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ASFALTADA LA ANTIGUA CARRETERA HASTA EL POLÍGONO INDUSTRIAL CENTROVÍA DE #LAMUELA

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ADJUDICADAS LAS OBRAS DE ASFALTADO DE LA ANTIGUA CARRETERA HASTA EL POLÍGONO INDUSTRIAL CENTROVÍA DE #LAMUELA

TOPOGRAFÍA SALAS

Informamos a las vecinas y a los vecinos de nuestro #PUEBLO, que:

– En el día de ayer se firmó la Resolución de Alcaldía por la que se han adjudicado las Obras de #Asfaltado del Túnel del Cuco, para facilitar que las vecinas y los vecinos de #LaMuela puedan ir en unas mejores condiciones a nuestro Polígono Industrial sin pisar la Autovía A2, por un importe de 91.610,06 €, a Vialex Constructora Aragonesa SL.
– Hace unas pocas semanas se firmó la Resolución de Alcaldía por la que se ha adjudicado la Redacción del Proyecto -tras la realización previa de vuelos con RPAS- de las Obras del Colector entre la Urbanización Alto de La Muela Sur (Urcamusa) y el Polígono Industrial Centrovía, por importe de 17.182 €, a Topografía e Ingeniería de Obras Salas, SL.
– Durante esta semana han comenzado las Obras de la Renovación de las Aceras (Parte 1) en la Calle Moncayo y la Cuesta de La Colasa, adjudicadas por importe de 39.809,00 €, a Áridos y Excavaciones Carmelo Lobera, SL.

#EstápasandoenLaMuela

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ASFALTADO TÚNEL DEL CUCO DE LA MUELAInformamos que, durante esta semana se ha publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público la #Licitación de las Obras de #Asfaltado del Túnel del Cuco, para facilitar que las vecinas y los vecinos de #LaMuela puedan ir en unas mejores condiciones a nuestro Polígono Industrial sin pisar la Autovía A2, por un importe de 121.907,22 €, y, pudiéndose presentar Ofertas hasta el 20 de abril a las 15.00 horas.

#EstápasandoenLaMuela

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Informamos a las vecinas y a los vecinos de nuestro #PUEBLO, que, tras la decisión tomada hace unos días por el Consejo Local de #Aragón, para poder abrir las Piscinas de Verano a partir del mes de julio, las Piscinas de #LaMuela abrirán desde el 1 de julio hasta el 13 de septiembre, con unas condiciones, instrucciones, normas, restricciones y limitaciones de aforo que, se darán a conocer en las próximas semanas. También, mañana lunes se reanudará la actividad programada en el #Gimnasio con #Muelactiva, con las directrices, disposiciones y órdenes marcadas por la propia empresa.

#EstápasandoenLaMuela

*Fotografías de los trabajos que están siendo realizados por Arboreum para el acondicionamiento del Césped de las Piscinas.

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Durante esta semana, el Alcalde del Ayuntamiento de La Muela, Adrián Tello Gimeno (CHA), en representación del Equipo de Gobierno (CHA, PSOE, GANAR LM), ha firmado una Resolución de Alcaldía, por la que se ha realizado la contratación de Fomento de Construcciones y Contratas (FCC), SA, por la cantidad de 11.999,25 €, para realizar durante todos los meses del año, LIMPIEZAS GENERALES, tanto en el Casco Urbano, como en la Urbanización Alto de La Muela Norte y Sur, así como en el Polígono Industrial Centrovía, siendo la mejor Oferta, en cuanto a condiciones económicas y frecuencia en la prestación del servicio, y que comenzará a partir del 1 de enero de 2018. #EstápasandoenLaMuela

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«LA MUELA SOLICITA LA REPOSICIÓN DE MÁS DE 40 CONTENEDORES». HERALDO DE ARAGÓN (26.08.16)

HERALDO DE ARAGÓN. 26.08.16

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«LOS CONCEJALES DEL GRUPO MUNICIPAL DE CHA EN EL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA, HEMOS VUELTO A RECLAMAR QUE LAS FACTURAS DE LA CONCESIONARIA DE LA RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS, SE ATENGAN AL PLIEGO DE CONDICIONES». PARTE PRIMERA DE LA CRÓNICA DEL PLENO ORDINARIO DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2014

Noticia publicada en Heraldo de Aragón (02.08.13)

Noticia publicada en Heraldo de Aragón (02.08.13)

En el Pleno Ordinadio del Ayuntamiento de La Muela que acaba de terminar hace unos minutos, una vez más, los Concejales del Grupo Municipal de CHA nos hemos quedado solos (CDL se ha abstenido en los dos REPAROS, y el Grupo Independiente y el PSOE, han votado en contra en el primero, y se han abstenido en el segundo), votando EN CONTRA de levantar el REPARO interpuesto por Intervención en su Informe 122/2014, los cuales, han sido levantados con el voto favorable del Gobierno Municipal del PP.

EL PRIMER REPARO consistía en una factura de «Contenedores verdes ecológicos«, por la cuantía de 3.974,85 €, en la que no tenemos ninguna duda de que esta factura debe ser sufragada por la concesionaria del servicio de recogida de residuos urbanos en La Muela, y no por el Ayuntamiento, al igual que tampoco tenían dudas las anteriores interventoras en sus Informes 107.2010 y 145.2012. Y es que el Pliego de Condiciones en su cláusula segunda dice:

«CONTENEDORES: Los contenedores serán aportados por el contratista y estarán perfectamente homologados, estando determinados el tipo y tamaño de los mismos en función de los diferentes servicios propuestos por el contratista en su Estudio Técnico. (…). MANTENIMIENTO DE LOS CONTENEDORES. El contratista estará obligado al mantenimiento y reparación de los contenedores, siendo a su cargo los trabajos de reparación y el suministro de cualquiera de los componentes de los mismos. La obligación de reparación de los contenedores incluye su sustitución en caso de no ser posible su reparación aún cuando la avería sea consecuencia de actos vandálicos. (…)».

EL SEGUNDO REPARO, era respecto a las «recogidas adicionales«, que el Pliego de Condiciones es bastante claro al respecto, en que debe ser la concesionaria quien tiene que sufragar estas facturas:

«5.3.2.- RECOGIDA. EXCEPCIONALES QUE SE DETERMINEN POR EL AYUNTAMIENTO. Aquellos servicios o trabajos complementarios que pudieran precisarse de manera ocasional y excepcional se realizarán por la Contrata previa determinación de su importe y previa aceptación del mismo por el Ayuntamiento, siempre que no excedan del 5% del precio del contrato».

Gracias al voto favorable del Equipo de Gobierno del PP, y la abstención del CDL, PSOE y los Concejales no adscritos, estas facturas serán sufragadas por el Ayuntamiento de La Muela, a pesar de que el «Pliego de Condiciones» dice lo que dice…

ADEMÁS, hay que añadir que la adjudicación del contrato con fecha de 23 de febrero de 2005, fue de 195.650 € anuales, en los que la oferta realizada por la adjudicataria para la recogida y transporte de Residuos Sólidos Urbanos (RSU), era de 127.414,56 €, con una previsión de 2.409 Tm. En 2012, el coste total de este servicio para el Ayuntamiento de La Muela fue de 264.206,07 €, y la previsión presupuestaria para 2014 ha sido de 270.000 €, unas cuantías muy superiores a las adjudicadas, y más cuando los datos aportados por el Consistorio para integrarse en el nuevo contrato con el resto de municipios de las localidades de Valdejalón, son de una producción anual de 2.043,543 Tm, inferiores a las 2.409 Tm previstas en su día. Y aquí, que cada cual saque sus propias conclusiones…

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LA APLICACIÓN DE LA «LEY DEL EMBUDO» POR PARTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL PP EN EL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA

Noticia publicada en Heraldo de Aragón (02.08.13)

Noticia publicada en Heraldo de Aragón (02.08.13)

El Gobierno Municipal del PP en el Ayuntamiento de La Muela, para la realización del contrato de los aprovechamientos cinegéticos de los Montes de Utilidad Pública (MUPs) «La Plana» y «Almazarro«, es decir la «caza«, con un precio de contrato de 4.478,59 €/año, y adjudicado por un importe de 5.700 €/año, todos los informes a realizar eran pocos… Aparte del Informe de Secretaría y del Informe de Intervención, se realizó una Consulta a una empresa que trabaja para Ayuntamientos, se solicitó un Informe a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, se pidió dos Informes a la Asesoría Jurídica «externa» del Ayuntamiento, otros dos Informes a la Asesoría Jurídica Urbanista «externa» del Ayuntamiento… Un «celo legalista» ejercido por el Equipo de Gobierno ante la mayoría absoluta legal del PLENO se negó una y otra vez, a «municipalizar» el Coto de Caza, mientras servicios públicos básicos y esenciales, como es el AGUA, se volvían a privatizar

Pero este mismo Gobierno Municipal del PP en el Ayuntamiento de La Muela, todos los informes a realizar eran demasiados para la modificación del contrato del servicio de recogida de residuos urbanos, es decir, la «Basura» –por una cuantía que supera en más de treinta veces el contrato de arrendamiento de los aprovechamientos cinegéticos-, realizando un «cambio» de condiciones contractuales consistente en que la concesionaria, en lugar de tener que facturar los 195.650 € anuales del precio de adjudicación, la cantidad recibida por la adjudicataria sería de 223.262,52 €, más aparte el transporte al «Vertedero de Calatayud» (Cuantía superior a los 2.000 € mensuales), y más el incremento de contenedores –cuando dichos costes no los tenía que asumir el Ayuntamiento, en base al Pliego de Condiciones, y tal como manifestó Intervención en el Informe 107.2010-. También, el vehículo con el que la empresa presta el servicio, y que a la finalización del contrato, pasaría al Ayuntamiento, ahora se lo quedará la empresa. Decir que esta modificación fue realizada uniltaralmente por la Alcaldesa, María Soledad Aured de Torres (PP), cuando la compentencia es del PLENO, sin los informes preceptivos de Secretaría e Intervención, es decir, sin ningún informe, y en definitiva, saltándose todos los procedimientos legalmente establecidos, tal y como manifestó EL JUSTICIA DE ARAGÓN, ante la QUEJA presentada por los Concejales del Grupo Municipal de CHA.

Mientras en LA MUELA los intereses particulares estén por encima del INTERÉS GENERAL, «negro futuro» tendrá nuestro PUEBLO.

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UN «POQUICO» DE MEMORIA HISTÓRICA EN LA MUELA…

LA MUELA. TALA DE CHOPOS. VERANO DE 2005

Esta fotodenuncia de CHA La Muela es del verano de 2005. En ella critícabamos la tala indiscriminada de varios chopos para desarrollar un centro museístico dedicado a la ciencia y la naturaleza, que posteriormente pasaría a denominarse MUVI (Museo de la Vida). Es decir, el Equipo de Gobierno del PAR quería fomentar los valores del respeto y cuidado de la naturaleza, y para ello se cargó el PARQUE de la Calle La Balsa, tal y como contó José Manuel Latorre «Seve», Presidente del Ligallo de Redolada de CHA en Baldexalón (Valdejalón) en El Periódico de Aragón en agosto de aquel año…

Un PARQUE que desapareció para albergar un Museo de la Vida (Cerrado), que junto al Museo del Viento (Cerrado) y al Museo del Aceite (Cerrado), cuentan con un encargado de museos (Cerrados), y han llegado a tener una azafata de museos (Cerrados) y dos limpiadoras de museos (Cerrados), ahora reubicadas en otros puestos de trabajo…, explicaciones estas últimas que ya no hay que pedírselas al PAR, ya que aquí, la «culpa» ya es del PP –la de mantener y haber mantenido estos puestos de trabajo para unos centros que se encuentran cerrados y sin suministro eléctrico desde finales de la pasada legislatura-. Ver Artículo: «La Muela en #modosomarda… ¿Los museos están abiertos o cerrados?«.

Pero a lo que íbamos… Este comentario viene consecuencia de las críticas realizadas en estos días por UPYD La Muela, que aludía tanto a los/as Concejales/as del Equipo de Gobierno del PP, como a los Concejales de los Grupos Políticos de la Oposición (Independiente, CHA, CDL y PSOE), en la responsabilidad de la falta de parques en nuestro pueblo, y que de nada servía hablar si los hechos no acompañaban a las palabras… Pues este hecho, y podríamos seguir y seguir con otros muchos ejemplos, es de aquellos años en que las personas que hoy forman parte de UPYD en nuestra localidad, poco o nada decían, ante este tipo de actuaciones, y otras peores, como la construcción de una plaza de toros «en cuarenta días«, un auditorio «para las orquestas de las fiestas«, o un aviario para «especies exóticas«…

En la REIVINDICACIÓN para que nuestro pueblo tenga unos parques en condiciones, y unos servicios públicos, básicos y esenciales de calidad, aquí estaremos. Pero cualquier formación política que quiera tener un mínimo de credibilidad en nuestra localidad, no puede comenzar la «historia» a partir de 2011, y con afirmaciones un tanto «sesgadas«…

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EL PERIÓDICO DE ARAGÓN (12.06.14). «LA MUELA. CRÍTICAS A LA GESTIÓN DE LOS PAGOS PENDIENTES»

El Periódico de Aragón. 12.06.14

La opción de aplazar el préstamo del Plan de pago a proveedores del año 2012 fue aprobada con los votos del PP y la abstención del concejal de CDL.

El Grupo Municipal de CHA en el Ayuntamiento de La Muela lamenta que en el pleno de ayer se aprobara, con el respaldo del PP y la abstención del concejal de CDL, el aplazamiento del periodo de amortización del préstamo del Plan de Pago a Proveedores diez años más, hasta el año 2032. Adrián Tello, portavoz de CHA, indica que esta decisión hipoteca al ayuntamiento durante muchos años y endurece el plan de ajuste municipal, y todo es debido a una malísima gestión y a una necesidad de liquidez urgente, producto de esa pésima gestión.

Tello recuerda que este préstamo es de 4.614.736 € al 5,939 % de interés y tenía que empezar a amortizarse el próximo año. Sin embargo el Ministerio de Hacienda dio tres opciones a los Ayuntamientos para modificar las condiciones financieras del pago a proveedores: aumentar el periodo de amortización 10 años con una reducción del tipo de interés en un 0,41%; mantener el periodo de amortización en 10 años con una reducción del tipo de interés en un 1,31%, o no aplazar ni el periodo de carencia ni de amortización con una reducción del tipo de interés en un 1,40%, opción que defendía CHA. «El Ayuntamiento se ha acogido a la primera opción –señala Tello-, lo que supone que la deuda nos va a salir mucho más cara, no pudiendo destinar ese dinero que se habría podido ahorrar a necesidades básicas como cubrir los problemas que las familias están atravesando en estos momentos”.

Además, el Portavoz de CHA lamenta que este aplazamiento conlleva un endurecimiento del Plan de Ajuste Municipal, como el establecimiento de tasas por la prestación del servicio social de base para cubrir los costes de los servicios sociales y asistenciales, tal y como recuerda el Informe realizado por Intervención. Tello ha recordado que “en el Decreto de Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de La Muela del Ejercicio 2013, hay 1.104.908,52 € en Obligaciones Pendientes de Pago del citado Ejercicio Presupuestario, lo que evidencia una mala gestión económica, sumada a la herencia de una política de especulación y pelotazo, y que estamos pagando todos los vecinos y vecinas de La Muela”.

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CHA LAMENTA QUE LA MALA GESTIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA OBLIGA A APLAZAR LA DEUDA HASTA 2032

Foto 5

La opción de aplazar el préstamo del Plan de pago a proveedores del año 2012 fue aprobada con los votos del PP y la abstención del concejal de CDL.

El Grupo Municipal de CHA en el Ayuntamiento de La Muela lamenta que en el pleno de ayer se aprobara, con el respaldo del PP y la abstención del concejal de CDL, el aplazamiento del periodo de amortización del préstamo del Plan de Pago a Proveedores diez años más, hasta el año 2032. Adrián Tello, portavoz de CHA, indica que esta decisión hipoteca al ayuntamiento durante muchos años y endurece el plan de ajuste municipal, y todo es debido a una malísima gestión y a una necesidad de liquidez urgente, producto de esa pésima gestión.

Tello recuerda que este préstamo es de 4.614.736 € al 5,939 % de interés y tenía que empezar a amortizarse el próximo año. Sin embargo el Ministerio de Hacienda dio tres opciones a los Ayuntamientos para modificar las condiciones financieras del pago a proveedores: aumentar el periodo de amortización 10 años con una reducción del tipo de interés en un 0,41%; mantener el periodo de amortización en 10 años con una reducción del tipo de interés en un 1,31%, o no aplazar ni el periodo de carencia ni de amortización con una reducción del tipo de interés en un 1,40%, opción que defendía CHA. «El Ayuntamiento se ha acogido a la primera opción –señala Tello-, lo que supone que la deuda nos va a salir mucho más cara, no pudiendo destinar ese dinero que se habría podido ahorrar a necesidades básicas como cubrir los problemas que las familias están atravesando en estos momentos”.

Además, el Portavoz de CHA lamenta que este aplazamiento conlleva un endurecimiento del Plan de Ajuste Municipal, como el establecimiento de tasas por la prestación del servicio social de base para cubrir los costes de los servicios sociales y asistenciales, tal y como recuerda el Informe realizado por Intervención. Tello ha recordado que “en el Decreto de Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de La Muela del Ejercicio 2013, hay 1.104.908,52 € en Obligaciones Pendientes de Pago del citado Ejercicio Presupuestario, lo que evidencia una mala gestión económica, sumada a la herencia de una política de especulación y pelotazo, y que estamos pagando todos los vecinos y vecinas de La Muela”.

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GRACIAS AL EQUIPO DE GOBIERNO (PP) Y AL CONCEJAL DEL CDL, EL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA APLAZA PARTE DE SU AGONÍA (DEUDA) HASTA EL 2032

Si ves una bandera republicana en el Ayuntamiento de La Muela, es una ilusión óptica...

Una bandera republicana en el Ayuntamiento de La Muela, o una ilusión óptica…

Hoy, a las 15.00 horas, en un Pleno Extraordinario y Urgente, el Equipo de Gobierno (PP) –gracias a la abstención del Concejal del CDL-, ha aprobado aplazar parte de la agonía de nuestro pueblo –la deuda-, hasta el 2032. Con fecha de 13 de mayo de 2014, la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local (Dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas), emitió una resolución que permitía a los Ayuntamientos (Entidades Locales), modificar las condiciones financieras del Plan de Pago a Proveedores, es decir,  en el caso de La Muela, sobre los 4.614.736,22 € al 5,939% de Interés, que en principio se tenían que empezar a pagar a partir del año que viene…

A este respecto, desde el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, se proponían tres opciones para realizar las modificaciones de las condiciones financieras del mencionado Plan de Pago a Proveedores:

PRIMERA. El periodo de amortización del préstamo, pasa de 10 a 20 años, el plazo de carencia de 2 a 4 años, y el tipo de interés se reduce en 41 puntos básicos (0,41%). Es decir, aplazar el pago del préstamo hasta el 2032, con una reducción del tipo de interés en un 0,41% (PROPUESTA QUE HA SALIDO APROBADA, GRACIAS A LOS VOTOS FAVORABLES DEL EQUIPO DE GOBIERNO DEL PP, Y LA ABSTENCIÓN DEL CONCEJAL DEL CDL).

SEGUNDA. Se mantiene el periodo de amortización tal como está, es decir, 10 años, con un año más de carencia, de 2 a 3 años, con una reducción del tipo de interés en unos 131 puntos básicos (1,31%). Es decir, el préstamo se terminará de pagar en el 2022, con una reducción del tipo de interés en un 1,31%.

TERCERA. No se aplaza ni la amortización ni la carencia del préstamo, y el tipo de interés se reduce en unos 140 puntos básicos (1,40%). Es decir, el préstamo se pagará tal y como estaba establecido en un principio, es decir, en el 2022, con una reducción del tipo de interés en un 1,40% (OPCIÓN PROPUESTA POR LOS CONCEJALES DEL GRUPO MUNICIPAL DE CHA).

Así pues, el Gobierno Municipal del PP ha impedido y no ha permitido que se votaran las opciones 2 y 3, y solamente se podía votar la opción 1, que es aplazar el pago del préstamo hasta el 2032, no empezando a pagar hasta el 2017 –después de las Elecciones Municipales…– aunque sea la alternativa que menor ahorro económico va a producir al Ayuntamiento de La Muela, ya que con las opciones 2 y 3, la reducción del tipo de interés del préstamo es mucho mayor. Ante esta tesitura, los Grupos Políticos de la Oposición (Independiente, CHA y PSOE), hemos votado EN CONTRA, aunque los únicos Concejales que han explicado el sentido de su voto, han sido los del Grupo Municipal de CHAy muy brevemente el Concejal del PSOE-. De esta manera, el Concejal del CDL, con su abstención, ha permitido al Equipo de Gobierno (PP) sacar «su» opción adelante…

Además, por si no fuera poco, hoy, a las 15.15 horas, estaba convocada una sesión extraordinaria y urgente de la Junta de Gobierno Local –donde solamente está representado el Gobierno Municipal del PP-, con el mismo Orden del Día de este Pleno Extraordinario y Urgente, por si el Equipo de Gobierno no conseguía sacar adelante en el Pleno «su» opción, puesto que como hemos dicho en el párrafo, no se ha dejado ni a los Concejales del Grupo Municipal de CHA, ni al resto de la oposición, poder votar por las otras dos opciones…

PD. Y luego darán lecciones de democracia…

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Pleno Extraordinario y Urgente del Ayuntamiento de La Muela (10.06.14)

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«LA SOCIEDAD DE CAZADORES, TITULAR DE NUEVO DE LOS DERECHOS CINEGÉTICOS». EL PERIÓDICO DE ARAGÓN (07.03.14)

El Periódico de Aragón. 07.03.14

INTERVENCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE CHA EN EL PLENO ORDINARIO DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA (27.02.14)

«PUNTO 6. ADJUDICACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DERECHOS CINEGÉTICOS MUP LA PLANA Y ALMAZARRO»

Este Grupo Municipal, coherentemente y consecuentemente, va a votar A FAVOR de la Propuesta de Resolución presentada por el Concejal Delegado, D. Pedro Bartolomé Pérez.

Pero estos Concejales, hoy, que se supone que por fin termina este expediente…, no podemos pasar por alto, la utilización política y partidista, de la Página Web Municipal, por parte de la Alcaldesa, Doña María Soledad Aured de Torres, a raíz de la «Carta sobre los Derechos Cinegéticos«, publicada con fecha de 11 de febrero de 2014, y sobre la que queremos realizar las siguientes MANIFESTACIONES:

EN PRIMER LUGAR, y empezando por el final, para terminar por el principio, la Alcaldesa afirma «Hay que dejar claro que este equipo de gobierno no ha tenido nada que ver con la adjudicación de los derechos cinegéticos a la sociedad de cazadores…«.

Pues bien, esta afirmación «choca» con el «Acta de Apertura de Proposiciones Económicas y Propuesta de Adjudicación de la Enajenación del Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública números Z-293 y Z-294 «La Plana» y «Almazarro«, sitos en el Término Municipal de La Muela», en la que estando presente como Vocal el Concejal de Medio Ambiente, Agricultura, Ganadería y Montes, miembro del Equipo de Gobierno del PP en el Ayuntamiento de La Muela, en la mencionada ACTA se dice literalmente: «En consecuencia la Mesa acuerda proponer al Órgano de Contratación para que proceda, en su caso, a la adjudicación del contrato a la Sociedad de Cazadores de La Muela. El Presidente invita a los componentes de la Mesa por si algo tuvieran que manifestar y no tomando la palabra ninguno de ellos, da por terminada la sesión siendo las quince horas del día de la fecha«.

EN SEGUNDO LUGAR, la Alcaldesa dice en la Carta que «En todos estos procesos, Mª Soledad Aured de Torres se ha retirado por tener intereses personales. Entendiendo que todos aquellos concejales cazadores o con familiares hasta 2º grado deben abstenerse en dichas votaciones«.

A este respecto, solamente leyendo la «Carta sobre los Derechos Cinegéticos«, que firma la propia Alcaldesa, hay hasta TRES PLENOS en los que ha votado la Alcaldesa, UN DECRETO firmado por la Alcaldesa, UNA PETICIÓN de Informe a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, firmada por la Alcaldesa, y UNA CARTA al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, también firmada por la Alcaldesa. Y sin ningún rubor, la Alcaldesa sigue aseverando que no ha participado en este expediente…

EN TERCER LUGAR, la Alcaldesa dice «Estos pliegos habían sido informados desfavorablemente por el letrado D. Ignacio Sainz Sordo…«.

Decir a este respecto, que en este expediente existen dos informes del Letrado Urbanista Externo del Ayuntamiento de La Muela, uno, que es el que menciona la Alcaldesa en su escrito, y que dice, justo lo que quiere oír la Alcaldía en este momento, que los pliegos y que todo el proceso estaba mal; y otro, firmado junto al Secretario, con fecha de 26 de mayo de 2011, que ante el Recurso de Reposición, que presentó el Letrado (…) –el mismo letrado que casualmente ha presentado un parecidísimo recurso en recientes fechas…-, decía justamente todo lo contrario, a lo que decía en noviembre del año pasado, que todo estaba muy bien, y que había que desestimar dicho recurso, que entonces era exactamente lo que quería escuchar la anterior Alcaldesa.

Y ante este semejante, y diríamos que «sorprendente» cambio de criterio, este Letrado no explica el por qué, hecho que se debe realizar, cuando un jurista cambia de opinión…Eso sí, lo que no sabemos, o desconocemos, es que cuando la Letrada Externa del Ayuntamiento (…), suscribe el Informe de este Letrado, se suma a los argumentos del primero o del segundo…

Porque aquí, el único Técnico que no ha cambiado de opinión, ha sido el Secretario, en cuyo Informe 30/2013, de fecha de 14 de marzo, dijo: “…B.- Sobre el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro”.-… De la lectura del Pliego no se aprecia aspecto alguno que contradiga el presente informe por lo que se informa favorablemente el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro…”. (Manteniendo el mismo criterio jurídico que en mayo de 2011).

EN CUARTO LUGAR, la Alcaldesa omite en su «Carta«, omite todos los Pliegos con «Criterios de Adjudicación» similares a los del Ayuntamiento de La Muela, que han sido tenidos en cuenta en este expediente, como el del Ayuntamiento de Zaragoza (Zaragoza), el Ayuntamiento de El Frasno (Comunidad de Calatayud), el Ayuntamiento de Jarque de Moncayo (El Aranda), el Ayuntamiento de Sena (Los Monegros), el Ayuntamiento de Zuera (Zaragoza), el Ayuntamiento de Sástago (Ribera Baja del Ebro), o el Ayuntamiento de Tarazona (Tarazona y El Moncayo), destacando por ejemplo el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares para la Adjudicación de la Cesión de Uso de Parcelas Rústicas Patrimoniales para su Aprovechamiento Cinegético, del Ayuntamiento de Zaragoza, de fecha de 27 de junio de 2006, siendo justificado el procedimiento por La Jefe de la Unidad de Inventario y Patrimonio Rústico de este Ayuntamiento, ante el Pliego de Condiciones Técnicas, elaborado por la Unidad de Montes y Áreas Naturales del propio Ayuntamiento.

Pero ya puestos a mencionar, vamos a tener en cuenta también los Pliegos de Condiciones aprobados en esta Legislatura, por la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos del Principado de Asturias, para los Cotos Regionales números 126 hasta el 151, y del 153 hasta el 170, es decir 44 Aprovechamientos Cinegéticos, cuyos «Criterios de Adjudicación» son muy similares, por no decir en algunos casos, iguales a los de este Consistorio.

Y sobre la superficie, y la «supuesta» usurpación de parcelas particulares…, léanse el Plan Anual de Aprovechamientos (PAA) para el ejercicio 2013 y 2014, que dice «En aplicación del Plan Anual de Aprovechamientos Forestales de la provincia de Zaragoza para el ejercicio 2013 de AYTO DE MUELA, LA, deberá proceder a la enajenación del aprovechamiento que a continuación se detalla, de acuerdo lo previsto en la legislación forestal y de régimen local… La Plana, 4.781 has, ENAJENAR… Almazarro, 2.796 has, ENAJENAR…«, las mismas hectáreas que dice el Pliego… Pero curiosamente la Alcaldesa, no dice nada del Plan Anual de Aprovechamientos Forestales de 2013 y 2014, remitidos por el Servicio Provincial del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón.

Y EN QUINTO LUGAR Y PARA FINALIZAR, por no extendernos más, estos Concejales queremos hacer constar en este PLENO, cuál ha sido y es, a nuestro juicio, el mayor de los «sinsentidos» de este expediente…

El mayor de los «sinsentidos» es que la Alcaldesa, y por ende el Equipo de Gobierno, en todos estos meses, desde la Comisión Asesora de fecha de 8 de abril de 2013, hasta finales de enero de este año, han esgrimido y defendido, para no llevar a PLENO la PROPUESTA presentada por los Grupos Políticos de la Oposición, con fecha de 21 de enero de 2013, que en base a la Ley de Contratos del Sector Público, la competencia era de Alcaldía y no del Pleno, y que solamente había que aplicar esta Ley, sin tener en cuenta, la Ley 7/1999, de Administración Local de Aragón (Aunque el Informe 14/2013, de 26 de junio, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, dijera que la competencia es del PLENO).

Este extremo llega a tal punto, que en la sesión plenaria ordinaria de fecha de 25 de julio de 2013, a una interpelación realizada por este Grupo Municipal, la Alcaldesa dijo: «…Marisol. Clara la tendrás tú. Ese informe no dice que es competencia del pleno, voy a pedir la inconstitucionalidad de la Ley porque entendemos que no es competencia del pleno y vamos a ir al Juzgado y como no estamos de acuerdo, que lo decida el Juzgado. Si el Juzgado dice que la competencia es pleno será competencia del pleno…«.

Pues bien, si se sigue un argumento, se sigue hasta el final con él, coherentemente y consecuentemente, pero lo que no puede ser, lo que no tiene sentido alguno, es que después de decir hasta la saciedad esta Alcaldesa y este Equipo de Gobierno, que la competencia era suya, es decir, de Alcaldía, en base a la Ley de Contratos del Sector Público, en el Pleno de fecha de 27 de enero de 2014, ante un RECURSO DE REPOSICIÓN, que presenta el mismo Letrado que ya lo presentó en 2011, va el Equipo de Gobierno, y dice que estima y vota a favor de este recurso, cuando el mencionado recurso está argumentado en que no hay que aplicar la Ley de Contratos del Sector Público, y que aplicar la Legislación Patrimonial…

Y este Gobierno Municipal del PP en La Muela, después de que durante diez meses, hayan gritado a los cuatro vientos, que este asunto no tenía que ir a Pleno, que era de Alcaldía, en base a la Ley de Contratos del Sector Público, ahora dicen que no, que no se tiene que aplicar, que solamente la Legislación Patrimonial, y se quedan tan anchos…

En fin, ustedes mismos verán cómo actúan…

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«LA ALCALDESA DE LA MUELA DECLARA EL JUEVES COMO IMPUTADA POR UN PRESUNTO DELITO DE PREVARICACIÓN». HERALDO DE ARAGÓN (28.01.14)

Heraldo de Aragón. 28.01.14

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EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA DESESTIMA EL RECURSO DE REPOSICIÓN PRESENTADO AL ACUERDO PLENARIO DE FECHA DE 14 DE NOVIEMBRE DE 2013, SOBRE LA APROBACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EL APROVECHAMIENTO CINEGÉTICO DE LOS MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA (MUPs) «LA PLANA» Y «ALMAZARRO»

Convocatoria Pleno Extraordinario y Urgente. 27.01.14Hoy, en sesión plenaria extraordinaria, con 7 votos a favor (Grupo Independiente, CHA, CDL y PSOE) y 5 votos en contra (Grupo PP -la Alcaldesa se ha ausentado porque ha dicho que tiene intereses particulares en el asunto…), se ha acordado DESESTIMAR el Recurso de Reposición presentado por unas personas que no se han identificado en el escrito registrado en la casa consistorial, sobre la Aprobación del Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que han de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUPs) «La Plana» y «Almazarro«. Dicha DESESTIMACIÓN se ha basado en la siguiente exposición de motivos:

EXPOSICIÓN

Visto el RECURSO DE REPOSICIÓN presentado al Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre, sobre la Aprobación del Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que han de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública «La Plana» y «Almazarro«, registrado en este Ayuntamiento, con fecha de 7 de enero de 2014.

Visto que este RECURSO DE REPOSICIÓN habla de que existe «Nulidad de pleno derecho del acuerdo plenario de 14-11-2013, por el que se efectúa la convocatoria para la adjudicación de la enajenación del aprovechamiento cinegético de los MUP Z-293 y Z-294, y se aprueba el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas para proceder a la adjudicación«, basándose en la «Inclusión en el pliego de terrenos de propiedad privada sobre que el Ayuntamiento de La Muela no ostenta los derechos cinegéticos«, afirmando «Por tanto, el Ayuntamiento de La Muela, en el Pliego de Condiciones aprobado, se atribuye de forma expresa e indebidamente la cualidad de propietario de las fincas de los particulares en una superficie de 3.094 has, así como dispone de la plena titularidad de los derechos cinegéticos sobre dichos terrenos privados, sobre los que descansa o proyecta la autorización exclusiva del aprovechamiento cinegético de los terrenos cuya adjudicación pretende de forma ilegal el Ayuntamiento de La Muela. Al no haber otorgado los comparecientes cesión alguna de sus derechos al Ayuntamiento de La Muela, éste nunca puede ceder unos derechos de los que no dispone, y por tanto, bajo ningún concepto puede el Ayuntamiento ostentar en el Pliego de Condiciones derechos que no le han sido transmitido, y menos adjudicados por precios a terceros…«.

Visto que el Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, «Para Aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro«, dice: «Es objeto del presente contrato el aprovechamiento cinegético de terrenos municipales según plano y que comprende: El objeto del presente Pliego de condiciones es regular la forma de adjudicación y definir las bases de gestión del aprovechamiento cinegético de las 7.577 hectáreas de los Montes de Utilidad Pública (MUP) «La Plana» y «Almazarro», de acuerdo con la autorización del Servicio Provincial de Medio Ambiente en el Plan de Aprovechamientos del año 2013. Nº MUP 293. La Plana. Superficie. 4.781 has; Nº MUP 294. Almazarro. Superficie. 2.796 has«.

Visto que con fecha de 2 de octubre de 2012, el Director del Servicio Provincial de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, comunicó al Ayuntamiento de La Muela, la apertura de TRÁMITE DE AUDIENCIA hasta el 31 de octubre de 2012, para que se pudieran presentar propuestas de modificación al Borrador del Plan Anual de Aprovechamientos Forestales, en el que para los aprovechamientos cinegéticos de los MUPs “La Plana (4.781 has)«, “Almazarro (2.796 has)” y “Dehesa Boyal (880,68 has)”, se proponía su enajenación.

Visto que con fecha de 21 de diciembre de 2012, el Director del Servicio Provincial de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, envío la Remisión del Plan Anual de Aprovechamientos (PAA) para el ejercicio 2013 («… Dicho Plan recoge para los montes de su titularidad, la relación de aprovechamientos a realizar en dichos montes…»), con ORDEN DE ENAJENACIÓN para los próximos cinco años, entre otros, de los aprovechamientos cinegéticos de los MUPs “La Plana (4.781 has)«, “Almazarro (2.796 has)” y “Dehesa Boyal (880,68 has)”.

Y visto que según el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA), Gobierno de Aragón, en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública (MUPs), la superficie de los MUPs «La Plana» y «Almazarro«, es la misma que remite el Servicio Provincial de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón en el Plan Anual de Aprovechamientos (PAA) para el ejercicio 2013, es la misma que remite el Servicio Provincial de Medio Ambiente en el Plan Anual de Aprovechamientos (PAA) para el ejercicio 2014 -remitido hace escasas fechas al Ayuntamiento de La Muela-, y es la misma que se ha incluido en el Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, «Para Aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro«, se DESESTIMA la causa de «Nulidad de pleno derecho del acuerdo plenario de 14-11-2013, por el que se efectúa la convocatoria para la adjudicación de la enajenación del aprovechamiento cinegético de los MUP Z-293 y Z-294, y se aprueba el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas para proceder a la adjudicación», basándose en la «Inclusión en el pliego de terrenos de propiedad privada sobre que el Ayuntamiento de La Muela no ostenta los derechos cinegéticos«.

Visto que este RECURSO DE REPOSICIÓN habla de que existe «Nulidad de pleno derecho del acuerdo plenario de 14-11-2013, por el que se efectúa la convocatoria para la adjudicación de la enajenación del aprovechamiento cinegético de los MUP Z-293 y Z-294, y se aprueba el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas para proceder a la adjudicación«, basándose en la «Nulidad del Pliego al ser sometido al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público«, «A juicio de los comparecientes, este tipo de contratos queda excluido de la RDL 3/2011, conforme a criterios jurisprudenciales mantenido, toda vez que se trata de un contrato cuyo ámbito se define en el art. 4, p) y que quedan especialmente excluidos de dicha Norma: «Contratos de arrendamiento y demás negocios jurídicos análogos sobre bienes inmuebles, valores negociables y propiedades incorporales, a no ser que recaigan sobre programas de ordenador y deban ser calificados como contratos de suministro o servicios, que tendrán siempre el carácter de privados y se regirán por la legislación patrimonial«.

Visto que el Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, “Para Aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro”, está informada por Secretaría, en el Informe 30/2013, de fecha de 14 de marzo, en el que dice: “…QUINTO. De conformidad con el artículo 4.1. p) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 4 de noviembre, de Contratos del Sector Público, están excluidos del ámbito de aplicación de la misma, los contratos de compraventa, donación, permuta, arrendamientos y demás negocios jurídicos análogos sobre bienes inmuebles, que tendrán siempre el carácter de contratos privados y se regirán por la legislación patrimonial. Así, según el artículo 20.2 del mismo cuerpo legal, y en relación al artículo 4.1. p) del citado texto, la legislación patrimonial a la que debemos remitirnos será al Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, que señala en su artículo 112 que las enajenaciones de bienes patrimoniales se regirán en cuanto a su preparación y adjudicación por la normativa /reguladora de la Contratación de las Corporaciones Locales. Asimismo, debemos tener en cuenta el artículo 78 de la Ley de Montes de Aragón que indica que las condiciones técnico-facultativas que han de regir la adjudicación y explotación de los aprovechamientos en los montes catalogados, y se ajustarán en lo económico a la legislación en materia de patrimonio y de contratación administrativa que resulte en cada caso de aplicación. SEXTO. A la vista del periodo de contratación -5 años- el órgano competente será el Pleno del Ayuntamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 m) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de administración Local de Aragón…«.

Visto que el Secretario del Ayuntamiento de La Muela, realiza una Consulta «a una empresa que trabaja para los Ayuntamientos, y que cuenta con un equipo de juristas para dar respuesta a las cuestiones que les planteamos…«, con fecha de 8 de abril de 2013, y la respuesta a la referida consulta, alude al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).

Visto que el Informe 14/2013, de 26 de junio, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, hace referencia al «Análisis de la competencia a la vista de la diferente regulación, de la atribución competencial, contenida en la DA 2ª TRLCSP y el Artículo 30.1 m) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón«.

Y visto que tanto el Informe de Secretaría 30/2013, de fecha de 14 de marzo, la Respuesta a la Consulta realizada por Secretaría, con fecha de 8 de abril de 2013, así como el Informe 14/2013, de 26 de junio, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, hacen referencia al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), se DESESTIMA la causa de «Nulidad del Pliego al ser sometido al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público«.

Visto que este RECURSO DE REPOSICIÓN habla de que existe «Nulidad de pleno derecho del acuerdo plenario de 14-11-2013, por el que se efectúa la convocatoria para la adjudicación de la enajenación del aprovechamiento cinegético de los MUP Z-293 y Z-294, y se aprueba el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas para proceder a la adjudicación«, basándose en la «Vulneración de los principios de concurrencia y objetividad en la adquisición de los bienes municipales«.

Visto que el Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, “Para Aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro”, está informada por Secretaría, en el Informe 30/2013, de fecha de 14 de marzo, en el que dice: “…B.- Sobre el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro”.-… De la lectura del Pliego no se aprecia aspecto alguno que contradiga el presente informe por lo que se informa favorablemente el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro….

Visto el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares para la Adjudicación de la Cesión de Uso de Parcelas Rústicas Patrimoniales para su Aprovechamiento Cinegético, del Ayuntamiento de Zaragoza, de fecha de 27 de junio de 2006, siendo justificado el procedimiento por La Jefe de la Unidad de Inventario y Patrimonio Rústico de este Ayuntamiento, ante el Pliego de Condiciones Técnicas, elaborado por la Unidad de Montes y Áreas Naturales del propio Ayuntamiento, que entre sus criterios de selección, recogen los siguientes: “Domicilio Social de la Sociedad, Número de Socios/as y domicilio…” (24,10% de la Valoración); “Manifestación afirmativa o negativa de disponibilidad y/o gestión de otros terrenos cinegéticos” (12,05% de la Valoración); “Propuestas de Mejora…” (12,05% de la Valoración); “Experiencia en la Gestión Cinegética que se pueda demostrar” (6,02% de la Valoración); y “Oferta Económica” (12,05% de la Valoración).

Visto el Pliego de Cláusulas Administrativas del Concurso para la Adjudicación, mediante Procedimiento Abierto y tramitación urgente, del contrato de arrendamiento del Coto de Caza Municipal 2007/2013, del Ayuntamiento de El Frasno (Comunidad de Calatayud), con fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ), de 16 de julio de 2007, que entre sus criterios de valoración, recogen los siguientes: “Asociaciones Deportivas / Cinegéticas Municipales” (41,66% de la Valoración); “Criterio Económico” (16,66% de la Valoración), “Mejoras de Carácter Social…” (25% de la Valoración); y “Mejoras en los Montes…” (16,66% de la Valoración).

Visto el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas, que ha de regir el Concurso convocado en Procedimiento Abierto y tramitación urgente, para adjudicar el arrendamiento a Sociedad de Cazadores/as del Aprovechamiento de Caza de diversos Montes de Propiedad Municipal, incluidos en el Catálogo de Utilidad Pública, del Ayuntamiento de Jarque de Moncayo (El Aranda), con fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ), de 8 de septiembre de 2007, que entre sus criterios de valoración, recogen los siguientes: “Por cada socio de la sociedad licitante empadronado en el municipio de Jarque: 5 puntos”; “Por cada socio de la sociedad licitante que no esté empadronado, pero que guarde una relación directa con el municipio de Jarque, bien porque su cónyuge no separado, sus padres o sus abuelos hayan sido vecinos de Jarque: 2 puntos”; “Por cada entero del cociente entre la propuesta económica y el precio de tasación: 5 puntos”; “Por cada hectárea del término municipal de Jarque aportada por encima del mínimo necesario para la constitución de un Coto de Caza, en cada uno de los casos de los Montes que se licitan: 0,1 puntos”. Además, se exige “Acreditación de la titularidad de los derechos de caza de al menos 197 hectáreas adicionales colindantes con el Monte Z0069, necesarios para constituir un Coto de Caza Menor”.

Visto el Pliego de Condiciones Técnicas para la Cesión del Uso del Aprovechamiento Cinegético de los Montes Patrimoniales del Ayuntamiento de Zaragoza, con fecha de 19 de abril de 2011, que entre sus criterios de valoración, recogen los siguientes: “Domicilio Social de la Sociedad, Número de Socios/as y domicilio…” (33% de la Valoración); “Manifestación afirmativa o negativa de disponibilidad y/o gestión de otros terrenos cinegéticos” (11,11% de la Valoración); “Propuestas de Mejora…” (11,11% de la Valoración); “Experiencia en la Gestión Cinegética que se pueda demostrar” (11,11% de la Valoración); y “Oferta Económica” (22,22% de la Valoración).

Visto el Anuncio relativo, a la Contratación del Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública y Patrimonial de libre disposición del Ayuntamiento de Zuera (Zaragoza), publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ), con fecha de 21 de septiembre de 2012, que entre sus criterios de adjudicación, recogen los siguientes: “Domicilio Social y Número de Socios/as” (40% de la Valoración); y “Oferta Económica” (40% de la Valoración).

Vista la Convocatoria de Licitación para la Adjudicación de la Concesión del Aprovechamiento Cinegético del Monte de Utilidad Pública, nº HU-336, del Ayuntamiento de Sena (Los Monegros), publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca (BOPH), con fecha de 1 de marzo de 2013, que entre sus criterios de puntuación, recogen los siguientes: “Precio de Licitación” (40% de la Valoración); “Plan de Trabajo, Mantenimiento y Mejoras del Monte…” (60% de la Valoración); y “En caso de empate se adjudicará el aprovechamiento a la Sociedad que tenga como socios/as un mayor número de cazadores/as locales”.

Visto el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la Adjudicación de la Cesión de la Gestión de los Cotos Municipales Z-10097-D; Z-10179-D; Z-10139-D; Z-10146-D, para su Aprovechamiento Cinegético, por procedimiento abierto, del Ayuntamiento de Sástago (Ribera Baja del Ebro), con fecha de 22 de abril de 2013, que entre sus criterios de adjudicación, recogen los siguientes: “Domicilio Social de la Sociedad, Número de Socios/as y domicilio…” (50% de la Valoración); “Manifestación afirmativa o negativa de disponibilidad y/o gestión de otros terrenos cinegéticos” (10% de la Valoración); y “Oferta Económica” (40% de la Valoración).

Visto el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la Contratación por Procedimiento Abierto…, de la Enajenación del Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública Núm. 250 El Cierzo, y Núm. 303 Valcardera y diversos Montes Municipales Patrimoniales, del Ayuntamiento de Tarazona, con fecha de 25 de junio de 2013, que tiene como criterio para determinar la Solvencia Técnica la “Presentación de documentos que acrediten la titularidad de aprovechamientos cinegéticos en cotos deportivos de caza, de titularidad pública o privada en los últimos tres años”.

Y visto que el Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, “Para Aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro”, está informado favorablemente por Secretaría, en el Informe 30/2013, de fecha de 14 de marzo, da cumplimiento al acuerdo plenario de fecha de 28 de junio de 2012 “Moción de Urgencia presentada por los Portavoces de los Grupos Municipales Independiente, CHA, CDL y PSOE sobre el Coto de Caza La Plana/Almazarro”, en el que en su parte tercera decía: “Iniciar el expediente de licitación del Coto La Plana / Almazarro” (En referencia a los derechos cinegéticos de estos MUPs); e incluye dentro de los “Criterios de Adjudicación”, los mismos criterios de valoración que han recogido los PLIEGOS de otras Corporaciones Locales, como el Ayuntamiento de Zaragoza (Zaragoza), el Ayuntamiento de El Frasno (Comunidad de Calatayud), el Ayuntamiento de Jarque de Moncayo (El Aranda), el Ayuntamiento de Sena (Los Monegros), el Ayuntamiento de Zuera (Zaragoza), el Ayuntamiento de Sástago (Ribera Baja del Ebro), o el Ayuntamiento de Tarazona (Tarazona y El Moncayo), como ha quedado perfectamente demostrado en los párrafos anteriores, se DESESTIMA la causa de nulidad basada en la «Vulneración de los principios de concurrencia y objetividad en la adquisición de los bienes municipales«.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

DESESTIMAR el Recurso de Reposición que ha sido presentado al Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, sobre la Aprobación del Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que han de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública «La Plana» y «Almazarro«, en base a la argumentación expuesta en esta PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.

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EL SURREALISMO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL PP EN EL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA

PINCHA EN LA IMAGEN PARA VER EL ARTÍCULO EN TAMAÑO REAL (HERALDO DE ARAGÓN, 29.11.13. ARTÍCULO COORDINADO POR JUAN ORTEGA CASAS). CAZA EN ARAGÓN.

Hoy, en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ), (DESCARGAR AQUÍ), sale publicado el «…anuncio de la convocatoria por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación , para la enajenación del aprovechamiento cinegético de los montes de utilidad pública números Z-293 y Z-294 «La Plana» y «Almazarro», respectivamente sitos en el término municipal de La Muela…». Este anuncio, que no debería tener ninguna trascendencia «política«, tiene una dosis de «surrealismo«, puesto que la Alcaldesa de La Muela, Dª. María Soledad Aured de Torres (PP), hace unos días, delegó sus competencias en este expediente administrativo, en el Concejal de Chunta Aragonesista (CHA), Pedro Bartolomé Pérez. De hecho, así aparece en el anuncio… «La Muela, a 27 de noviembre de 2013. — Por delegación de la alcaldesa, Pedro Bartolomé Pérez«.

Los motivos de esta «decisión» tomada por Alcaldía, los desconocemos en su totalidad, pero hay que recordar, y dejar constancia –para que cada cual, saque sus propias conclusiones…-, que en 2012, en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ), de fecha de 16 de junio de 2012 (DESCARGAR AQUÍ), es decir, hace año y medio, la Alcaldesa no tuvo ningún problema en firmar el anuncio, por el que se pretendía «municipalizar» el Coto de Caza «La Plana-Almazarro«, aprovechando la ausencia de un Concejal del Grupo Independiente, que estaba enfermo en urgencia, y que no pudo asistir a la sesión plenaria de fecha de 31 de mayo de 2012. Hecho, que le costó a la Alcaldesa, ser REPROBADA en el siguiente Pleno, aparte de que se revocara dicho acuerdo plenario aprovechando la ausencia de este edil…

Surrealismo del Gobierno Municipal del PP en el Ayuntamiento de La Muela…

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«LA ALCALDESA DE LA MUELA, ANTE EL JUEZ POR POSIBLE PREVARICACIÓN». HERALDO DE ARAGÓN (29.11.13)

Heraldo de Aragón. 29.11.13

PINCHA EN LA IMAGEN PARA VER EL ARTÍCULO EN TAMAÑO REAL (HERALDO DE ARAGÓN, 29.11.13. ARTÍCULO COORDINADO POR JUAN ORTEGA CASAS). CAZA EN ARAGÓN (DESCÁRGATE AQUÍ LA NOTICIA EN FORMATO PDF).

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«LA OPOSICIÓN DE LA MUELA FUERZA LA LICITACIÓN DEL COTO DE CAZA». HERALDO DE ARAGÓN (15.11.13)

Heraldo de Aragón. 15.11.13Como dijimos ayer, en la Crónica del Pleno Ordinario del Ayuntamiento de La Muela (14.11.13):

«…También, en Mociones, Ruegos y Preguntas, ha salido APROBADA una MOCIÓN DE URGENCIA (DESCARGAR), presentada por los Portavoces de los Grupos Políticos de la Oposición (Independiente, CHA, CDL y PSOE), “Para aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro”, Propuesta de Resolución que ha sufrido el VETO de la Alcaldesa (PP), en los Plenos de 11 de abril de 2013, de 25 de julio de 2013, de 10 de octubre de 2013, y en la sesión plenaria de hoy, al no incluirse en el Orden del Día, a pesar de que el Secretario, en su Informe 30/2013, de fecha de 14 de marzo, lo hizo favorablemente:

SEXTO. A la vista del periodo de contratación -5 años- el órgano competente será el Pleno del Ayuntamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 m) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de administración Local de Aragón… B.- Sobre el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro”.-… De la lectura del Pliego no se aprecia aspecto alguno que contradiga el presente informe por lo que se informa favorablemente el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro…”.

Con la aprobación de esta Moción de Urgencia, y si se cumple este ACUERDO PLENARIO, aprobado por la Mayoría Absoluta Legal de la Corporación, este Ayuntamiento cumplirá con el Plan Anual de Aprovechamientos Forestales, que remite el Servicio Provincial de Medio Ambiente, cada año, y que para los Montes de Utilidad Pública (MUPs) «La Plana», «Almazarro» y «Dehesa Boyal», requiere una ORDEN DE ENAJENACIÓN para los próximos cinco años…»

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CRÓNICA DEL PLENO ORDINARIO DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA (14.11.13)

Pleno Ayuntamiento de La Muela. 14.11.13Hoy, hemos tenido Pleno Ordinario del Ayuntamiento de La Muela, cuyo punto «caliente» dentro del Orden del Día, iba a ser el punto 10 «Ordenanza Régimen de Explotación de los Bienes de Dominio Público de Carácter Rústico (Almazarro, La Plana y Dehesa Boyal)«, es decir, «las Tierras Comunales«. Decimos que iba a ser, porque la Alcaldesa (PP) lo ha retirado del Orden del Día, sin dar explicación alguna, ni a los Grupos Políticos de la Oposición, ni a las más de 40 personas que han asistido a esta sesión plenaria, aunque podamos intuir cuál puede ser…

De esta manera, en 20 minutos hemos llegado a las Propuestas de los Grupos Municipales, y con los votos favorables del Grupo Popular (PP), CDL y PSOE, ha salido adelante una Propuesta de Resolución presentada por el Grupo Municipal de CHA «para fomentar la transparencia y la participación en el Debate del Presupuesto del Ejercicio 2014«. De hecho, se ha conseguido que:

«El Pleno del Ayuntamiento de La Muela ACUERDE

1. Anunciar mediante BANDO Municipal y en la Página Web Municipal, la convocatoria a la sesión plenaria, en la que tenga lugar la Aprobación Inicial del Presupuesto para el Ejercicio 2014. 

2. Publicar en la Página Web Municipal el extracto del Acta del Pleno correspondiente al punto de la Aprobación Inicial del Presupuesto, para que las vecinas y los vecinos del Pueblo, que no hayan podido asistir a la sesión plenaria, conozcan de primera mano, el debate que se produce en el mismo. 

3. Publicar en la Página Web Municipal el Presupuesto Aprobado de manera inicial, para facilitar su acceso, a las personas que quieran realizar alegaciones y reclamaciones. 

4. Publicar el Presupuesto Definitivamente Aprobado en la Página Web Municipal, con el objetivo de fomentar la transparencia de las cuentas municipales. 

5. Publicar en la Página Web Municipal, todas las modificaciones presupuestarias que se hagan al Presupuesto durante el año 2014″.

También, en Mociones, Ruegos y Preguntas, ha salido APROBADA una MOCIÓN DE URGENCIA, presentada por los Portavoces de los Grupos Políticos de la Oposición (Independiente, CHA, CDL y PSOE), “Para aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro”, Propuesta de Resolución que ha sufrido el VETO de la Alcaldesa (PP), en los Plenos de 11 de abril de 2013, de 25 de julio de 2013, de 10 de octubre de 2013, y en la sesión plenaria de hoy, al no incluirse en el Orden del Día, a pesar de que el Secretario, en su Informe 30/2013, de fecha de 14 de marzo, lo hizo favorablemente:

SEXTO. A la vista del periodo de contratación -5 años- el órgano competente será el Pleno del Ayuntamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 m) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de administración Local de Aragón… B.- Sobre el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro”.-… De la lectura del Pliego no se aprecia aspecto alguno que contradiga el presente informe por lo que se informa favorablemente el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro…”.

Con la aprobación de esta Moción de Urgencia, y si se cumple este ACUERDO PLENARIO, aprobado por la Mayoría Absoluta Legal de la Corporación, este Ayuntamiento cumplirá con el Plan Anual de Aprovechamientos Forestales, que remite el Servicio Provincial de Medio Ambiente, cada año, y que para los Montes de Utilidad Pública (MUPs) «La Plana«, «Almazarro» y «Dehesa Boyal«, requiere una ORDEN DE ENAJENACIÓN para los próximos cinco años.

Para terminar, en las Preguntas, a las realizadas por este Grupo Municipal, presentadas por escrito, con fecha de 29 de octubre de 2013 en el Registro Municipal, una vez más, y van unas cuantas, no se nos ha contestado a una de las cuestiones que debería preocupar más a este Gobierno Municipal del PP –en lugar de las Tierras y la Caza…-, que es: ¿Qué deuda tiene el Ayuntamiento de La Muela, a fecha de hoy?

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