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CHARREMOS DE LA MUELA
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HOY HACE UN AÑO DE LA VICTORIA DE NUESTRO #PUEBLO, #LAMUELA, Y LA DERROTA DE LA MOCIÓN DE CENSURA Y EL #GOLPEENLAMUELA
Posted in Agricultura, Agua, Aragón, Baldexalón, Chunta Aragonesista, Cultura, Deporte, Desarrollo Rural, Desarrollo Sostenible, Dignidad, Economía, Educación, Empleo, Feminismo, Fiestas, Humor, Igualdad, Industria, Infraestructuras, Justicia, Juventud, L'Aragonés, La Muela, Libertad de Expresión, Medio Ambiente, Memoria Histórica, Movimientos Sociales, Nuevas Tecnologías, Ocio, Participación, Política, Presupuestos, Sanidad, Solidaridad, Transparencia, Universidad, Urbanismo, tagged #GolpeEnLaMuela, 24, 6.944.190, Año, Adrián, Alcalde, Alcaldesa, Aragón, Aragonesista, Ausencia, Baldexalón, C's, Censura, CHA, Chunta, Coherencia, De, Declaración, Declaraciones, Del, Derrota, Deuda, Dignidad, Echar, Echarme, En, Equipo, Esfuerzo, Ex, Ex Alcaldesa, Fundamento, Gimeno, Gobierno, Historia, Honradez, Intento, La, La Muela, Lamuela, Manifestación, Manifestaciones, Millones, Mismo, Moción, Motivo, Muela, Municipal, Nuestro, PAR, PP, Problema, Pueblo, Reducción, Tello, Total, Un, Valdejalón, Verdadero, Victoria, Zaragoza on enero 29, 2019| Leave a Comment »
UN AÑO DE LA MOCIÓN DE CENSURA EN NUESTRO #PUEBLO, #LAMUELA
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Hoy se cumple un año del #GolpeEnLaMuela. Sí, tal día como hoy, el año pasado, las Concejalas del PP, los/as Concejales/as del PAR, y el Concejal expulsado de C’S, me presentaron una Moción de Censura con la única finalidad de echarme del Ayuntamiento, treinta meses después de haber sido elegido Alcalde, y con una pregunta que todavía queda en el aire, ¿Cuál era el verdadero motivo para apartarme a mí y a Chunta Aragonesista (CHA) de la Casa Consistorial?
Nadie lo sabe (o casi nadie). Porque evidentemente es muy difícil entender que, en los días anteriores a mi elección como Alcalde, la Ex Alcaldesa y actual Portavoz del PP, en El Periódico de Aragón (29.05.15) y en Heraldo de Aragón (04.06.15), afirmó ‘Detrás del PAR está Mariví Pinilla y su familia, es la candidatura que representa al equipo de gobierno que llevó a La Muela a la ruina’, y ‘Para mí la candidatura del PAR es la del ‘marivismo’ y por eso desde el primer momento he dicho que no quiero saber nada de ellos’, y, en enero de 2018 firmó una Moción de Censura para que el Portavoz del PAR fuera el ‘nuevo’ Alcalde.
Eso sí, aunque ninguno/a de los/as firmantes jamás contestará a la pregunta, y menos, después del estrepitoso fracaso que fue, con cientos de vecinas y de vecinos en la calle, hasta que lograron echar a los/as Concejales/as del PAR…, me puedo llegar a imaginar su fundamento (o la total ausencia del mismo).
Volviendo a la hemeroteca, en los días previos a mi investidura como Alcalde, la Ex Alcaldesa y actual Portavoz del PP, siguió diciendo en El Periódico de Aragón (29.05.15), ‘Tenemos una deuda de 24 millones, con lo cual no se puede acometer ningún proyecto’, y hoy, tenemos una deuda de 6.944.190,30 €, y se ha visto, como se han podido acometer proyectos, y en estos momentos se siguen acometiendo (y cada vez más), para mejorar la vida de las vecinas y los vecinos, que al final es de lo que se trata.
Y ahí creo que estaba el ‘problema’, ver que lo que no has sido capaz de hacer, que es sacar nuestro PUEBLO adelante, se está consiguiendo (con mucho esfuerzo). Por eso también, la mayor manifestación de la historia de LA MUELA se hizo contra la Moción de Censura y el #GolpeEnLaMuela. Porque no queremos volver al oscuro pasado…
ADRIÁN TELLO GIMENO, Alcalde del Ayuntamiento de La Muela
PROGRAMA ELECTORAL DEL PARTIDO POPULAR (PP) EN LA COMUNIDAD VALENCIANA, PARA LAS ELECCIONES AUTÓNOMICAS DEL PRÓXIMO 24 DE MAYO DE 2015. SIN COMENTARIOS…
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«LA BAJADA DEL IBI SE DESCARTA DEFINITIVAMENTE» (HERALDO DE ARAGÓN 28.11.14). PARTE SEGUNDA DE LA CRÓNICA DEL PLENO ORDINARIO DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2014
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En el Pleno de ayer, el Grupo Municipal de CHA, ante el «Informe de Intervención 118/2014«, realizamos la siguiente MANIFESTACIÓN:
Que la imposibilidad existente para modificar la citada ordenanza fiscal, en el sentido de «Que se modifique el Artículo 14 de la Ordenanza Fiscal Nº 5, reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, con el objetivo de reducir en un 11% el Tipo de Gravamen aplicables a los bienes inmuebles de naturaleza urbana, rústica y de características especiales, para amortiguar la subida del 11%, derivada de la ‘Orden HAP/1750/2014, de 29 de septiembre, por lo que se establece la relación de municipios a los que resultarán de aplicación los coeficientes de actualización de los valores catastrales que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015’, entre los que se encuentra el PUEBLO de La Muela«, es consecuencia directa del acuerdo que adoptó el PLENO de la Corporación (Votos favorables del Gobierno Municipal del PP, abstenciones de CDL y PSOE, y voto en contra del Grupo Municipal de CHA y Concejales no adscritos), con fecha de 10 de junio de 2014, de manera extraordinaria y urgente, para aumentar período de amortización de 10 a 20 años y el plazo de carencia de 2 a 4 años, del pago del préstamo del Plan de Pago a Proveedores (4.614.736 € al 5,939 % de interés), cuyas medidas para acogerse a este aumento hacen que «…Sólo podrán aprobar medidas que determinen un incremento del importe global de las cuotas de cada tributo…«, por lo que esta decisión tomada de manera urgente, va a tener consecuencias directas para todas las vecinas y los vecinos de La Muela hasta el 2032, que van a ver incrementados sus impuestos de manera continuada y reiterada, por lo que no es de recibo que el Gobierno Municipal del PP diga que no tiene responsabilidad alguna en que el IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES (IBI), vaya a subir un 11% en el PUEBLO el año que viene.
FOTOS DE LA INTERCOMARCAL DE CHUNTA ARAGONESISTA (CHA) EN LA MUELA
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LA REPÚBLICA LLEGA A LA MUELA…
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Si en la mañana de ayer, en la Intercomarcal (Comisión de Coordinación de las Comarcas de Zaragoza) de Chunta Aragonesista (CHA) celebrada en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de La Muela, el Presidente Nazional de CHA, José Luis Soro Domingo, apostaba por la REPÚBLICA, y la realización de un REFERÉNDUM para que la ciudadanía elija entre Monarquía o República…
Ayer por la tarde, la REPÚBLICA llegó a LA MUELA…
GOYOSAS FIESTAS A TOZ Y A TODAS!!!
ENTALTO LA MUELA!!!
«LA SOCIEDAD DE CAZADORES, TITULAR DE NUEVO DE LOS DERECHOS CINEGÉTICOS». EL PERIÓDICO DE ARAGÓN (07.03.14)
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INTERVENCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE CHA EN EL PLENO ORDINARIO DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA (27.02.14)
«PUNTO 6. ADJUDICACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DERECHOS CINEGÉTICOS MUP LA PLANA Y ALMAZARRO»
Este Grupo Municipal, coherentemente y consecuentemente, va a votar A FAVOR de la Propuesta de Resolución presentada por el Concejal Delegado, D. Pedro Bartolomé Pérez.
Pero estos Concejales, hoy, que se supone que por fin termina este expediente…, no podemos pasar por alto, la utilización política y partidista, de la Página Web Municipal, por parte de la Alcaldesa, Doña María Soledad Aured de Torres, a raíz de la «Carta sobre los Derechos Cinegéticos«, publicada con fecha de 11 de febrero de 2014, y sobre la que queremos realizar las siguientes MANIFESTACIONES:
EN PRIMER LUGAR, y empezando por el final, para terminar por el principio, la Alcaldesa afirma «Hay que dejar claro que este equipo de gobierno no ha tenido nada que ver con la adjudicación de los derechos cinegéticos a la sociedad de cazadores…«.
Pues bien, esta afirmación «choca» con el «Acta de Apertura de Proposiciones Económicas y Propuesta de Adjudicación de la Enajenación del Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública números Z-293 y Z-294 «La Plana» y «Almazarro«, sitos en el Término Municipal de La Muela», en la que estando presente como Vocal el Concejal de Medio Ambiente, Agricultura, Ganadería y Montes, miembro del Equipo de Gobierno del PP en el Ayuntamiento de La Muela, en la mencionada ACTA se dice literalmente: «En consecuencia la Mesa acuerda proponer al Órgano de Contratación para que proceda, en su caso, a la adjudicación del contrato a la Sociedad de Cazadores de La Muela. El Presidente invita a los componentes de la Mesa por si algo tuvieran que manifestar y no tomando la palabra ninguno de ellos, da por terminada la sesión siendo las quince horas del día de la fecha«.
EN SEGUNDO LUGAR, la Alcaldesa dice en la Carta que «En todos estos procesos, Mª Soledad Aured de Torres se ha retirado por tener intereses personales. Entendiendo que todos aquellos concejales cazadores o con familiares hasta 2º grado deben abstenerse en dichas votaciones«.
A este respecto, solamente leyendo la «Carta sobre los Derechos Cinegéticos«, que firma la propia Alcaldesa, hay hasta TRES PLENOS en los que ha votado la Alcaldesa, UN DECRETO firmado por la Alcaldesa, UNA PETICIÓN de Informe a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, firmada por la Alcaldesa, y UNA CARTA al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, también firmada por la Alcaldesa. Y sin ningún rubor, la Alcaldesa sigue aseverando que no ha participado en este expediente…
EN TERCER LUGAR, la Alcaldesa dice «Estos pliegos habían sido informados desfavorablemente por el letrado D. Ignacio Sainz Sordo…«.
Decir a este respecto, que en este expediente existen dos informes del Letrado Urbanista Externo del Ayuntamiento de La Muela, uno, que es el que menciona la Alcaldesa en su escrito, y que dice, justo lo que quiere oír la Alcaldía en este momento, que los pliegos y que todo el proceso estaba mal; y otro, firmado junto al Secretario, con fecha de 26 de mayo de 2011, que ante el Recurso de Reposición, que presentó el Letrado (…) –el mismo letrado que casualmente ha presentado un parecidísimo recurso en recientes fechas…-, decía justamente todo lo contrario, a lo que decía en noviembre del año pasado, que todo estaba muy bien, y que había que desestimar dicho recurso, que entonces era exactamente lo que quería escuchar la anterior Alcaldesa.
Y ante este semejante, y diríamos que «sorprendente» cambio de criterio, este Letrado no explica el por qué, hecho que se debe realizar, cuando un jurista cambia de opinión…Eso sí, lo que no sabemos, o desconocemos, es que cuando la Letrada Externa del Ayuntamiento (…), suscribe el Informe de este Letrado, se suma a los argumentos del primero o del segundo…
Porque aquí, el único Técnico que no ha cambiado de opinión, ha sido el Secretario, en cuyo Informe 30/2013, de fecha de 14 de marzo, dijo: “…B.- Sobre el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro”.-… De la lectura del Pliego no se aprecia aspecto alguno que contradiga el presente informe por lo que se informa favorablemente el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro…”. (Manteniendo el mismo criterio jurídico que en mayo de 2011).
EN CUARTO LUGAR, la Alcaldesa omite en su «Carta«, omite todos los Pliegos con «Criterios de Adjudicación» similares a los del Ayuntamiento de La Muela, que han sido tenidos en cuenta en este expediente, como el del Ayuntamiento de Zaragoza (Zaragoza), el Ayuntamiento de El Frasno (Comunidad de Calatayud), el Ayuntamiento de Jarque de Moncayo (El Aranda), el Ayuntamiento de Sena (Los Monegros), el Ayuntamiento de Zuera (Zaragoza), el Ayuntamiento de Sástago (Ribera Baja del Ebro), o el Ayuntamiento de Tarazona (Tarazona y El Moncayo), destacando por ejemplo el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares para la Adjudicación de la Cesión de Uso de Parcelas Rústicas Patrimoniales para su Aprovechamiento Cinegético, del Ayuntamiento de Zaragoza, de fecha de 27 de junio de 2006, siendo justificado el procedimiento por La Jefe de la Unidad de Inventario y Patrimonio Rústico de este Ayuntamiento, ante el Pliego de Condiciones Técnicas, elaborado por la Unidad de Montes y Áreas Naturales del propio Ayuntamiento.
Pero ya puestos a mencionar, vamos a tener en cuenta también los Pliegos de Condiciones aprobados en esta Legislatura, por la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos del Principado de Asturias, para los Cotos Regionales números 126 hasta el 151, y del 153 hasta el 170, es decir 44 Aprovechamientos Cinegéticos, cuyos «Criterios de Adjudicación» son muy similares, por no decir en algunos casos, iguales a los de este Consistorio.
Y sobre la superficie, y la «supuesta» usurpación de parcelas particulares…, léanse el Plan Anual de Aprovechamientos (PAA) para el ejercicio 2013 y 2014, que dice «En aplicación del Plan Anual de Aprovechamientos Forestales de la provincia de Zaragoza para el ejercicio 2013 de AYTO DE MUELA, LA, deberá proceder a la enajenación del aprovechamiento que a continuación se detalla, de acuerdo lo previsto en la legislación forestal y de régimen local… La Plana, 4.781 has, ENAJENAR… Almazarro, 2.796 has, ENAJENAR…«, las mismas hectáreas que dice el Pliego… Pero curiosamente la Alcaldesa, no dice nada del Plan Anual de Aprovechamientos Forestales de 2013 y 2014, remitidos por el Servicio Provincial del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón.
Y EN QUINTO LUGAR Y PARA FINALIZAR, por no extendernos más, estos Concejales queremos hacer constar en este PLENO, cuál ha sido y es, a nuestro juicio, el mayor de los «sinsentidos» de este expediente…
El mayor de los «sinsentidos» es que la Alcaldesa, y por ende el Equipo de Gobierno, en todos estos meses, desde la Comisión Asesora de fecha de 8 de abril de 2013, hasta finales de enero de este año, han esgrimido y defendido, para no llevar a PLENO la PROPUESTA presentada por los Grupos Políticos de la Oposición, con fecha de 21 de enero de 2013, que en base a la Ley de Contratos del Sector Público, la competencia era de Alcaldía y no del Pleno, y que solamente había que aplicar esta Ley, sin tener en cuenta, la Ley 7/1999, de Administración Local de Aragón (Aunque el Informe 14/2013, de 26 de junio, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, dijera que la competencia es del PLENO).
Este extremo llega a tal punto, que en la sesión plenaria ordinaria de fecha de 25 de julio de 2013, a una interpelación realizada por este Grupo Municipal, la Alcaldesa dijo: «…Marisol. Clara la tendrás tú. Ese informe no dice que es competencia del pleno, voy a pedir la inconstitucionalidad de la Ley porque entendemos que no es competencia del pleno y vamos a ir al Juzgado y como no estamos de acuerdo, que lo decida el Juzgado. Si el Juzgado dice que la competencia es pleno será competencia del pleno…«.
Pues bien, si se sigue un argumento, se sigue hasta el final con él, coherentemente y consecuentemente, pero lo que no puede ser, lo que no tiene sentido alguno, es que después de decir hasta la saciedad esta Alcaldesa y este Equipo de Gobierno, que la competencia era suya, es decir, de Alcaldía, en base a la Ley de Contratos del Sector Público, en el Pleno de fecha de 27 de enero de 2014, ante un RECURSO DE REPOSICIÓN, que presenta el mismo Letrado que ya lo presentó en 2011, va el Equipo de Gobierno, y dice que estima y vota a favor de este recurso, cuando el mencionado recurso está argumentado en que no hay que aplicar la Ley de Contratos del Sector Público, y que aplicar la Legislación Patrimonial…
Y este Gobierno Municipal del PP en La Muela, después de que durante diez meses, hayan gritado a los cuatro vientos, que este asunto no tenía que ir a Pleno, que era de Alcaldía, en base a la Ley de Contratos del Sector Público, ahora dicen que no, que no se tiene que aplicar, que solamente la Legislación Patrimonial, y se quedan tan anchos…
En fin, ustedes mismos verán cómo actúan…
«LA ALCALDESA DE LA MUELA DECLARA EL JUEVES COMO IMPUTADA POR UN PRESUNTO DELITO DE PREVARICACIÓN». HERALDO DE ARAGÓN (28.01.14)
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EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA DESESTIMA EL RECURSO DE REPOSICIÓN PRESENTADO AL ACUERDO PLENARIO DE FECHA DE 14 DE NOVIEMBRE DE 2013, SOBRE LA APROBACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EL APROVECHAMIENTO CINEGÉTICO DE LOS MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA (MUPs) «LA PLANA» Y «ALMAZARRO»
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Hoy, en sesión plenaria extraordinaria, con 7 votos a favor (Grupo Independiente, CHA, CDL y PSOE) y 5 votos en contra (Grupo PP -la Alcaldesa se ha ausentado porque ha dicho que tiene intereses particulares en el asunto…), se ha acordado DESESTIMAR el Recurso de Reposición presentado por unas personas que no se han identificado en el escrito registrado en la casa consistorial, sobre la Aprobación del Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que han de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUPs) «La Plana» y «Almazarro«. Dicha DESESTIMACIÓN se ha basado en la siguiente exposición de motivos:
EXPOSICIÓN
Visto el RECURSO DE REPOSICIÓN presentado al Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre, sobre la Aprobación del Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que han de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública «La Plana» y «Almazarro«, registrado en este Ayuntamiento, con fecha de 7 de enero de 2014.
Visto que este RECURSO DE REPOSICIÓN habla de que existe «Nulidad de pleno derecho del acuerdo plenario de 14-11-2013, por el que se efectúa la convocatoria para la adjudicación de la enajenación del aprovechamiento cinegético de los MUP Z-293 y Z-294, y se aprueba el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas para proceder a la adjudicación«, basándose en la «Inclusión en el pliego de terrenos de propiedad privada sobre que el Ayuntamiento de La Muela no ostenta los derechos cinegéticos«, afirmando «Por tanto, el Ayuntamiento de La Muela, en el Pliego de Condiciones aprobado, se atribuye de forma expresa e indebidamente la cualidad de propietario de las fincas de los particulares en una superficie de 3.094 has, así como dispone de la plena titularidad de los derechos cinegéticos sobre dichos terrenos privados, sobre los que descansa o proyecta la autorización exclusiva del aprovechamiento cinegético de los terrenos cuya adjudicación pretende de forma ilegal el Ayuntamiento de La Muela. Al no haber otorgado los comparecientes cesión alguna de sus derechos al Ayuntamiento de La Muela, éste nunca puede ceder unos derechos de los que no dispone, y por tanto, bajo ningún concepto puede el Ayuntamiento ostentar en el Pliego de Condiciones derechos que no le han sido transmitido, y menos adjudicados por precios a terceros…«.
Visto que el Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, «Para Aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro«, dice: «Es objeto del presente contrato el aprovechamiento cinegético de terrenos municipales según plano y que comprende: El objeto del presente Pliego de condiciones es regular la forma de adjudicación y definir las bases de gestión del aprovechamiento cinegético de las 7.577 hectáreas de los Montes de Utilidad Pública (MUP) «La Plana» y «Almazarro», de acuerdo con la autorización del Servicio Provincial de Medio Ambiente en el Plan de Aprovechamientos del año 2013. Nº MUP 293. La Plana. Superficie. 4.781 has; Nº MUP 294. Almazarro. Superficie. 2.796 has«.
Visto que con fecha de 2 de octubre de 2012, el Director del Servicio Provincial de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, comunicó al Ayuntamiento de La Muela, la apertura de TRÁMITE DE AUDIENCIA hasta el 31 de octubre de 2012, para que se pudieran presentar propuestas de modificación al Borrador del Plan Anual de Aprovechamientos Forestales, en el que para los aprovechamientos cinegéticos de los MUPs “La Plana (4.781 has)«, “Almazarro (2.796 has)” y “Dehesa Boyal (880,68 has)”, se proponía su enajenación.
Visto que con fecha de 21 de diciembre de 2012, el Director del Servicio Provincial de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, envío la Remisión del Plan Anual de Aprovechamientos (PAA) para el ejercicio 2013 («… Dicho Plan recoge para los montes de su titularidad, la relación de aprovechamientos a realizar en dichos montes…»), con ORDEN DE ENAJENACIÓN para los próximos cinco años, entre otros, de los aprovechamientos cinegéticos de los MUPs “La Plana (4.781 has)«, “Almazarro (2.796 has)” y “Dehesa Boyal (880,68 has)”.
Y visto que según el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA), Gobierno de Aragón, en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública (MUPs), la superficie de los MUPs «La Plana» y «Almazarro«, es la misma que remite el Servicio Provincial de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón en el Plan Anual de Aprovechamientos (PAA) para el ejercicio 2013, es la misma que remite el Servicio Provincial de Medio Ambiente en el Plan Anual de Aprovechamientos (PAA) para el ejercicio 2014 -remitido hace escasas fechas al Ayuntamiento de La Muela-, y es la misma que se ha incluido en el Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, «Para Aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro«, se DESESTIMA la causa de «Nulidad de pleno derecho del acuerdo plenario de 14-11-2013, por el que se efectúa la convocatoria para la adjudicación de la enajenación del aprovechamiento cinegético de los MUP Z-293 y Z-294, y se aprueba el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas para proceder a la adjudicación», basándose en la «Inclusión en el pliego de terrenos de propiedad privada sobre que el Ayuntamiento de La Muela no ostenta los derechos cinegéticos«.
Visto que este RECURSO DE REPOSICIÓN habla de que existe «Nulidad de pleno derecho del acuerdo plenario de 14-11-2013, por el que se efectúa la convocatoria para la adjudicación de la enajenación del aprovechamiento cinegético de los MUP Z-293 y Z-294, y se aprueba el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas para proceder a la adjudicación«, basándose en la «Nulidad del Pliego al ser sometido al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público«, «A juicio de los comparecientes, este tipo de contratos queda excluido de la RDL 3/2011, conforme a criterios jurisprudenciales mantenido, toda vez que se trata de un contrato cuyo ámbito se define en el art. 4, p) y que quedan especialmente excluidos de dicha Norma: «Contratos de arrendamiento y demás negocios jurídicos análogos sobre bienes inmuebles, valores negociables y propiedades incorporales, a no ser que recaigan sobre programas de ordenador y deban ser calificados como contratos de suministro o servicios, que tendrán siempre el carácter de privados y se regirán por la legislación patrimonial«.
Visto que el Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, “Para Aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro”, está informada por Secretaría, en el Informe 30/2013, de fecha de 14 de marzo, en el que dice: “…QUINTO. De conformidad con el artículo 4.1. p) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 4 de noviembre, de Contratos del Sector Público, están excluidos del ámbito de aplicación de la misma, los contratos de compraventa, donación, permuta, arrendamientos y demás negocios jurídicos análogos sobre bienes inmuebles, que tendrán siempre el carácter de contratos privados y se regirán por la legislación patrimonial. Así, según el artículo 20.2 del mismo cuerpo legal, y en relación al artículo 4.1. p) del citado texto, la legislación patrimonial a la que debemos remitirnos será al Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, que señala en su artículo 112 que las enajenaciones de bienes patrimoniales se regirán en cuanto a su preparación y adjudicación por la normativa /reguladora de la Contratación de las Corporaciones Locales. Asimismo, debemos tener en cuenta el artículo 78 de la Ley de Montes de Aragón que indica que las condiciones técnico-facultativas que han de regir la adjudicación y explotación de los aprovechamientos en los montes catalogados, y se ajustarán en lo económico a la legislación en materia de patrimonio y de contratación administrativa que resulte en cada caso de aplicación. SEXTO. A la vista del periodo de contratación -5 años- el órgano competente será el Pleno del Ayuntamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 m) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de administración Local de Aragón…«.
Visto que el Secretario del Ayuntamiento de La Muela, realiza una Consulta «a una empresa que trabaja para los Ayuntamientos, y que cuenta con un equipo de juristas para dar respuesta a las cuestiones que les planteamos…«, con fecha de 8 de abril de 2013, y la respuesta a la referida consulta, alude al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).
Visto que el Informe 14/2013, de 26 de junio, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, hace referencia al «Análisis de la competencia a la vista de la diferente regulación, de la atribución competencial, contenida en la DA 2ª TRLCSP y el Artículo 30.1 m) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón«.
Y visto que tanto el Informe de Secretaría 30/2013, de fecha de 14 de marzo, la Respuesta a la Consulta realizada por Secretaría, con fecha de 8 de abril de 2013, así como el Informe 14/2013, de 26 de junio, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, hacen referencia al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), se DESESTIMA la causa de «Nulidad del Pliego al ser sometido al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público«.
Visto que este RECURSO DE REPOSICIÓN habla de que existe «Nulidad de pleno derecho del acuerdo plenario de 14-11-2013, por el que se efectúa la convocatoria para la adjudicación de la enajenación del aprovechamiento cinegético de los MUP Z-293 y Z-294, y se aprueba el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas para proceder a la adjudicación«, basándose en la «Vulneración de los principios de concurrencia y objetividad en la adquisición de los bienes municipales«.
Visto que el Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, “Para Aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro”, está informada por Secretaría, en el Informe 30/2013, de fecha de 14 de marzo, en el que dice: “…B.- Sobre el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro”.-… De la lectura del Pliego no se aprecia aspecto alguno que contradiga el presente informe por lo que se informa favorablemente el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro…”.
Visto el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares para la Adjudicación de la Cesión de Uso de Parcelas Rústicas Patrimoniales para su Aprovechamiento Cinegético, del Ayuntamiento de Zaragoza, de fecha de 27 de junio de 2006, siendo justificado el procedimiento por La Jefe de la Unidad de Inventario y Patrimonio Rústico de este Ayuntamiento, ante el Pliego de Condiciones Técnicas, elaborado por la Unidad de Montes y Áreas Naturales del propio Ayuntamiento, que entre sus criterios de selección, recogen los siguientes: “Domicilio Social de la Sociedad, Número de Socios/as y domicilio…” (24,10% de la Valoración); “Manifestación afirmativa o negativa de disponibilidad y/o gestión de otros terrenos cinegéticos” (12,05% de la Valoración); “Propuestas de Mejora…” (12,05% de la Valoración); “Experiencia en la Gestión Cinegética que se pueda demostrar” (6,02% de la Valoración); y “Oferta Económica” (12,05% de la Valoración).
Visto el Pliego de Cláusulas Administrativas del Concurso para la Adjudicación, mediante Procedimiento Abierto y tramitación urgente, del contrato de arrendamiento del Coto de Caza Municipal 2007/2013, del Ayuntamiento de El Frasno (Comunidad de Calatayud), con fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ), de 16 de julio de 2007, que entre sus criterios de valoración, recogen los siguientes: “Asociaciones Deportivas / Cinegéticas Municipales” (41,66% de la Valoración); “Criterio Económico” (16,66% de la Valoración), “Mejoras de Carácter Social…” (25% de la Valoración); y “Mejoras en los Montes…” (16,66% de la Valoración).
Visto el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas, que ha de regir el Concurso convocado en Procedimiento Abierto y tramitación urgente, para adjudicar el arrendamiento a Sociedad de Cazadores/as del Aprovechamiento de Caza de diversos Montes de Propiedad Municipal, incluidos en el Catálogo de Utilidad Pública, del Ayuntamiento de Jarque de Moncayo (El Aranda), con fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ), de 8 de septiembre de 2007, que entre sus criterios de valoración, recogen los siguientes: “Por cada socio de la sociedad licitante empadronado en el municipio de Jarque: 5 puntos”; “Por cada socio de la sociedad licitante que no esté empadronado, pero que guarde una relación directa con el municipio de Jarque, bien porque su cónyuge no separado, sus padres o sus abuelos hayan sido vecinos de Jarque: 2 puntos”; “Por cada entero del cociente entre la propuesta económica y el precio de tasación: 5 puntos”; “Por cada hectárea del término municipal de Jarque aportada por encima del mínimo necesario para la constitución de un Coto de Caza, en cada uno de los casos de los Montes que se licitan: 0,1 puntos”. Además, se exige “Acreditación de la titularidad de los derechos de caza de al menos 197 hectáreas adicionales colindantes con el Monte Z0069, necesarios para constituir un Coto de Caza Menor”.
Visto el Pliego de Condiciones Técnicas para la Cesión del Uso del Aprovechamiento Cinegético de los Montes Patrimoniales del Ayuntamiento de Zaragoza, con fecha de 19 de abril de 2011, que entre sus criterios de valoración, recogen los siguientes: “Domicilio Social de la Sociedad, Número de Socios/as y domicilio…” (33% de la Valoración); “Manifestación afirmativa o negativa de disponibilidad y/o gestión de otros terrenos cinegéticos” (11,11% de la Valoración); “Propuestas de Mejora…” (11,11% de la Valoración); “Experiencia en la Gestión Cinegética que se pueda demostrar” (11,11% de la Valoración); y “Oferta Económica” (22,22% de la Valoración).
Visto el Anuncio relativo, a la Contratación del Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública y Patrimonial de libre disposición del Ayuntamiento de Zuera (Zaragoza), publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ), con fecha de 21 de septiembre de 2012, que entre sus criterios de adjudicación, recogen los siguientes: “Domicilio Social y Número de Socios/as” (40% de la Valoración); y “Oferta Económica” (40% de la Valoración).
Vista la Convocatoria de Licitación para la Adjudicación de la Concesión del Aprovechamiento Cinegético del Monte de Utilidad Pública, nº HU-336, del Ayuntamiento de Sena (Los Monegros), publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca (BOPH), con fecha de 1 de marzo de 2013, que entre sus criterios de puntuación, recogen los siguientes: “Precio de Licitación” (40% de la Valoración); “Plan de Trabajo, Mantenimiento y Mejoras del Monte…” (60% de la Valoración); y “En caso de empate se adjudicará el aprovechamiento a la Sociedad que tenga como socios/as un mayor número de cazadores/as locales”.
Visto el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la Adjudicación de la Cesión de la Gestión de los Cotos Municipales Z-10097-D; Z-10179-D; Z-10139-D; Z-10146-D, para su Aprovechamiento Cinegético, por procedimiento abierto, del Ayuntamiento de Sástago (Ribera Baja del Ebro), con fecha de 22 de abril de 2013, que entre sus criterios de adjudicación, recogen los siguientes: “Domicilio Social de la Sociedad, Número de Socios/as y domicilio…” (50% de la Valoración); “Manifestación afirmativa o negativa de disponibilidad y/o gestión de otros terrenos cinegéticos” (10% de la Valoración); y “Oferta Económica” (40% de la Valoración).
Visto el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la Contratación por Procedimiento Abierto…, de la Enajenación del Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública Núm. 250 El Cierzo, y Núm. 303 Valcardera y diversos Montes Municipales Patrimoniales, del Ayuntamiento de Tarazona, con fecha de 25 de junio de 2013, que tiene como criterio para determinar la Solvencia Técnica la “Presentación de documentos que acrediten la titularidad de aprovechamientos cinegéticos en cotos deportivos de caza, de titularidad pública o privada en los últimos tres años”.
Y visto que el Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, “Para Aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro”, está informado favorablemente por Secretaría, en el Informe 30/2013, de fecha de 14 de marzo, da cumplimiento al acuerdo plenario de fecha de 28 de junio de 2012 “Moción de Urgencia presentada por los Portavoces de los Grupos Municipales Independiente, CHA, CDL y PSOE sobre el Coto de Caza La Plana/Almazarro”, en el que en su parte tercera decía: “Iniciar el expediente de licitación del Coto La Plana / Almazarro” (En referencia a los derechos cinegéticos de estos MUPs); e incluye dentro de los “Criterios de Adjudicación”, los mismos criterios de valoración que han recogido los PLIEGOS de otras Corporaciones Locales, como el Ayuntamiento de Zaragoza (Zaragoza), el Ayuntamiento de El Frasno (Comunidad de Calatayud), el Ayuntamiento de Jarque de Moncayo (El Aranda), el Ayuntamiento de Sena (Los Monegros), el Ayuntamiento de Zuera (Zaragoza), el Ayuntamiento de Sástago (Ribera Baja del Ebro), o el Ayuntamiento de Tarazona (Tarazona y El Moncayo), como ha quedado perfectamente demostrado en los párrafos anteriores, se DESESTIMA la causa de nulidad basada en la «Vulneración de los principios de concurrencia y objetividad en la adquisición de los bienes municipales«.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
DESESTIMAR el Recurso de Reposición que ha sido presentado al Acuerdo Plenario de fecha de 14 de noviembre de 2013, sobre la Aprobación del Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que han de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública «La Plana» y «Almazarro«, en base a la argumentación expuesta en esta PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
EL SURREALISMO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL PP EN EL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA
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PINCHA EN LA IMAGEN PARA VER EL ARTÍCULO EN TAMAÑO REAL (HERALDO DE ARAGÓN, 29.11.13. ARTÍCULO COORDINADO POR JUAN ORTEGA CASAS). CAZA EN ARAGÓN.
Hoy, en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ), (DESCARGAR AQUÍ), sale publicado el «…anuncio de la convocatoria por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación , para la enajenación del aprovechamiento cinegético de los montes de utilidad pública números Z-293 y Z-294 «La Plana» y «Almazarro», respectivamente sitos en el término municipal de La Muela…». Este anuncio, que no debería tener ninguna trascendencia «política«, tiene una dosis de «surrealismo«, puesto que la Alcaldesa de La Muela, Dª. María Soledad Aured de Torres (PP), hace unos días, delegó sus competencias en este expediente administrativo, en el Concejal de Chunta Aragonesista (CHA), Pedro Bartolomé Pérez. De hecho, así aparece en el anuncio… «…La Muela, a 27 de noviembre de 2013. — Por delegación de la alcaldesa, Pedro Bartolomé Pérez«.
Los motivos de esta «decisión» tomada por Alcaldía, los desconocemos en su totalidad, pero hay que recordar, y dejar constancia –para que cada cual, saque sus propias conclusiones…-, que en 2012, en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ), de fecha de 16 de junio de 2012 (DESCARGAR AQUÍ), es decir, hace año y medio, la Alcaldesa no tuvo ningún problema en firmar el anuncio, por el que se pretendía «municipalizar» el Coto de Caza «La Plana-Almazarro«, aprovechando la ausencia de un Concejal del Grupo Independiente, que estaba enfermo en urgencia, y que no pudo asistir a la sesión plenaria de fecha de 31 de mayo de 2012. Hecho, que le costó a la Alcaldesa, ser REPROBADA en el siguiente Pleno, aparte de que se revocara dicho acuerdo plenario aprovechando la ausencia de este edil…
Surrealismo del Gobierno Municipal del PP en el Ayuntamiento de La Muela…
«LA ALCALDESA DE LA MUELA, ANTE EL JUEZ POR POSIBLE PREVARICACIÓN». HERALDO DE ARAGÓN (29.11.13)
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«LA OPOSICIÓN DE LA MUELA FUERZA LA LICITACIÓN DEL COTO DE CAZA». HERALDO DE ARAGÓN (15.11.13)
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Como dijimos ayer, en la Crónica del Pleno Ordinario del Ayuntamiento de La Muela (14.11.13):
«…También, en Mociones, Ruegos y Preguntas, ha salido APROBADA una MOCIÓN DE URGENCIA (DESCARGAR), presentada por los Portavoces de los Grupos Políticos de la Oposición (Independiente, CHA, CDL y PSOE), “Para aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro”, Propuesta de Resolución que ha sufrido el VETO de la Alcaldesa (PP), en los Plenos de 11 de abril de 2013, de 25 de julio de 2013, de 10 de octubre de 2013, y en la sesión plenaria de hoy, al no incluirse en el Orden del Día, a pesar de que el Secretario, en su Informe 30/2013, de fecha de 14 de marzo, lo hizo favorablemente:
“…SEXTO. A la vista del periodo de contratación -5 años- el órgano competente será el Pleno del Ayuntamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 m) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de administración Local de Aragón… B.- Sobre el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro”.-… De la lectura del Pliego no se aprecia aspecto alguno que contradiga el presente informe por lo que se informa favorablemente el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro…”.
Con la aprobación de esta Moción de Urgencia, y si se cumple este ACUERDO PLENARIO, aprobado por la Mayoría Absoluta Legal de la Corporación, este Ayuntamiento cumplirá con el Plan Anual de Aprovechamientos Forestales, que remite el Servicio Provincial de Medio Ambiente, cada año, y que para los Montes de Utilidad Pública (MUPs) «La Plana», «Almazarro» y «Dehesa Boyal», requiere una ORDEN DE ENAJENACIÓN para los próximos cinco años…»
CRÓNICA DEL PLENO ORDINARIO DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUELA (14.11.13)
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Hoy, hemos tenido Pleno Ordinario del Ayuntamiento de La Muela, cuyo punto «caliente» dentro del Orden del Día, iba a ser el punto 10 «Ordenanza Régimen de Explotación de los Bienes de Dominio Público de Carácter Rústico (Almazarro, La Plana y Dehesa Boyal)«, es decir, «las Tierras Comunales«. Decimos que iba a ser, porque la Alcaldesa (PP) lo ha retirado del Orden del Día, sin dar explicación alguna, ni a los Grupos Políticos de la Oposición, ni a las más de 40 personas que han asistido a esta sesión plenaria, aunque podamos intuir cuál puede ser…
De esta manera, en 20 minutos hemos llegado a las Propuestas de los Grupos Municipales, y con los votos favorables del Grupo Popular (PP), CDL y PSOE, ha salido adelante una Propuesta de Resolución presentada por el Grupo Municipal de CHA «para fomentar la transparencia y la participación en el Debate del Presupuesto del Ejercicio 2014«. De hecho, se ha conseguido que:
«El Pleno del Ayuntamiento de La Muela ACUERDE:
1. Anunciar mediante BANDO Municipal y en la Página Web Municipal, la convocatoria a la sesión plenaria, en la que tenga lugar la Aprobación Inicial del Presupuesto para el Ejercicio 2014.
2. Publicar en la Página Web Municipal el extracto del Acta del Pleno correspondiente al punto de la Aprobación Inicial del Presupuesto, para que las vecinas y los vecinos del Pueblo, que no hayan podido asistir a la sesión plenaria, conozcan de primera mano, el debate que se produce en el mismo.
3. Publicar en la Página Web Municipal el Presupuesto Aprobado de manera inicial, para facilitar su acceso, a las personas que quieran realizar alegaciones y reclamaciones.
4. Publicar el Presupuesto Definitivamente Aprobado en la Página Web Municipal, con el objetivo de fomentar la transparencia de las cuentas municipales.
5. Publicar en la Página Web Municipal, todas las modificaciones presupuestarias que se hagan al Presupuesto durante el año 2014″.
También, en Mociones, Ruegos y Preguntas, ha salido APROBADA una MOCIÓN DE URGENCIA, presentada por los Portavoces de los Grupos Políticos de la Oposición (Independiente, CHA, CDL y PSOE), “Para aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que ha de regir el Aprovechamiento Cinegético de los Montes de Utilidad Pública (MUP) La Plana y Almazarro”, Propuesta de Resolución que ha sufrido el VETO de la Alcaldesa (PP), en los Plenos de 11 de abril de 2013, de 25 de julio de 2013, de 10 de octubre de 2013, y en la sesión plenaria de hoy, al no incluirse en el Orden del Día, a pesar de que el Secretario, en su Informe 30/2013, de fecha de 14 de marzo, lo hizo favorablemente:
“…SEXTO. A la vista del periodo de contratación -5 años- el órgano competente será el Pleno del Ayuntamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 m) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de administración Local de Aragón… B.- Sobre el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro”.-… De la lectura del Pliego no se aprecia aspecto alguno que contradiga el presente informe por lo que se informa favorablemente el Pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que han de regir el aprovechamiento cinegético de los Montes de Utilidad Pública “La Plana” y “Almazarro…”.
Con la aprobación de esta Moción de Urgencia, y si se cumple este ACUERDO PLENARIO, aprobado por la Mayoría Absoluta Legal de la Corporación, este Ayuntamiento cumplirá con el Plan Anual de Aprovechamientos Forestales, que remite el Servicio Provincial de Medio Ambiente, cada año, y que para los Montes de Utilidad Pública (MUPs) «La Plana«, «Almazarro» y «Dehesa Boyal«, requiere una ORDEN DE ENAJENACIÓN para los próximos cinco años.
Para terminar, en las Preguntas, a las realizadas por este Grupo Municipal, presentadas por escrito, con fecha de 29 de octubre de 2013 en el Registro Municipal, una vez más, y van unas cuantas, no se nos ha contestado a una de las cuestiones que debería preocupar más a este Gobierno Municipal del PP –en lugar de las Tierras y la Caza…-, que es: ¿Qué deuda tiene el Ayuntamiento de La Muela, a fecha de hoy?
«EL BORRADOR DEL PRESUPUESTO DE LA MUELA PREVÉ REDUCIR LA CIFRA EN 1,5 MILLONES DE EUROS» Y «DE TIERRAS COMUNALES Y CAZA». HERALDO DE ARAGÓN (14.11.13)
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ACLARACIONES DE CHA LA MUELA ANTE LA CARTA REPARTIDA A L@S VECIN@S QUE POSEEN TIERRA MUNICIPAL, FIRMADA POR LA ALCALDESA DE LA MUELA
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Ante la CARTA (DESCARGAR AQUÍ) que el Ayuntamiento ha repartido a las vecinas y los vecinos del Pueblo que poseen parcelas de tierra municipal, ubicadas en los Montes de Utilidad Pública (MUPs) «La Plana«, «Almazarro» y «Dehesa Boyal«, firmada por la Alcaldesa de La Muela, María Soledad Aured de Torres (PP), con fecha de registro de salida de 24 de octubre de 2013, desde CHA La Muela queremos hacer las siguientes MANIFESTACIONES:
1. En la comunicación se dice literalmente: «…para informarle que en los últimos días el Equipo de Gobierno con la participación de parte de los Grupos de la Oposición, se sigue trabajando en la elaboración del texto definitivo de la Ordenanza…«. A los Concejales de CHA en el Ayuntamiento de La Muela ni se nos ha avisado para participar, y decir que la primera noticia que tenemos al respecto, es la mencionada CARTA que se ha enviado a las vecinas y los vecinos del Pueblo que poseen parcelas de tierra municipal, y que algunos/as de ellos/as han tenido la «amabilidad» de dejarnos dicha misiva.
2. Como ya hemos indicado en el punto anterior, no tenemos información alguna sobre la ORDENANZA que se pretende aprobar para regular los aprovechamientos agrícolas y ganaderos ubicados en los MUPs «La Plana«, «Almazarro» y «Dehesa Boyal«, pero nos ha sorprendido y «mucho» la siguiente afirmación: «Indicarle igualmente que, a partir de Enero de 2014 por parte del Ayuntamiento y respecto a aquellas parcelas que no recibieran canon, se efectuarán los trámites oportunos para solicitar la PAC a favor del Ayuntamiento«. Dudamos y mucho que esta afirmación se pueda convertir en realidad…
Y para que las vecinas y los vecinos del Pueblo tengan más información, aquí tienen íntegra la INTERVENCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE CHA EN EL PUNTO 7 DEL PLENO ORDINARIO DE 10 DE OCTUBRE DE 2013 “INICIO DE EXPEDIENTE DE NULIDAD ACUERDO PLENARIO DE 28 DE JUNIO DE 2012 RELATIVO AL RÉGIMEN DE EXPLOTACIÓN DE LOS BIENES DE DOMINIO PÚBLICO DE CARÁCTER RÚSTICO (ALMAZARRO, LA PLANA Y DEHESA BOYAL).
(Este punto fue RECHAZADO con 7 votos en contra -Grupo Independiente, CHA, CDL y PSOE-, y 5 votos a favor -PP-).
El Grupo Municipal de CHA vamos a votar en CONTRA del “Inicio del Expediente de Nulidad Acuerdo Plenario de 28 de junio de 2012 relativo al Régimen de Explotación de los Bienes de Dominio Público de Carácter Rústico (Almazarro, La Plana y Dehesa Boyal)”, por los siguientes motivos:
En primer lugar, porque el Grupo Municipal del PP, al igual que en el punto anterior, con su propuesta, pretende que el acuerdo plenario de 28 de junio de 2012 no sea válido, y de esta manera, que el acuerdo válido sea el de 31 de mayo de 2012, en el que la Alcaldesa –ese día no existía todavía el famoso “deber de abstención”-, con su voto de calidad, y aprovechándose de la circunstancia excepcional de que el Concejal del Grupo Independiente, Lucio Vicente de la Cruz García, estaba enfermo en urgencias, consiguió –por unas semanas-, aprobar inicialmente “su” propuesta de “Proyecto de Ordenanza Fiscal Reguladora del Régimen de Explotación de los Bienes de Dominio Público de Carácter Rústico (Almazarro, La Plana y Dehesa Boyal)”.
En segundo lugar, porque el Grupo Municipal del PP, para iniciar el expediente administrativo de revisión de oficio, afirma “que los motivos que se aducen no revisten de carácter urgente”, en la Moción de Urgencia que aprobó el Pleno con fecha de 28 de junio de 2012 “sobre la Revocación del Acuerdo Plenario 5.- Proyecto de Ordenanza Fiscal Reguladora del Régimen de Explotación de los Bienes de Dominio Público de Carácter Rústico (Almazarro, La Plana y Dehesa Boyal)”, pero sin embargo, en la Propuesta de Resolución que presentan al Pleno no dan ni justificación, ni explicación alguna de dicha “carencia” o “insuficiencia” de motivos que alegan.
Con esta afirmación el Gobierno Municipal del PP pretende ocultar con este tipo de afirmaciones, la justificación de la urgencia de la moción, que realizamos los Grupos Políticos proponentes de la misma (Independiente, CHA, CDL y PSOE), para revocar el acuerdo plenario de 31 de mayo de 2012, en el que la Alcaldesa, con su voto de calidad, y aprovechándose de la circunstancia excepcional de que el Concejal del Grupo Independiente, Lucio Vicente de la Cruz García, aprobó inicialmente “su” propuesta de “Proyecto de Ordenanza Fiscal Reguladora del Régimen de Explotación de los Bienes de Dominio Público de Carácter Rústico (Almazarro, La Plana y Dehesa Boyal)”.
Desde el Grupo Municipal de CHA creemos que esta “propuesta” se basa en una reorganización de las tierras municipales -tanto en las parcelas rústicas, como de arbolado-, excluyendo de poder participar en la adjudicación de las mismas a la inmensa mayoría de personas que hasta ahora, y durante varias décadas, las habían trabajado y sacado adelante. Muchas personas que compaginan sus respectivos trabajos con su labor de agricultores, llevando sus olivos, almendros e incluso alguna parcela rústica, tendrán que dejarlas y abandornarlas, ya que para poder participar tendrán que tener unos ingresos cuatro veces inferiores al salario mínimo interprofesional del momento, es decir, cobrar en su trabajo menos de 160,35 € al mes.
También, se dificulta el acceso a jóvenes agricultores, ya que se exige una antigüedad de tres años en el Régimen Agrario de la Seguridad Social, lo que imposibilita su acceso a las tierras comunales del municipio, ya que nadie puede dejar su trabajo en estos momentos de crisis en los que vivimos. Y no podrán acceder los autónomos del campo. Pero curiosamente sí se podrán presentar las personas jurídicas (Sociedades).
A este respecto, solamente, hace falta ver el “Capítulo II. De los titulares de las adjudicaciones“, y los artículos 4 y 5:
ART. 4.- Podrán participar en los procesos de adjudicación de aprovechamientos agrícolas y ganaderos de lotes municipales aquellos que reúnan conjuntamente las siguientes condiciones:
a.- Ser agricultor, tener más de 18 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa, y estar dado de alta en el Régimen de Seguridad Social, en el que de acuerdo con la legislación del momento, se encuadren los agricultores.
b.- Haber estado dado de alta en el Régimen Especial Agrario de Seguridad Social, -o en su caso aquel que para que esta profesión pudiera determinarse por la legislación de la Seguridad Social-, con una antigüedad de 3 años anterior a la inscripción, continuando como agricultor, o en su caso tener un régimen de invalidez, compatible con la profesión de agricultura.
c.- Estar inscrito en el padrón municipal como vecino y residente en el municipio de La Muela, con una antigüedad no inferior a cinco años, y residir en este término municipal, por igual tiempo de forma ininterrumpida. Plazo este computado desde la inscripción.
d.- Estar al corriente, de todas las tasas, arbitrios, impuestos, precios públicos, y cuantas exacciones, pudieran establecerse por el Ayuntamiento de La Muela, o respecto de los que tuviera participación por ser imposición de otras Administraciones.
e.- Ser agricultor a título principal, o en caso de que sea una actividad complementaria tener unos ingresos anuales por actividad principal inferiores a cuatro veces el salario mínimo interprofesional. La acreditación de estas circunstancias se realizará conforme a la normativa agraria y mediante la presentación de la última declaración de renta, a fecha de la solicitud.
ART. 5.- Igualmente podrán ser titulares de aprovechamientos agrícolas y ganaderos, aquellas personas jurídicas que reúnan conjuntamente las siguientes condiciones:
a.- Tener el domicilio social y la actividad principal de agricultura y/o ganadería, en el municipio de La Muela, con una antigüedad no inferior a cinco años, y residir y estar empadronados todos sus socios, en este término municipal, por igual tiempo de forma ininterrumpida.
b.- Estar al corriente, de todas las tasas, arbitrios, impuestos, precios públicos, y cuantas exacciones, pudieran establecerse por el Ayuntamiento de La Muela, o respecto de los que tuviera participación por ser imposición de otras Administraciones.
Y en tercer lugar, porque el segundo argumento utilizado por el Grupo Municipal del PP, como ya hemos dicho antes, es el ya famoso “deber de abstención” de algunos/as Concejales/as en la votación de este acuerdo plenario, por considerar el Equipo de Gobierno que estos Concejales/as tienen interés directo, este Grupo Municipal no lo acabamos de entender.
Y como hemos comentado en el punto anterior, aquí, los problemas sobre el “deber de abstención” para el Equipo de Gobierno, empezaron el 28 de junio de 2012, porque con fecha de 19 de abril de 2012, en el Informe número 73/2012 de Secretaría, el Secretario decía que ambos asuntos, “las tierras” y “la caza” eran de INTERÉS GENERAL, y cuando la Alcaldesa, consiguió aprobar inicialmente “su” Propuesta de Proyecto de Ordenanza, en el Pleno Ordinario de 31 de mayo de 2012, con su voto de “calidad”, aprovechando la ausencia del Concejal del Grupo Independiente, Lucio Vicente de la Cruz García, que estaba enfermo en urgencias, para sacar “su” propuesta adelante, no había ningún problema, los problemas vinieron, cuando en el siguiente Pleno estábamos todos/as los/as Concejales/as de la Corporación…
Porque, es curioso que hace unos minutos, se ha votado la Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles, y nadie se ausentado. Que yo sepa, sin ser ningún jurista, aquí vivimos en una casa todos/as los/as Concejales/as de la Corporación, y en esas casas que vivimos se paga IBI, y tenemos parientes que también pagan IBI, pero nadie se ausenta o se abstiene. Lo mismo pasa con el resto de Ordenanzas Fiscales que este PLENO en esta Legislatura ha modificado, la número 10 (Residuos Sólidos Urbanos, Basuras), la número 20 (Escuela Infantil), o la número 33 (Residencia Municipal), y aquí nadie se ha abstenido, porque igual ahora, en “esta fiebre”, empezamos a iniciar expedientes de nulidad de todas las ordenanzas, y ya veremos quién aprueba los Presupuestos Municipales para 2014.
CHA LA MUELA EN LAS MOVILIZACIONES CONTRA LA REFORMA LABORAL
Posted in Aragón, Baldexalón, Chunta Aragonesista, Economía, Empleo, La Muela, Libertad de Expresión, Movimientos Sociales, Participación, Política, tagged A, Adrián, Aragón, Aragonesista, Asunción, Baldexalón, CHA, Chunta, Contra, De, Derechos, Diana, Gimeno, La, Laboral, Laborales, Los, Manifestaciones, Movilizaciones, Muela, NO, Partido, Popular, PP, Recortes, Reforma, Tello, Torres, Valdejalón, Zaragoza on marzo 1, 2012| Leave a Comment »
CARTA ABIERTA A DON CAYO LARA MOYA, COORDINADOR GENERAL DE IU. POR ADRIÁN TELLO GIMENO
Posted in Aragón, Baldexalón, Chunta Aragonesista, Corrupción, Especulación, La Muela, Libertad de Expresión, Movimientos Sociales, Participación, Política, tagged Abierta, Adolfo, Alcalde, Aragón, Aragonesista, Ayuntamiento, Baldexalón, Barrena, Bielsa, Cadena, Carta, Cayo, CHA, Chunta, Coherencia, Concejal@s, Concejalas, Concejales, Concentración, Concentraciones, Coordinador, De, Dignidad, Dimisión, Disolución, Don, Ejido, El, Firmas, General, Gestora, Honradez, IU, Izquierda, Junta, La, Lara, Ley, Manifestación, Manifestaciones, María, Molinos, Moya, Muela, NO, Operación, Pinilla, Plataforma, PNL, Poniente, Proposición, Radio, Rebotica, Recogida, Salces, SER, Seseña, Transparencia, Valdejalón, Vecinal, Victoria, Zaragoza on febrero 10, 2010| 2 Comments »
A la atención de Don Cayo Lara Moya:
Como bien sabrá, el pasado 20 de octubre de 2009, en la localidad andaluza de El Ejido se destapó una trama de corrupción más conocida como “Operación Poniente”. Dicha operación dio como resultado inicial la detención de 20 personas, entre ellas, el alcalde, que actualmente se encuentra en prisión.
Al día siguiente, usted, como Coordinado General de IU, con muy buen criterio, pidió la Disolución del Ayuntamiento de El Ejido, y el Grupo Parlamentario de IU LV-CA en Andalucía registró una Proposición No de Ley (PNL) en el Parlamento de Andalucía para instar a la Junta de Andalucía a que solicitara al Gobierno Central la Disolución de dicho consistorio, basándose en el Artículo 61 de la Ley de Bases de Régimen Local.
También, es consciente de que en El Ejido, se ha creado la Plataforma “Por la Transparencia” que recoge firmas para pedir la Dimisión del Alcalde y la Disolución del Ayuntamiento y que se ha concentrado y manifestado ya unas cuantas veces por las calles y plazas de la ciudad andaluza. IU ha apoyado desde el principio a dicha Plataforma, y en un acto de compromiso con la ciudadanía la ha felicitado públicamente, así como a las personas que han salido a la calle a manifestarse, la última vez hace muy pocas semanas.
Mientras su partido en Andalucía ha mantenido esta posición valiente y coherente, en Aragón, con la trama de corrupción desatada en La Muela, denominada “Operación Molinos” se ha manifestado en el sentido totalmente opuesto. Ha calificado la propuesta de disolución como “Golpe de Estado”, y su Coordinador General en Aragón, Adolfo Barrena Salces, en un artículo publicado el pasado 1 de octubre de 2009 en El Periódico de Aragón, titulado “La Muela no es Seseña”, calificó la PNL presentada por Chunta Aragonesista (CHA), solicitando la Disolución del Ayuntamiento de La Muela (Basada en el Artículo 61 de la Ley de Bases de Régimen Local y que es la misma que presentó IU en Andalucía) “como uno de los mayores despropósitos que pueden darse en nuestro sistema democrático”, a pesar de votarla favorablemente al final.
Es más, hoy, el Coordinador General de IU en Aragón, en la Rebotica, en Radio Zaragoza (Cadena SER), ante la polémica que se ha desatado entre la Alcaldesa de La Muela y dicha emisora de Radio, por la polémica de las obras del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local (FEESL), se ha vuelto a posicionar en la misma línea.
Don Cayo Lara Moya, usted parece buena gente y siempre estamos a tiempo para cambiar. Aunque su formación en Aragón no haya apoyado a la Plataforma Vecinal de La Muela, ni haya participado en la recogida de firmas, ni en las concentraciones y las manifestaciones, siempre se está a tiempo para sumarse al carro, como bien hacen en otros lugares. Muchas personas les estamos esperando con los brazos abiertos. Se lo dice una persona que se considera aragonesista de izquierdas.
CHA LLEVA A CABO UN CICLO DE CHARLAS SOBRE LA MUJER EN DIVERSAS LOCALIDADES DE ARAGÓN
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La responsable de la Secretaría de Mujeres de CHA, Julia Cortés, señala que «se trata de un paso más dentro de las actividades que organizamos a lo largo del año. La propia creación de la Secretaría de la que soy responsable es el mejor ejemplo de la verdadera apuesta y compromiso de CHA por las mujeres».
CHA ha puesto en marcha, en el entorno de la celebración del Día de la mujer, una serie de charlas en diferentes municipios para profundizar en algunos temas. La serie de charlas comenzó con la ofrecida por Nieves Ibeas, Presidenta de CHA, en la ciudad de Jaca. En este caso se centró en la conciliación de la vida laboral y familiar. Hoy viernes, Boltaña, será el escenario de otra charla en la que se hará un repaso a la vida y papel fundamental jugado por determinadas mujeres republicanas. Marisa Fanlo, Vicesecretaria General de CHA y Josefina Musulén, de la Asociación Amparo Poch, serán las encargadas de dar contenido a la charla “Portadoras de sueños: mujeres, República y memoria”. Precisamente estas mismas ponentes serán las encargadas de ofrecer la charla, organizada por CHA-Zaragoza, prevista para el martes 10 de marzo, a las 19:00 horas, en el CC Teodoro Sánchez Punter, bajo el título “Mujeres republicanas en la historia”. También en Embid de la Ribera tendrá lugar, el sábado 7 de marzo, una charla a cargo de Elvira Esteban bajo el título “Manifiestos sobre la mujer trabajadora”. Y el domingo día 8 de marzo, a las 16:00 horas y organizado por CHA-Jacetania, un homenaje con poesía en los antiguos lavaderos de Jaca. Por último, la Junta de distrito del zaragozano barrio de Las Delicias, acogerá una charla a cargo de Pilar Martín bajo el título, “Mujer, trabajo y familia” que comenzará a las 20:00 horas y que abordará el tema de la conciliación familiar y laboral.
Paralelamente, CHA participará el próximo día 8 de marzo en las convocatorias previstas con motivo del Día de la mujer. Representantes de CHA ya han confirmado su participación en Zaragoza, Huesca y La Almunia de Doña Gomina. En Huesca la manifestación tendrá a las 12 horas desde la plaza Navarra y asistirán, además de militantes y simpatizantes de CHA, Azucena Lozano, Presidenta de CHA-Hoya de Huesca/Plana de Uesca y el concejal de CHA en el Ayuntamiento de Huesca, Luis Gállego. En Zaragoza la cita es a las 12 de la mañana desde la Glorieta Sasera y contará con la presencia de la Presidenta de CHA, Nieves Ibeas; la responsable de la Secretaría de mujeres, Julia Cortés; la coordinadora del Rolde de Igualdad de CHA, Concha Nasarre, y la concejala Carmen Gallego, así como militantes y simpatizantes. CHA también estará presente en los actos organizados en La Almunia de Doña Godina por el Consejo sectorial de la mujer de la DPZ. A esta jornada asistirá tanto el Vicepresidente en la DPZ (CHA), José Antonio Acero, como la vicesecretaria general de CHA, Marisa Fanlo y la concejala de CHA en Longares, Eva Sanz.
La responsable de la Secretaría de mujeres de CHA, Julia Cortés, reclama “un mayor interés por parte del Gobierno de Aragón hacia las mujeres para que sean capaces de liderar medidas transversales y se crea el papel que le toca asumir”. Para Julia Cortés “están trabajando a un ritmo mucho más lento del que lleva la sociedad en estos temas” y añade que “en CHA existe un amplio compromiso con la mujer, prueba de ello es la existencia de esta Secretaría dentro de la Ejecutiva. Llevamos trabajando todo el año en diversos temas y, por supuesto, estaremos presentes en los actos puntuales con otras organizaciones y colectivos”.
ENTALTO PALESTINA LIBRE!!!
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