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«LA MUELA SIENTA LAS BASES DE UNA COMUNIDAD ENERGÉTICA» EL PERIÓDICO DE ARAGÓN (05.03.23)
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PRIMEROS PASOS PARA LA CREACIÓN DE UNA COMUNIDAD ENERGÉTICA EN LA MUELA CON LA FUNDACIÓN ECOLOGÍA Y DESARROLLO (ECODES)
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PROGRAMA ELECTORAL DEL PARTIDO POPULAR (PP) EN LA COMUNIDAD VALENCIANA, PARA LAS ELECCIONES AUTÓNOMICAS DEL PRÓXIMO 24 DE MAYO DE 2015. SIN COMENTARIOS…
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EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA RECHAZA «REGALAR» AL GOBIERNO DE ARAGÓN, A CAMBIO DE NADA, EL MOBILIARIO DE LA COCINA DEL RESTAURANTE DEL CENTRO DEPORTIVO
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Hoy, el Ayuntamiento de La Muela, en un Pleno Extraordinario y Urgente –llevamos desde el 18 de diciembre sin sesiones plenarias ordinarias, con mociones, ruegos y preguntas…-, ha rechazado ceder con carácter indefinido (gratis) el mobiliario (cocina y barra) del restaurante del Centro Deportivo Municipal al Servicio Provincial de Educación de Zaragoza (Gobierno de Aragón), para que sea destinado a la Universidad Laboral y al Instituto de Educación Secundaria (IES) «Pedro de Luna» de Zaragoza.
El Equipo de Gobierno (PP) se ha quedado solo ante la «nueva vuelta de tuerca» realizada por el Gobierno de Aragón (PP-PAR) respecto a la futura Sección del IES «Rodanas» de Épila en La Muela, y «regalar» un mobiliario de miles de euros a cambio de nada. Bueno sí, a cambio de…
– Que el Gobierno de Aragón retenga ingresos del Ayuntamiento como la «Participación en los Tributos de la Comunidad Autónoma«, y las «Transferencias a las Escuelas de Educación Infantil«, para compensar la subvención del Instituto Aragonés del Agua (IAA), que fue a parar al Club Deportivo La Muela (fútbol).
– Que el Ayuntamiento sufrague unas obras, cuyo proyecto supera los 500.000 €, de una competencia que no es municipal (es del Gobierno de Aragón), para construir una Sección de Instituto de Educación Secundaria (IES), en la que no tienen cabida los/as chicos/as que están en los Programas de Aprendizaje Básico o Diversificación Curricular, o en los futuros Programas del Aprendizaje y del Rendimiento, puesto que tendrán que seguir yendo a Épila.
– Que el Gobierno de Aragón haya incumplido su compromiso para incluir a La Muela en el próximo Plan de Infraestructuras Educativas, costeando un Instituto de Educación Secundaria (con Bachillerato y Formación Profesional), tal y como se había comprometido en nuestro pueblo, el pasado mes de junio, el Director General de Ordenación Académica (el mismo que ha pedido ahora a las muelanas y a los muelanos, que tengamos un acto de generosidad, para regalar la cocina del Centro Deportivo Municipal).
En definitiva, que hoy la «cordura» ha llegado al Pleno, y la suma de todos los Concejales de los Grupos Políticos de la Oposición (CHA, CDL, PSOE y no adscritos-independientes) ha servido para parar este despropósito, que pretendía realizar el Equipo de Gobierno (PP) en el Ayuntamiento de La Muela.
PD. Como siempre, que cada cual saque sus propias conclusiones…
DOSCIENTOS VECINOS Y VECINAS DE LA MUELA HICIERON «HISTORIA» HACE CINCO AÑOS…
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Mañana se cumplirán cinco años de la CONCENTRACIÓN que tuvo lugar el 18 de septiembre de 2009 en el Edificio Pignatelli (Sede del Gobierno de Aragón en Zaragoza), en la que 200 vecinas y vecinos de La Muela, convocados/as por la Plataforma Vecinal, salimos a la calle, a luchar contra la corrupción, para devolverle la dignidad a nuestro PUEBLO, siendo la única manera la DISOLUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO, ya que hasta la fecha, desde el 18 de marzo habián sido imputadas 36 personas, entre ellas, la Alcaldesa de La Muela, María Victoria Pinilla Bielsa (Recientemente excarcelada), y dos de sus Concejales,Juan Carlos Rodrigo Vela (También recientemente excarcelado) y Fernando Miguel Barba Marcén. Aclarar que tanto la Alcaldesa como los Concejales referenciados, eran cargos públicos bajo las siglas del Partido Aragonés (PAR).
Dos semanas después, el 29 de septiembre de 2009, el Gobierno de Aragón (PSOE-PAR), rechazó la PNL (Proposición No de Ley) presentada por el Grupo Parlamentario de CHA en las Cortes de Aragón, sobre la solicitud de DISOLUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA. La mencionada PNL contó con los votos favorables aparte de los del Grupo Parlamentario de CHA, con los del Grupo Parlamentario Popular (PP) y de IU, pero la mayoría absoluta de PSOE-PAR y su voto en contra, tiro la propuesta…
Para quienes quieran tener un poco de «memoria histórica«, y conocer el «pasado» de nuestro PUEBLO –ya que para algunas formaciones políticas. la historia polítca de nuestra localidad empieza a partir de mayo de 2011, tras las elecciones municipales, e incluso para alguna otra, a partir de mayo de 2014, tras las elecciones europeas, a un año justo de las próximas Elecciones Municipales…-, aquí está la transcripción de la Intervención de Chesús Bernal en el debate y votación de la Proposición No de Ley (PNL) NÚM. 230/09, sobre la Solicitud de Disolución del Ayuntamiento de La Muela.
El señor diputado BERNAL BERNAL: Gracias, señor presidente.
Señorías.
En la vida hay que aprovechar las ocasiones y, dado que mañana no podremos hablar con el presidente del Gobierno sobre corrupción política, más vale que hoy podamos hablar de aquella que está en el origen casi de todas las corrupciones en Aragón en los últimos tiempos, que es la del Ayuntamiento de La Muela.
Señorías, el ordenamiento legal prevé la posibilidad de disolver un ayuntamiento, cuando se dan dos circunstancias: la primera circunstancia es aquella en la que la gestión de ese ayuntamiento resulta «gravemente -y digo textualmente- dañosa para los intereses generales», y la segunda, que además, suponga incumplimiento de sus obligaciones constitucionales. Esas dos condiciones las prevé la Ley de Bases de Régimen Local en su artículo 61. Y prevé que, en tal caso, el Gobierno español pueda disolver, a solicitud de un gobierno de la comunidad Autónoma -caso que ocurrió en Marbella-, o, en todo caso, con conocimiento del Consejo de Gobierno de esa comunidad autónoma, y con la aprobación del Senado. Así lo fija la Ley de Bases de Régimen Local.
Y en ese sentido, tenemos un amplio abanico y un amplio rosario de sentencias del Tribunal Constitucional que declaran que el principio, casi sacrosanto y que siempre hemos defendido en estas Cortes todos los grupos parlamentarios sin excepción, de la autonomía local, ese principio constitucional, es perfectamente compatible con la existencia de controles de la actividad que llevan a cabo las corporaciones locales.
Pues bien, señorías, la previsión al respecto es que, en tal caso, si el Gobierno español disuelve una de esas corporaciones locales, se aplique el régimen electoral general, se cree una comisión gestora y, en el plazo de tres meses, si falta menos de uno para la celebración de las elecciones locales, se convoquen nuevas elecciones. Entre tanto, esa comisión gestora funcionaría designada por la diputación provincial y con un número que no podrá ser superior al de la composición de ese ayuntamiento.
Pues bien, señorías, esto es lo que el ordenamiento legal nos permite. Y, desde nuestro punto de vista -no sé si esto será un juicio de valor o si tengo el valor de hacer este juicio-, es indudable que la instrucción del sumario penal que se ha instruido contra la alcaldesa del Ayuntamiento de La Muela y contra dos de sus concejales, además de otros imputados ajenos, en este caso a la corporación, ha puesto de manifiesto que la gestión desarrollada por esa corporación ha sido gravemente dañosa para los intereses generales, haciendo referencia a la cita textual que he hecho de la ley.
¿Por qué digo eso? Mi grupo parlamentario entiende -es una opinión, pero una sólida opinión- que, en primer lugar, se da esa circunstancia por el cúmulo y reiteración de los delitos presuntamente cometidos y por el número de cargos públicos municipales imputados, cita textual, además, del decreto de disolución del Ayuntamiento de Marbella.
En segundo lugar, por la compleja y delicada situación provocada por la dimisión de algunos concejales y, sobre todo, por la situación procesal de diversos cargos municipales imputados, cita textual del decreto de disolución de Marbella. ¿Les suena? Empieza por eme, «Muela», «Marbella». [Rumores.] Señorías, eso ha dado lugar, claramente -y supongo que esto no será ningún juicio de valor- a un escándalo político -casi, casi iba a decir «sin precedentes en Aragón»- y, además, ha provocado alarma social, cita textual, ambos dos sintagmas, del decreto de disolución de Marbella. ¿Les suena?
Señorías, en tercer lugar, creemos que también ha sido gravemente dañosa porque ha provocado en la ciudadanía un sentimiento de reproche por parte de la sociedad aragonesa (la de La Muela y la de todo Aragón) al quedar gravemente dañada la exigencia de funcionamiento ajustado a la legalidad de este Ayuntamiento, cita textual del decreto de disolución del Ayuntamiento de Marbella. Señorías, por eso entendemos que ello ha afectado al alcance de la gestión y a la afectación al interés general, cita textual del mismo texto al que me he referido.
Pero es que, además de ese primer supuesto, esta grave afección al interés general ha supuesto y ha puesto de manifiesto la segunda de las condiciones que les he citado al comienzo, y es que las irregularidades continuadas en la actuación urbanística de La Muela han incumplido, han hecho que incumpliera sus obligaciones constitucionales. ¿Cuáles? En especial, el precepto constitucional de promover las condiciones necesarias para que la utilización del suelo se haga de acuerdo con el interés general, impidiendo la especulación -cita textual- y velar por la utilización racional de todos los recursos naturales. Estos dos preceptos son el 47 y el 45 de la Constitución.
Señorías, ante esta grave situación, la Junta de Andalucía solicitó al Gobierno español que disolviera el Ayuntamiento de Marbella. Ante esta grave situación, el Gobierno de Aragón, que es el único legitimado para hacer tal solicitud…, yo, mi grupo parlamentario, Chunta Aragonesista, se atreve a juzgar y a valorar que el Gobierno de Aragón debería ya, hace mucho tiempo, haber solicitado al Consejo de Ministros la disolución de la corporación municipal de La Muela para que se constituyera una comisión gestora y se convocaran elecciones a ese Ayuntamiento.
¿Ha hecho eso, señorías, el Gobierno de Aragón? No, el Gobierno de Aragón no solo no ha hecho eso, sino que -aparte de que al presidente no le gusta mucho hablar de esta cuestión-, tratando de escudarse y de cubrirse las espaldas, solicitó, con la firma del aquí presente hoy señor consejero de Presidencia, un informe a la Coja -y digo bien «a la Coja» porque todavía no es consejo consultivo-, a la Comisión Jurídica Asesora, diciendo si la Comisión Jurídica Asesora -miren la pregunta, ¿eh?, ¿se acuerdan de la del trasvase?- entendía que se daba eso de la gestión gravemente dañosa para los intereses generales y si se incumplían las obligaciones constitucionales, por si acaso se daba alguna de esas cosas. Y la Comisión Jurídica Asesora dijo: pero ¿qué me preguntas?, ¡noool, noool! [Risas.], no se da ninguna de esas dos cosas «a fecha de hoy».[Rumores.] «A fecha de hoy», «hoy» era el 14 de julio, día nacional de Francia, el 14 de julio, día de la República por excelencia, ese día, la Comisión Jurídica Asesora dijo al Gobierno de Aragón, a esa fecha, lo que quería oír el Gobierno, se lo decía: que no, que no podía hacer nada el Gobierno, salvo esta vía, y que no se daban esas situaciones. [Rumores.]
Sin embargo, señorías, lo que yo les he dicho de manera textual es perfectamente trasvasable para alguien que no tenga tanta preparación jurídica, para un ciudadano normal, entre Marbella y La Muela. ¿Por qué? Porque ahí se dice exactamente… Y a estas alturas, señorías, esto está bastante…, ha estado bastante en el debate político, pero no, mejor que en el político, en el ciudadano. Ha habido fraude, fraude, en subvenciones, en subvenciones de la Comunidad Autónoma, ha habido subvenciones perdidas por ese Ayuntamiento, ha habido obras paralizadas por intereses particulares, y ha habido proyectos sin adjudicar: las cuatro características que se analizaron para Marbella. ¿Les suenan estas cuatro características en el Ayuntamiento de La Muela, señorías? Sí, ¿verdad?, dicen por ahí, don Pedro. [Rumores.]
Señorías, eso es lo que dice el informe de la Comisión Jurídica Asesora. El informe de la Comisión Jurídica Asesora dice, además, una inexactitud, que aprovecho, sin ser tan jurista, para decirla aquí, y es que dice que el subdirector provincial de Ordenación del Territorio, don Carlos Martín Rafecas -dice en el informe la Comisión Jurídica Asesora-, dice que está en libertad sin cargos. Eso es lo que dice el informe solicitado por el Gobierno de Aragón y, entre tantos juristas, nadie se ha dado cuenta de que eso no es cierto: el señor Martín Rafecas está imputado y está en libertad «con» cargos.
Segunda cosa, que no es un error, sino que, a fecha 14 de julio, era cierta. Dice el informe de la Comisión Jurídica Asesora…
El señor PRESIDENTE: Señor diputado, provea su tiempo porque ya sobrepasa mucho más de lo establecido.
El señor diputado BERNAL BERNAL: Si quiere, señor presidente, me aplique los minutos de mañana [risas], pero atenderé disciplinadamente su requerimiento.
Señorías, con posterioridad a ese informe del 14 de julio, ha habido algunos acontecimientos que quedan perfectamente escudados porque, el 14 de julio, ese informe no podía prever acontecimientos posteriores. Por eso, hábil y jurídicamente, dicen: esto lo decimos a fecha de hoy, no decimos lo que pueda pasar luego. Y dicen que, la alcaldesa, no hay problema, no hay problema con la alcaldesa porque está ausente -que es una manera de decir que estaba en prisión-. [Risas.] Efectivamente: al estar ausente -en prisión-, no podía hacer desastres, querían decir, en el Ayuntamiento. Pero, con posterioridad al 14 de julio, la señora alcaldesa no solo no está ausente, sino que está presente y, en contra de lo que preveía la Comisión Jurídica Asesora, que dice -digo textualmente- «no puede intervenir en la gestión», ahora sí que puede, e interviene.
Señorías, además de eso, se han dado con posterioridad tres dimisiones en el Ayuntamiento, como ocurrió en el de Marbella: dos del Grupo Socialista, las dos del Grupo Socialista más la teniente de alcalde del PAR. Y, además de eso, se ha producido una reclamación por parte de una empresa pública aragonesa de la Comunidad Autónoma, el Instituto Aragonés del Agua, una entidad como el Instituto Aragonés del Agua, que reclama cuatrocientos treinta y cinco mil euros. Pues bien, señorías, si esto no es desgobierno, que venga no sé quién, que decía el señor Barrena, y lo vea, ¡que venga y lo vea!
Señorías, el Gobierno de Aragón no ha hecho nada en relación con la potestad que tiene, en contra de lo que sí que hizo otro gobierno, el de Andalucía. Por eso, mi grupo parlamentario se atreve a solicitar -y acabo ya, señor presidente- que el Gobierno de Aragón solicite, como hizo el de Andalucía, al Consejo de Ministros que, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Bases de Régimen Local en su artículo 61, promueva y decida la disolución de la corporación municipal de La Muela.
Muchas gracias, señor presidente, por su benevolencia.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor diputado.
[Aplausos desde la tribuna de público.]
LA APLICACIÓN DE LA «LEY DEL EMBUDO» POR PARTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL PP EN EL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA
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El Gobierno Municipal del PP en el Ayuntamiento de La Muela, para la realización del contrato de los aprovechamientos cinegéticos de los Montes de Utilidad Pública (MUPs) «La Plana» y «Almazarro«, es decir la «caza«, con un precio de contrato de 4.478,59 €/año, y adjudicado por un importe de 5.700 €/año, todos los informes a realizar eran pocos… Aparte del Informe de Secretaría y del Informe de Intervención, se realizó una Consulta a una empresa que trabaja para Ayuntamientos, se solicitó un Informe a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, se pidió dos Informes a la Asesoría Jurídica «externa» del Ayuntamiento, otros dos Informes a la Asesoría Jurídica Urbanista «externa» del Ayuntamiento… Un «celo legalista» ejercido por el Equipo de Gobierno ante la mayoría absoluta legal del PLENO se negó una y otra vez, a «municipalizar» el Coto de Caza, mientras servicios públicos básicos y esenciales, como es el AGUA, se volvían a privatizar…
Pero este mismo Gobierno Municipal del PP en el Ayuntamiento de La Muela, todos los informes a realizar eran demasiados para la modificación del contrato del servicio de recogida de residuos urbanos, es decir, la «Basura» –por una cuantía que supera en más de treinta veces el contrato de arrendamiento de los aprovechamientos cinegéticos-, realizando un «cambio» de condiciones contractuales consistente en que la concesionaria, en lugar de tener que facturar los 195.650 € anuales del precio de adjudicación, la cantidad recibida por la adjudicataria sería de 223.262,52 €, más aparte el transporte al «Vertedero de Calatayud» (Cuantía superior a los 2.000 € mensuales), y más el incremento de contenedores –cuando dichos costes no los tenía que asumir el Ayuntamiento, en base al Pliego de Condiciones, y tal como manifestó Intervención en el Informe 107.2010-. También, el vehículo con el que la empresa presta el servicio, y que a la finalización del contrato, pasaría al Ayuntamiento, ahora se lo quedará la empresa. Decir que esta modificación fue realizada uniltaralmente por la Alcaldesa, María Soledad Aured de Torres (PP), cuando la compentencia es del PLENO, sin los informes preceptivos de Secretaría e Intervención, es decir, sin ningún informe, y en definitiva, saltándose todos los procedimientos legalmente establecidos, tal y como manifestó EL JUSTICIA DE ARAGÓN, ante la QUEJA presentada por los Concejales del Grupo Municipal de CHA.
Mientras en LA MUELA los intereses particulares estén por encima del INTERÉS GENERAL, «negro futuro» tendrá nuestro PUEBLO.
FOTOS DE LA INTERCOMARCAL DE CHUNTA ARAGONESISTA (CHA) EN LA MUELA
Posted in Aragón, Baldexalón, Chunta Aragonesista, Fiestas, La Muela, Libertad de Expresión, Memoria Histórica, Movimientos Sociales, Participación, Política, Solidaridad, tagged 10.30, 2014, 7, A, Actual, Adrián, Alta, Angós, Ara, Aragó, Aragón, Aragonesista, Aranda, Ayuntamiento, Ángela, Baix, Baja, Bajo, Baldexalón, Bartolomé, Belchite, Bizén, Borja, Calatayud, Campo, Campos, Cargos, Cariñena, Casp, Caspe, CHA, Chunta, Cinco, Ciudadana, Coherencia, Comarca, Comarcas, Combativa, Comisión, Comunidad, Concejales, Consistorio, Convocadas, Convocados, Coordinación, Cortés, D.C, Daroca, DC, De, Decidir, Del, Derecho, Digital, Dignidad, Diputación, Diputado, Domingo, DPZ, Ebro, El, Entalto, Expósito, Fiestas, Fuster, Gente, Gimeno, Goyosas, Grandes, H, Hable, Honradez, Horas, Intercomarcal, Jaime, José, Juan, Junio, La, La Muela, Labordeta, Las, Ligallo, Lugar, Luis, Manifestaciones, Martín, Miguel, Militancia, Monarquía, Moncayo, Muela, Nazión, Nazional, Noticia, Orgánicos, País, Participación, Pérez, Públicos, Pedro, Pepe, Pleno, Plenos, Política, Presidente, Rebelde, República, Ribera, Salón, Santaliestra, Sábado, Secretario, Situación, Soro, Tarazona, Tello, Territorial, Valdejalón, Valoración, Vicesecretario, Villas, Zaragoza on junio 11, 2014| Leave a Comment »
LA REPÚBLICA LLEGA A LA MUELA…
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Si en la mañana de ayer, en la Intercomarcal (Comisión de Coordinación de las Comarcas de Zaragoza) de Chunta Aragonesista (CHA) celebrada en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de La Muela, el Presidente Nazional de CHA, José Luis Soro Domingo, apostaba por la REPÚBLICA, y la realización de un REFERÉNDUM para que la ciudadanía elija entre Monarquía o República…
Ayer por la tarde, la REPÚBLICA llegó a LA MUELA…
GOYOSAS FIESTAS A TOZ Y A TODAS!!!
ENTALTO LA MUELA!!!
ESTE SÁBADO DÍA 7 DE JUNIO DE 2014, A PARTIR DE LAS 10.30 HORAS, EN EL SALÓN DE PLENOS DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA, CHUNTA ARAGONESISTA (CHA) CELEBRARÁ UNA COMISIÓN DE COORDINACIÓN DE LAS COMARCAS DE ZARAGOZA, MÁS CONOCIDA COMO INTERCOMARCAL
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Este sábado día 7 de junio de 2014, a partir de las 10.30 horas, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de La Muela, Chunta Aragonesista (CHA) celebrará una Comisión de Coordinación de las Comarcas de Zaragoza, más conocida como INTERCOMARCAL, a la que están convocados/as los/as cargos públicos/as y orgánicos de CHA en las Comarcas de el Bajo Aragón – Caspe (Baix Aragó – Casp), Campo de Belchite, Campo de Borja, Campo de Cariñena, Campo de Daroca, Cinco Villas, Comunidad de Calatayud, D.C. Zaragoza, El Aranda, Ribera Alta del Ebro, Ribera Baja del Ebro, Tarazona y El Moncayo, y Valdejalón (Baldexalón), para realizar una valoración de la situación política actual. También asistirá como invitada, la militancia combativa y rebelde de CHA en La Muela.
ENTALTO LA MUELA!!!
ENTALTO ARAGÓN!!!
PARTE SEGUNDA DE LA CRÓNICA DEL PLENO ORDINARIO DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA (03.04.14). “SOBRE EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y EL CONSEJO SECTORIAL…”
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Siguiendo con la Crónica del Pleno Ordinario del Ayuntamiento de La Muela (03.04.14), y como lo prometido es deuda, hoy vamos a hablar «sobre la implantación de la oferta educativa de Educación Secundaria en La Muela«, y el «debate» que se produjo ayer en el Pleno, llevándonos lamentablemente nuestra reflexión, al alegato final que realizamos desde este Grupo Municipal…
EN PRIMER LUGAR, decir que hasta la fecha de hoy, desde el último Pleno Ordinario que se celebró con fecha de 27 de febrero de 2014, y donde por UNANIMIDAD se aprobó la «Creación del Consejo Sectorial IES La Muela«, dicho Consejo todavía no se ha sentado en una mesa a ni una sola reunión, alegándose desde el Gobierno Municipal del PP, que sería así, cuando se publicara el acuerdo plenario en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ).
Es «sorprendente» como este anuncio todavía no ha sido publicado en el BOPZ, pero sin embargo, por poner un ejemplo, sí que fue publicado un Decreto de Alcaldía con fecha de 7 de marzo de 2014 -diez días después del Pleno- en el que la Alcaldesa se iba a ausentar cuatro días, dejando la totalidad de sus funciones en la Primera Teniente de Alcalde (DESCARGAR BOPZ 24.03.14).
Hoy hemos tenido constancia de que dicho anuncio se ha remitido esta misma mañana, es decir, con fecha de 4 de abril de 2014, puesto que el anterior envío, realizado con fecha de 11 de marzo de 2014, no debió llegar correctamente a la Diputación Provincial de Zaragoza (DPZ)…
EN SEGUNDO LUGAR, seguimos sin entender los motivos por los que después de comunicarnos a los Concejales de la Oposición, que iba a haber una Reunión con la Plataforma PRO-IES La Muela, posteriormente no se nos deja asistir a la misma, pudiendo ir únicamente la Alcaldesa y la Primera Teniente de Alcalde, que a su vez es la Concejala de Educación, es decir el Equipo de Gobierno (PP). Menos mal que este Proyecto tenía que salir adelante entre tod@s…
EN TERCER LUGAR, según el Gobierno Municipal, hay que esperar a ver qué dice el Gobierno de Aragón… Pues bien, con fecha de 24 de febrero de 2014 –al Grupo Parlamentario de CHA en las Cortes de Aragón llegó la respuesta con fecha de 13 de marzo de 2014-, la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, Dolores Serrat Moré (PP), ante otra Pregunta planteada por Gregorio Briz Sánchez, Diputado de CHA en las Cortes de Aragón, que decía » Ante la publicación en prensa de la noticia de que el Ayuntamiento de La Muela mantiene reuniones con el Gobierno de Aragón para tratar de que la localidad disponga de un Instituto de Enseñanza Secundaria. ¿Ha habido algún cambio en el Gobierno de Aragón sobre la implantación de la oferta educativa de Educación Secundaria en La Muela, respecto a lo que dijo por escrito el 20 de diciembre de 2012, que no tenía previsto, de momento, implantar la oferta de Educación Secundaria en esta localidad?«, contestó lo siguiente: «En relación a lo contestado con anterioridad solo cabe añadir que lo único planteado ha sido, a petición del Ayuntamiento de La Muela y los representantes de los padres de alumnos, el compromiso de analizar la situación de cara a una posible implantación de la oferta de Educación Secundaria en la Muela«.
Tanto la Pregunta como la Respuesta te las puedes descargar aquí, y en la Página Web de las Cortes de Aragón. (DESCARGAR PREGUNTA y DESCARGAR RESPUESTA).
Así pues, ante esta tesitura, desde este Grupo Municipal, el Concejal de CHA, Pedro Bartolomé Pérez, preguntó a la Alcaldesa que si se iba a tomar alguna medida de presión al respecto, para intentar darle la vuelta a esta situación, ante la «pasividad» del Gobierno de Aragón (PP-PAR), que únicamente se compromete a «analizar la situación«, y cuyo Presupuesto –el de la Comunidad Autónoma– para esta infraestructura, un año más, vuelve a ser de 0 €.
La respuesta del Equipo de Gobierno (PP) en bloque, fue «Si fuera por vosotros estaríais acampados en todas las puertas…«, «Estaríais todo el día con las pancartas..«, «Mientes…«, «Os creéis vuestras propias mentiras…«, para terminar diciendo que «Iban a esperar a que dijera el Gobierno de Aragón -como si no hubiera dicho nada…«.
Resumiendo, como dijimos ayer en la Crónica del Pleno Ordinario del Ayuntamiento de La Muela (03.04.14)… «Cuando el Gobierno Municipal del PP en La Muela, justifica su actuación política en frases como “No haces más que mentir desde que te levantas hasta que te acuestas…“, “Mientes“, “Sois malos“, o “Si fuera por vosotros, estaríais acampados en todas las puertas…” (En referencia a este Grupo Municipal y a nuestro Concejal Pedro Bartolomé Pérez), no hacen más que demostrar una debilidad política total y absoluta, ante su nula gestión y falta de resultados, quedándoles únicamente el ”exabrupto“…«.
«LA SOCIEDAD DE CAZADORES, TITULAR DE NUEVO DE LOS DERECHOS CINEGÉTICOS». EL PERIÓDICO DE ARAGÓN (07.03.14)
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INTERVENCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE CHA EN EL PLENO ORDINARIO DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA (27.02.14)
«PUNTO 6. ADJUDICACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DERECHOS CINEGÉTICOS MUP LA PLANA Y ALMAZARRO»
Este Grupo Municipal, coherentemente y consecuentemente, va a votar A FAVOR de la Propuesta de Resolución presentada por el Concejal Delegado, D. Pedro Bartolomé Pérez.
Pero estos Concejales, hoy, que se supone que por fin termina este expediente…, no podemos pasar por alto, la utilización política y partidista, de la Página Web Municipal, por parte de la Alcaldesa, Doña María Soledad Aured de Torres, a raíz de la «Carta sobre los Derechos Cinegéticos«, publicada con fecha de 11 de febrero de 2014, y sobre la que queremos realizar las siguientes MANIFESTACIONES:
EN PRIMER LUGAR, y empezando por el final, para terminar por el principio, la Alcaldesa afirma «Hay que dejar claro que este equipo de gobierno no ha tenido nada que ver con la adjudicación de los derechos cinegéticos a la sociedad de cazadores…«.
Pues bien, esta afirmación «choca» con el «Acta de Apertura de Proposiciones Económicas y Propuesta de Adjudicación de la Enajenación del Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública números Z-293 y Z-294 «La Plana» y «Almazarro«, sitos en el Término Municipal de La Muela», en la que estando presente como Vocal el Concejal de Medio Ambiente, Agricultura, Ganadería y Montes, miembro del Equipo de Gobierno del PP en el Ayuntamiento de La Muela, en la mencionada ACTA se dice literalmente: «En consecuencia la Mesa acuerda proponer al Órgano de Contratación para que proceda, en su caso, a la adjudicación del contrato a la Sociedad de Cazadores de La Muela. El Presidente invita a los componentes de la Mesa por si algo tuvieran que manifestar y no tomando la palabra ninguno de ellos, da por terminada la sesión siendo las quince horas del día de la fecha«.
EN SEGUNDO LUGAR, la Alcaldesa dice en la Carta que «En todos estos procesos, Mª Soledad Aured de Torres se ha retirado por tener intereses personales. Entendiendo que todos aquellos concejales cazadores o con familiares hasta 2º grado deben abstenerse en dichas votaciones«.
A este respecto, solamente leyendo la «Carta sobre los Derechos Cinegéticos«, que firma la propia Alcaldesa, hay hasta TRES PLENOS en los que ha votado la Alcaldesa, UN DECRETO firmado por la Alcaldesa, UNA PETICIÓN de Informe a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, firmada por la Alcaldesa, y UNA CARTA al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, también firmada por la Alcaldesa. Y sin ningún rubor, la Alcaldesa sigue aseverando que no ha participado en este expediente…
EN TERCER LUGAR, la Alcaldesa dice «Estos pliegos habían sido informados desfavorablemente por el letrado D. Ignacio Sainz Sordo…«.
Decir a este respecto, que en este expediente existen dos informes del Letrado Urbanista Externo del Ayuntamiento de La Muela, uno, que es el que menciona la Alcaldesa en su escrito, y que dice, justo lo que quiere oír la Alcaldía en este momento, que los pliegos y que todo el proceso estaba mal; y otro, firmado junto al Secretario, con fecha de 26 de mayo de 2011, que ante el Recurso de Reposición, que presentó el Letrado (…) –el mismo letrado que casualmente ha presentado un parecidísimo recurso en recientes fechas…-, decía justamente todo lo contrario, a lo que decía en noviembre del año pasado, que todo estaba muy bien, y que había que desestimar dicho recurso, que entonces era exactamente lo que quería escuchar la anterior Alcaldesa.
Y ante este semejante, y diríamos que «sorprendente» cambio de criterio, este Letrado no explica el por qué, hecho que se debe realizar, cuando un jurista cambia de opinión…Eso sí, lo que no sabemos, o desconocemos, es que cuando la Letrada Externa del Ayuntamiento (…), suscribe el Informe de este Letrado, se suma a los argumentos del primero o del segundo…
Porque aquí, el único Técnico que no ha cambiado de opinión, ha sido el Secretario, en cuyo Informe 30/2013, de fecha de 14 de marzo, dijo: “…B.- Sobre el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro”.-… De la lectura del Pliego no se aprecia aspecto alguno que contradiga el presente informe por lo que se informa favorablemente el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro…”. (Manteniendo el mismo criterio jurídico que en mayo de 2011).
EN CUARTO LUGAR, la Alcaldesa omite en su «Carta«, omite todos los Pliegos con «Criterios de Adjudicación» similares a los del Ayuntamiento de La Muela, que han sido tenidos en cuenta en este expediente, como el del Ayuntamiento de Zaragoza (Zaragoza), el Ayuntamiento de El Frasno (Comunidad de Calatayud), el Ayuntamiento de Jarque de Moncayo (El Aranda), el Ayuntamiento de Sena (Los Monegros), el Ayuntamiento de Zuera (Zaragoza), el Ayuntamiento de Sástago (Ribera Baja del Ebro), o el Ayuntamiento de Tarazona (Tarazona y El Moncayo), destacando por ejemplo el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares para la Adjudicación de la Cesión de Uso de Parcelas Rústicas Patrimoniales para su Aprovechamiento Cinegético, del Ayuntamiento de Zaragoza, de fecha de 27 de junio de 2006, siendo justificado el procedimiento por La Jefe de la Unidad de Inventario y Patrimonio Rústico de este Ayuntamiento, ante el Pliego de Condiciones Técnicas, elaborado por la Unidad de Montes y Áreas Naturales del propio Ayuntamiento.
Pero ya puestos a mencionar, vamos a tener en cuenta también los Pliegos de Condiciones aprobados en esta Legislatura, por la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos del Principado de Asturias, para los Cotos Regionales números 126 hasta el 151, y del 153 hasta el 170, es decir 44 Aprovechamientos Cinegéticos, cuyos «Criterios de Adjudicación» son muy similares, por no decir en algunos casos, iguales a los de este Consistorio.
Y sobre la superficie, y la «supuesta» usurpación de parcelas particulares…, léanse el Plan Anual de Aprovechamientos (PAA) para el ejercicio 2013 y 2014, que dice «En aplicación del Plan Anual de Aprovechamientos Forestales de la provincia de Zaragoza para el ejercicio 2013 de AYTO DE MUELA, LA, deberá proceder a la enajenación del aprovechamiento que a continuación se detalla, de acuerdo lo previsto en la legislación forestal y de régimen local… La Plana, 4.781 has, ENAJENAR… Almazarro, 2.796 has, ENAJENAR…«, las mismas hectáreas que dice el Pliego… Pero curiosamente la Alcaldesa, no dice nada del Plan Anual de Aprovechamientos Forestales de 2013 y 2014, remitidos por el Servicio Provincial del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón.
Y EN QUINTO LUGAR Y PARA FINALIZAR, por no extendernos más, estos Concejales queremos hacer constar en este PLENO, cuál ha sido y es, a nuestro juicio, el mayor de los «sinsentidos» de este expediente…
El mayor de los «sinsentidos» es que la Alcaldesa, y por ende el Equipo de Gobierno, en todos estos meses, desde la Comisión Asesora de fecha de 8 de abril de 2013, hasta finales de enero de este año, han esgrimido y defendido, para no llevar a PLENO la PROPUESTA presentada por los Grupos Políticos de la Oposición, con fecha de 21 de enero de 2013, que en base a la Ley de Contratos del Sector Público, la competencia era de Alcaldía y no del Pleno, y que solamente había que aplicar esta Ley, sin tener en cuenta, la Ley 7/1999, de Administración Local de Aragón (Aunque el Informe 14/2013, de 26 de junio, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, dijera que la competencia es del PLENO).
Este extremo llega a tal punto, que en la sesión plenaria ordinaria de fecha de 25 de julio de 2013, a una interpelación realizada por este Grupo Municipal, la Alcaldesa dijo: «…Marisol. Clara la tendrás tú. Ese informe no dice que es competencia del pleno, voy a pedir la inconstitucionalidad de la Ley porque entendemos que no es competencia del pleno y vamos a ir al Juzgado y como no estamos de acuerdo, que lo decida el Juzgado. Si el Juzgado dice que la competencia es pleno será competencia del pleno…«.
Pues bien, si se sigue un argumento, se sigue hasta el final con él, coherentemente y consecuentemente, pero lo que no puede ser, lo que no tiene sentido alguno, es que después de decir hasta la saciedad esta Alcaldesa y este Equipo de Gobierno, que la competencia era suya, es decir, de Alcaldía, en base a la Ley de Contratos del Sector Público, en el Pleno de fecha de 27 de enero de 2014, ante un RECURSO DE REPOSICIÓN, que presenta el mismo Letrado que ya lo presentó en 2011, va el Equipo de Gobierno, y dice que estima y vota a favor de este recurso, cuando el mencionado recurso está argumentado en que no hay que aplicar la Ley de Contratos del Sector Público, y que aplicar la Legislación Patrimonial…
Y este Gobierno Municipal del PP en La Muela, después de que durante diez meses, hayan gritado a los cuatro vientos, que este asunto no tenía que ir a Pleno, que era de Alcaldía, en base a la Ley de Contratos del Sector Público, ahora dicen que no, que no se tiene que aplicar, que solamente la Legislación Patrimonial, y se quedan tan anchos…
En fin, ustedes mismos verán cómo actúan…
EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA DESESTIMA EL RECURSO DE REPOSICIÓN PRESENTADO AL ACUERDO PLENARIO DE FECHA DE 14 DE NOVIEMBRE DE 2013, SOBRE LA APROBACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EL APROVECHAMIENTO CINEGÉTICO DE LOS MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA (MUPs) «LA PLANA» Y «ALMAZARRO»
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Hoy, en sesión plenaria extraordinaria, con 7 votos a favor (Grupo Independiente, CHA, CDL y PSOE) y 5 votos en contra (Grupo PP -la Alcaldesa se ha ausentado porque ha dicho que tiene intereses particulares en el asunto…), se ha acordado DESESTIMAR el Recurso de Reposición presentado por unas personas que no se han identificado en el escrito registrado en la casa consistorial, sobre la Aprobación del Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que han de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUPs) «La Plana» y «Almazarro«. Dicha DESESTIMACIÓN se ha basado en la siguiente exposición de motivos:
EXPOSICIÓN
Visto el RECURSO DE REPOSICIÓN presentado al Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre, sobre la Aprobación del Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que han de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública «La Plana» y «Almazarro«, registrado en este Ayuntamiento, con fecha de 7 de enero de 2014.
Visto que este RECURSO DE REPOSICIÓN habla de que existe «Nulidad de pleno derecho del acuerdo plenario de 14-11-2013, por el que se efectúa la convocatoria para la adjudicación de la enajenación del aprovechamiento cinegético de los MUP Z-293 y Z-294, y se aprueba el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas para proceder a la adjudicación«, basándose en la «Inclusión en el pliego de terrenos de propiedad privada sobre que el Ayuntamiento de La Muela no ostenta los derechos cinegéticos«, afirmando «Por tanto, el Ayuntamiento de La Muela, en el Pliego de Condiciones aprobado, se atribuye de forma expresa e indebidamente la cualidad de propietario de las fincas de los particulares en una superficie de 3.094 has, así como dispone de la plena titularidad de los derechos cinegéticos sobre dichos terrenos privados, sobre los que descansa o proyecta la autorización exclusiva del aprovechamiento cinegético de los terrenos cuya adjudicación pretende de forma ilegal el Ayuntamiento de La Muela. Al no haber otorgado los comparecientes cesión alguna de sus derechos al Ayuntamiento de La Muela, éste nunca puede ceder unos derechos de los que no dispone, y por tanto, bajo ningún concepto puede el Ayuntamiento ostentar en el Pliego de Condiciones derechos que no le han sido transmitido, y menos adjudicados por precios a terceros…«.
Visto que el Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, «Para Aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro«, dice: «Es objeto del presente contrato el aprovechamiento cinegético de terrenos municipales según plano y que comprende: El objeto del presente Pliego de condiciones es regular la forma de adjudicación y definir las bases de gestión del aprovechamiento cinegético de las 7.577 hectáreas de los Montes de Utilidad Pública (MUP) «La Plana» y «Almazarro», de acuerdo con la autorización del Servicio Provincial de Medio Ambiente en el Plan de Aprovechamientos del año 2013. Nº MUP 293. La Plana. Superficie. 4.781 has; Nº MUP 294. Almazarro. Superficie. 2.796 has«.
Visto que con fecha de 2 de octubre de 2012, el Director del Servicio Provincial de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, comunicó al Ayuntamiento de La Muela, la apertura de TRÁMITE DE AUDIENCIA hasta el 31 de octubre de 2012, para que se pudieran presentar propuestas de modificación al Borrador del Plan Anual de Aprovechamientos Forestales, en el que para los aprovechamientos cinegéticos de los MUPs “La Plana (4.781 has)«, “Almazarro (2.796 has)” y “Dehesa Boyal (880,68 has)”, se proponía su enajenación.
Visto que con fecha de 21 de diciembre de 2012, el Director del Servicio Provincial de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, envío la Remisión del Plan Anual de Aprovechamientos (PAA) para el ejercicio 2013 («… Dicho Plan recoge para los montes de su titularidad, la relación de aprovechamientos a realizar en dichos montes…»), con ORDEN DE ENAJENACIÓN para los próximos cinco años, entre otros, de los aprovechamientos cinegéticos de los MUPs “La Plana (4.781 has)«, “Almazarro (2.796 has)” y “Dehesa Boyal (880,68 has)”.
Y visto que según el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA), Gobierno de Aragón, en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública (MUPs), la superficie de los MUPs «La Plana» y «Almazarro«, es la misma que remite el Servicio Provincial de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón en el Plan Anual de Aprovechamientos (PAA) para el ejercicio 2013, es la misma que remite el Servicio Provincial de Medio Ambiente en el Plan Anual de Aprovechamientos (PAA) para el ejercicio 2014 -remitido hace escasas fechas al Ayuntamiento de La Muela-, y es la misma que se ha incluido en el Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, «Para Aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro«, se DESESTIMA la causa de «Nulidad de pleno derecho del acuerdo plenario de 14-11-2013, por el que se efectúa la convocatoria para la adjudicación de la enajenación del aprovechamiento cinegético de los MUP Z-293 y Z-294, y se aprueba el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas para proceder a la adjudicación», basándose en la «Inclusión en el pliego de terrenos de propiedad privada sobre que el Ayuntamiento de La Muela no ostenta los derechos cinegéticos«.
Visto que este RECURSO DE REPOSICIÓN habla de que existe «Nulidad de pleno derecho del acuerdo plenario de 14-11-2013, por el que se efectúa la convocatoria para la adjudicación de la enajenación del aprovechamiento cinegético de los MUP Z-293 y Z-294, y se aprueba el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas para proceder a la adjudicación«, basándose en la «Nulidad del Pliego al ser sometido al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público«, «A juicio de los comparecientes, este tipo de contratos queda excluido de la RDL 3/2011, conforme a criterios jurisprudenciales mantenido, toda vez que se trata de un contrato cuyo ámbito se define en el art. 4, p) y que quedan especialmente excluidos de dicha Norma: «Contratos de arrendamiento y demás negocios jurídicos análogos sobre bienes inmuebles, valores negociables y propiedades incorporales, a no ser que recaigan sobre programas de ordenador y deban ser calificados como contratos de suministro o servicios, que tendrán siempre el carácter de privados y se regirán por la legislación patrimonial«.
Visto que el Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, “Para Aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro”, está informada por Secretaría, en el Informe 30/2013, de fecha de 14 de marzo, en el que dice: “…QUINTO. De conformidad con el artículo 4.1. p) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 4 de noviembre, de Contratos del Sector Público, están excluidos del ámbito de aplicación de la misma, los contratos de compraventa, donación, permuta, arrendamientos y demás negocios jurídicos análogos sobre bienes inmuebles, que tendrán siempre el carácter de contratos privados y se regirán por la legislación patrimonial. Así, según el artículo 20.2 del mismo cuerpo legal, y en relación al artículo 4.1. p) del citado texto, la legislación patrimonial a la que debemos remitirnos será al Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, que señala en su artículo 112 que las enajenaciones de bienes patrimoniales se regirán en cuanto a su preparación y adjudicación por la normativa /reguladora de la Contratación de las Corporaciones Locales. Asimismo, debemos tener en cuenta el artículo 78 de la Ley de Montes de Aragón que indica que las condiciones técnico-facultativas que han de regir la adjudicación y explotación de los aprovechamientos en los montes catalogados, y se ajustarán en lo económico a la legislación en materia de patrimonio y de contratación administrativa que resulte en cada caso de aplicación. SEXTO. A la vista del periodo de contratación -5 años- el órgano competente será el Pleno del Ayuntamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 m) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de administración Local de Aragón…«.
Visto que el Secretario del Ayuntamiento de La Muela, realiza una Consulta «a una empresa que trabaja para los Ayuntamientos, y que cuenta con un equipo de juristas para dar respuesta a las cuestiones que les planteamos…«, con fecha de 8 de abril de 2013, y la respuesta a la referida consulta, alude al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).
Visto que el Informe 14/2013, de 26 de junio, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, hace referencia al «Análisis de la competencia a la vista de la diferente regulación, de la atribución competencial, contenida en la DA 2ª TRLCSP y el Artículo 30.1 m) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón«.
Y visto que tanto el Informe de Secretaría 30/2013, de fecha de 14 de marzo, la Respuesta a la Consulta realizada por Secretaría, con fecha de 8 de abril de 2013, así como el Informe 14/2013, de 26 de junio, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, hacen referencia al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), se DESESTIMA la causa de «Nulidad del Pliego al ser sometido al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público«.
Visto que este RECURSO DE REPOSICIÓN habla de que existe «Nulidad de pleno derecho del acuerdo plenario de 14-11-2013, por el que se efectúa la convocatoria para la adjudicación de la enajenación del aprovechamiento cinegético de los MUP Z-293 y Z-294, y se aprueba el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas para proceder a la adjudicación«, basándose en la «Vulneración de los principios de concurrencia y objetividad en la adquisición de los bienes municipales«.
Visto que el Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, “Para Aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro”, está informada por Secretaría, en el Informe 30/2013, de fecha de 14 de marzo, en el que dice: “…B.- Sobre el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro”.-… De la lectura del Pliego no se aprecia aspecto alguno que contradiga el presente informe por lo que se informa favorablemente el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro…”.
Visto el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares para la Adjudicación de la Cesión de Uso de Parcelas Rústicas Patrimoniales para su Aprovechamiento Cinegético, del Ayuntamiento de Zaragoza, de fecha de 27 de junio de 2006, siendo justificado el procedimiento por La Jefe de la Unidad de Inventario y Patrimonio Rústico de este Ayuntamiento, ante el Pliego de Condiciones Técnicas, elaborado por la Unidad de Montes y Áreas Naturales del propio Ayuntamiento, que entre sus criterios de selección, recogen los siguientes: “Domicilio Social de la Sociedad, Número de Socios/as y domicilio…” (24,10% de la Valoración); “Manifestación afirmativa o negativa de disponibilidad y/o gestión de otros terrenos cinegéticos” (12,05% de la Valoración); “Propuestas de Mejora…” (12,05% de la Valoración); “Experiencia en la Gestión Cinegética que se pueda demostrar” (6,02% de la Valoración); y “Oferta Económica” (12,05% de la Valoración).
Visto el Pliego de Cláusulas Administrativas del Concurso para la Adjudicación, mediante Procedimiento Abierto y tramitación urgente, del contrato de arrendamiento del Coto de Caza Municipal 2007/2013, del Ayuntamiento de El Frasno (Comunidad de Calatayud), con fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ), de 16 de julio de 2007, que entre sus criterios de valoración, recogen los siguientes: “Asociaciones Deportivas / Cinegéticas Municipales” (41,66% de la Valoración); “Criterio Económico” (16,66% de la Valoración), “Mejoras de Carácter Social…” (25% de la Valoración); y “Mejoras en los Montes…” (16,66% de la Valoración).
Visto el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas, que ha de regir el Concurso convocado en Procedimiento Abierto y tramitación urgente, para adjudicar el arrendamiento a Sociedad de Cazadores/as del Aprovechamiento de Caza de diversos Montes de Propiedad Municipal, incluidos en el Catálogo de Utilidad Pública, del Ayuntamiento de Jarque de Moncayo (El Aranda), con fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ), de 8 de septiembre de 2007, que entre sus criterios de valoración, recogen los siguientes: “Por cada socio de la sociedad licitante empadronado en el municipio de Jarque: 5 puntos”; “Por cada socio de la sociedad licitante que no esté empadronado, pero que guarde una relación directa con el municipio de Jarque, bien porque su cónyuge no separado, sus padres o sus abuelos hayan sido vecinos de Jarque: 2 puntos”; “Por cada entero del cociente entre la propuesta económica y el precio de tasación: 5 puntos”; “Por cada hectárea del término municipal de Jarque aportada por encima del mínimo necesario para la constitución de un Coto de Caza, en cada uno de los casos de los Montes que se licitan: 0,1 puntos”. Además, se exige “Acreditación de la titularidad de los derechos de caza de al menos 197 hectáreas adicionales colindantes con el Monte Z0069, necesarios para constituir un Coto de Caza Menor”.
Visto el Pliego de Condiciones Técnicas para la Cesión del Uso del Aprovechamiento Cinegético de los Montes Patrimoniales del Ayuntamiento de Zaragoza, con fecha de 19 de abril de 2011, que entre sus criterios de valoración, recogen los siguientes: “Domicilio Social de la Sociedad, Número de Socios/as y domicilio…” (33% de la Valoración); “Manifestación afirmativa o negativa de disponibilidad y/o gestión de otros terrenos cinegéticos” (11,11% de la Valoración); “Propuestas de Mejora…” (11,11% de la Valoración); “Experiencia en la Gestión Cinegética que se pueda demostrar” (11,11% de la Valoración); y “Oferta Económica” (22,22% de la Valoración).
Visto el Anuncio relativo, a la Contratación del Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública y Patrimonial de libre disposición del Ayuntamiento de Zuera (Zaragoza), publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ), con fecha de 21 de septiembre de 2012, que entre sus criterios de adjudicación, recogen los siguientes: “Domicilio Social y Número de Socios/as” (40% de la Valoración); y “Oferta Económica” (40% de la Valoración).
Vista la Convocatoria de Licitación para la Adjudicación de la Concesión del Aprovechamiento Cinegético del Monte de Utilidad Pública, nº HU-336, del Ayuntamiento de Sena (Los Monegros), publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca (BOPH), con fecha de 1 de marzo de 2013, que entre sus criterios de puntuación, recogen los siguientes: “Precio de Licitación” (40% de la Valoración); “Plan de Trabajo, Mantenimiento y Mejoras del Monte…” (60% de la Valoración); y “En caso de empate se adjudicará el aprovechamiento a la Sociedad que tenga como socios/as un mayor número de cazadores/as locales”.
Visto el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la Adjudicación de la Cesión de la Gestión de los Cotos Municipales Z-10097-D; Z-10179-D; Z-10139-D; Z-10146-D, para su Aprovechamiento Cinegético, por procedimiento abierto, del Ayuntamiento de Sástago (Ribera Baja del Ebro), con fecha de 22 de abril de 2013, que entre sus criterios de adjudicación, recogen los siguientes: “Domicilio Social de la Sociedad, Número de Socios/as y domicilio…” (50% de la Valoración); “Manifestación afirmativa o negativa de disponibilidad y/o gestión de otros terrenos cinegéticos” (10% de la Valoración); y “Oferta Económica” (40% de la Valoración).
Visto el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la Contratación por Procedimiento Abierto…, de la Enajenación del Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública Núm. 250 El Cierzo, y Núm. 303 Valcardera y diversos Montes Municipales Patrimoniales, del Ayuntamiento de Tarazona, con fecha de 25 de junio de 2013, que tiene como criterio para determinar la Solvencia Técnica la “Presentación de documentos que acrediten la titularidad de aprovechamientos cinegéticos en cotos deportivos de caza, de titularidad pública o privada en los últimos tres años”.
Y visto que el Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, “Para Aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro”, está informado favorablemente por Secretaría, en el Informe 30/2013, de fecha de 14 de marzo, da cumplimiento al acuerdo plenario de fecha de 28 de junio de 2012 “Moción de Urgencia presentada por los Portavoces de los Grupos Municipales Independiente, CHA, CDL y PSOE sobre el Coto de Caza La Plana/Almazarro”, en el que en su parte tercera decía: “Iniciar el expediente de licitación del Coto La Plana / Almazarro” (En referencia a los derechos cinegéticos de estos MUPs); e incluye dentro de los “Criterios de Adjudicación”, los mismos criterios de valoración que han recogido los PLIEGOS de otras Corporaciones Locales, como el Ayuntamiento de Zaragoza (Zaragoza), el Ayuntamiento de El Frasno (Comunidad de Calatayud), el Ayuntamiento de Jarque de Moncayo (El Aranda), el Ayuntamiento de Sena (Los Monegros), el Ayuntamiento de Zuera (Zaragoza), el Ayuntamiento de Sástago (Ribera Baja del Ebro), o el Ayuntamiento de Tarazona (Tarazona y El Moncayo), como ha quedado perfectamente demostrado en los párrafos anteriores, se DESESTIMA la causa de nulidad basada en la «Vulneración de los principios de concurrencia y objetividad en la adquisición de los bienes municipales«.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
DESESTIMAR el Recurso de Reposición que ha sido presentado al Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, sobre la Aprobación del Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que han de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública «La Plana» y «Almazarro«, en base a la argumentación expuesta en esta PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
SOBRE LA PLANIFICACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE UN INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA EN EL MUNICIPIO DE LA MUELA
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Como hemos tenido varias peticiones de información, procedentes de vecinas y vecinos del pueblo, preocupándose, y preguntando sobre la posible planificación y construcción de un Instituto de Educación Secundaria en La Muela, desde CHA La Muela os reproducimos íntegramente la respuesta escrita de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, Dª. María Dolores Serrat Moré (PP), ante una pregunta del Grupo Parlamentario de Chunta Aragonesista (CHA) en las Cortes de Aragón.
Respuesta escrita a la Pregunta núm. 2986/12, relativa a la Planificación y Construcción de un Instituto de Educación Secundaria en el municipio de La Muela (DESCARGAR AQUÍ).
Formulada por: G.P. Chunta Aragonesista (CHA)
Diputado: Gregorio Briz Sánchez
Fecha de publicación en el BOCA: 4/12/2012
PREGUNTA
¿Tiene previsto el Gobierno de Aragón implantar la oferta de Educación Secundaria en el municipio de La Muela y, en caso afirmativo, la futura construcción de un Instituto de Educación Secundaria en dicha localidad y en qué plazos?
RESPUESTA
En el Plan de Infraestructuras Educativas en la Comunidad Autónoma de Aragón en el cuatrienio 2012-2015, recientemente aprobado, se han establecido los criterios de prioridad de actuaciones con la máxima objetividad una vez analizados los siguientes indicadores: el incremento de población absoluta por municipios, el incremento de la población escolar por municipios, los ratios aula/alumnos, la saturación de los espacios en los centros (división de aulas para atender nuevos alumnos y utilización de espacios complementarios), la imposibilidad de los centros para absorber la fuerte demanda escolar (necesidad de aulas modulares, uso de espacios municipales como extensiones de los centros escolares, etc.) y el grado de obsolescencia de los edificios.
El objetivo de este departamento es, una vez analizados los indicadores anteriormente señalados, así como el cumplimiento de los compromisos adquiridos, sin olvidar el contexto socioeconómico actual, conseguir la máxima eficacia y rentabilidad social manteniendo la equidad en la asignación de recursos para dar una respuesta adecuada a las demandas de escolarización, mediante la ampliación y construcción de nuevos centros así como que todos ellos tengan los requisitos mínimos de espacios que la normativa educativa dispone en función de los programas de necesidades que son aplicables y el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria.
El Gobierno de Aragón no tiene previsto, de momento, implantar la oferta de Educación Secundaria en el municipio de La Muela ni la construcción de un Instituto de Educación Secundaria en dicha localidad, al no estar incluido en el Plan de Infraestructuras Educativas en la Comunidad Autónoma de Aragón en el cuatrienio 2012-2015.
Zaragoza, a 20 de diciembre de 2012.
CONSEJERA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE
Dolores Serrat Moré
RECHAZAN CONDENAR LA CORRUPCIÓN DE ARAGÓN
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PSOE y PAR también rechazan una moratoria en Astún y Castanesa y retirar la campaña que promociona viviendas garantizadas que no existen. Nueve propuestas de CHA se han aprobado, sobre infraestructuras, medio rural, agricultura, medio ambiente, deporte y Estatuto.
El pleno de las Cortes ha aprobado 9 de las 33 propuestas de resolución de Chunta Aragonesista que se han sometido a votación. La que hacía el número 34 de las registradas por CHA, referente a Opel, se ha retirado al haberse aprobado un texto consensuado entre todos los grupos parlamentarios.
El diputado y portavoz de CHA durante el debate, Chesús Yuste, ha lamentado que los partidos que apoyan al Gobierno, PSOE y PAR, se hayan negado a aprobar todas las propuestas de carácter económico, que no hayan condenado las prácticas de corrupción política como las de La Muela y Asael, y que hayan votado en contra de de que haya una moratoria en los planes de urbanización de Castanesa y Astún mientras no se apruebe la Ley de la Montaña o de retirar la campaña de publicidad que oferta “viviendas garantizadas” que todavía no existen. El PAR, por su parte, no ha apoyado la propuesta que instaba a rechazar la reforma del sistema de financiación a pesar de haber manifestado en las semanas previas su oposición a la misma.
Las propuestas de resolución aprobadas han tenido que ver con infraestructuras y comunicaciones, el medio rural, la agricultura y el medio ambiente, el Centro Aragonés del Deporte y el impulso a la Comisión Bilateral Aragón-Estado. Algunas de los textos iniciales han sufrido cambios a consecuencia de las transacciones con el resto de grupos, y aparecen subrayados: LEER EL RESTO AQUÍ.
HOMENAJE A LOS REPUBLICANOS ASESINADOS EN ARÁNDIGA
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CHA PARTICIPARÁ EN EL HOMENAJE A LOS REPUBLICANOS ASESINADOS QUE SE VA A CELEBRAR EN ARÁNDIGA
Posted in Baldexalón, Chunta Aragonesista, Libertad de Expresión, Memoria Histórica, Movimientos Sociales, tagged Acero, Antonio, Aragón, Aragonesista, Aranda, Arándiga, Baldexalón, Calatayud, CHA, Chunta, Comunidad, Democracia, Dignidad, Gil, Histórica, José, Justicia, Libertad, Memoria, República, Social, Valdejalón on noviembre 15, 2008| Leave a Comment »
CHA participa hoy sábado, 15 de noviembre, en el homenaje a los ocho republicanos asesinados en Arándiga (Comunidad de Calatayud) en agosto de 1936 que ha sido organizado por los familiares.
El homenaje contará con la presencia de representantes de CHA en el Aranda, en Comunidad de Calatayud y en Valdejalón.. También estará, en representación de CHA, José Antonio Acero, Vicepresidente de la DPZ.
CHA, desde sus profundas convicciones democráticas, respalda estos actos de homenaje y cuantas iniciativas se desarrollen para lograr la recuperación de la memoria histórica y de la dignidad de todos aquellos que durante décadas se han visto privados de la misma por la única razón de defender la legalidad vigente en el año 1936. Actos e iniciativas que, lejos de alterar la convivencia pacífica o pretender revancha alguna -como algunos quieren sugerir-, simbolizan además del recuerdo a las víctimas, la defensa de valores como los de democracia, libertad y justicia social.
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