entendemos nosotros que no pertenecen a la plantilla municipal el hecho de que se esté ampliando la jornada, implica un aumento de plantilla. Entonces, ese aumento de plantilla es competencia del Pleno y contraviene el ordenamiento jurídico puesto que además de que no ha seguido el procedimiento establecido para el aumento de plantilla no lleva informe, está sin fiscalizar y no entendemos como por decreto hacéis un aumento de plantilla.

Marisol. Te contestaremos por escrito.

(…)

Bartolomé. Decreto 912/2012 este Decreto, Intervención en su informe 145 pone reparo por distintas razones y distinguiendo las materias en las que es un reconocimiento de obligación de gastos ……, distingue unas facturas de la letrada «(…)», el cual en dicho informe hace referencia a que en tres decretos se le está reconociendo 66.000 €, parece ser, bueno parece ser no, es así, que el contrato que se le hizo a la asesora jurídica era de 36.000 € se hizo por procedimiento negociado y al exceder la cuantía deberíamos cambiar el procedimiento y deberíamos hacer un nuevo procedimiento para adjudicar este contrato porque además, se están siguiendo dando asuntos a esta letrada y las cuantías os están saliendo increíblemente altas y excesivas en función del tipo de contratación que se había realizado.

Marisol. Una cosa es la defensa y otra el asesoramiento.

Bartolomé. Si pero el contrato era de asesoramiento y defensa.

Rosa. Si pero cuando gana los casos…, tú sabes cómo funciona ¿no?

Bartolomé. No.

Marisol. Te contestaremos por escrito.

(…)

Bartolomé. Con fecha 23 de Enero, este grupo municipal presentó una serie de preguntas que vamos a volver a reiterar aquí, dado que no sé si se van a contestar o no, pero nosotros las vamos a formular.

La primera es: Desde que se aprobó la modificación de la Ordenanza Fiscal núm. 12 Reguladora de la Tasa por prestación de servicios y realización de actividades municipales de carácter deportivo y cultural, ¿Qué ingresos ha obtenido el Ayuntamiento de La Muela y qué gastos?

Marta. Lo pasaremos cuando esté preparado y por escrito”.

Read Full Post »

El Periódico de Aragón. 30.12.12

Read Full Post »

Adrián Tello Gimeno y Pedro Bartolomé Pérez (14.08.12)Aunque parezca una inocentada, no lo es. Hoy, hemos tenido Pleno Extraordinario y Urgente del Ayuntamiento de La Muela. El único punto del orden del día era el siguiente: Corrección de errores existente en la Declaración de no disponibilidad de créditos en virtud de la aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto Ley 20/2012, aprobada en acuerdo plenario de 27 de septiembre de 2012 (RELATIVO A LA SUPRESIÓN DE LA PAGA EXTRA A L@S EMPLEAD@S PÚBLIC@S DEL ESTADO ESPAÑOL). Antes, los miembros de la corporación tienen que votar si el pleno es urgente, para que se celebre, puesto que se ha convocado sin 48 horas, de un día para otro…

¿Y qué errores ha habido? Por un lado, que por «error» se habían retenido los créditos destinados a la paga extraordinaria de la Alcaldesa, y las dos Concejalas, todas ellas del Grupo Popular (PP), con dedicación exclusiva en el Ayuntamiento de La Muela, y por otro lado, que un trabajador que cobra menos de 962,10 € mensuales -que es el tope que fijó el Gobierno-, sí que debería cobrar la paga extraordinaria.

Respecto a la «supuesta» errata de la paga extraordinaria de la Alcaldesa y las dos Concejalas, no ha habido ningún error, y así consta en el Acta del Pleno Ordinario de 27 de septiembre de 2012, que fue aprobada por UNANIMIDAD en el ACTA PLENO ORDINARIO DE 30 DE OCTUBRE DE 2012:

QUINTO.-DECLARACIÓN DE NO DISPONIBILIDAD DE CRÉDITOS EN VIRTUD DE LA APLICACIÓN DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO LEY 20/2012.-

Adrián Tello Gimeno y Pedro Bartolomé Pérez II«Sometida la precedente propuesta a debate de los Grupos Municipales por el portavoz del Grupo Municipal de CHA se formula pregunta relacionada con la entrada en vigor del Decreto-Ley y en su consecuencia si se abonará a los empleados públicos la parte de la paga de navidad por el mes y medio que aparentemente les correspondería. Interviene la Sra. Interventora y manifiesta que su postura es de no reconocer prorrateo alguno atendiendo a la literalidad de la Ley y a lo manifestado por el Ministerio en notas aclaratorias.

El mismo Concejal pregunta por si la no disponibilidad del crédito afecta a los políticos con dedicación exclusiva o parcial a lo que responde la Sra. Interventora que el Decreto Ley no les afecta.

Toma la palabra la Sra. Alcaldesa y manifiesta que, por solidaridad con los empleados públicos, tanto la Presidencia como los concejales que tienen aprobada dedicación exclusiva o parcial en el Ayuntamiento, renuncian voluntariamente al cobro de la paga extraordinaria de navidad y que la cuantía de la misma será donada a obras de caridad.

Sometida a votación la propuesta, la misma es APROBADA por seis votos a favor del Grupo PP, dos abstenciones de los Grupos PSOE y CDL y 5 votos en contra dos de CHA y 3 del Grupo Independiente«.

Entendiendo, que no hay ERROR alguno, ni en la transcripción, tal y como ha argumentado Alcaldía, todos los grupos políticos de la oposición, hemos votado en contra de la urgencia del pleno, por lo que no se ha declarado la urgencia de la sesión, y por lo tanto, no se ha votado el punto del orden del día en el que se iba a proponer, dotar de crédito la paga extraordinaria de la Alcaldesa y las dos Concejalas, que tienen dedicación exclusiva en el Ayuntamiento.

Y todos los grupos de la oposición, hemos dicho que si que votaríamos la urgencia si se separara en dos puntos diferentes, la paga extraordinaria del trabajador que le corresponde por derecho y que la va a cobrar, de la paga extraordinaria de la Alcaldía y las dos concejalas, a lo que la Alcaldesa se ha negado de manera rotunda en separar dichos puntos.

Y una vez más, una vez terminada la votación, han vuelto los «modales» del Gobierno Municipal del PP hacia los miembros de nuestro Grupo Municipal…

Read Full Post »