Esta semana, el Grupo Municipal de CHA hemos tenido acceso al CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, suscrito entre María Soledad Aured de Torres, como Alcaldesa de La Muela, y EULEN SA, para que dicha empresa realice la prestación de las siguientes actividades deportivas, entre el 7 de octubre de 2013 y el 30 de junio de 2013 (Nos imaginamos que habrá sido un error, y querían decir 30 de junio de 2014): Padel Infantil, Tenis, Zumba, Pilates y Ciclo Indoor.
Así pues, por un lado EULEN SA, recibirá los ingresos derivados del pago por parte de los/as usuarios/as de las actividades programadas, y por otro lado, el Ayuntamiento de La Muela abonará a EULEN SA, a razón de 30 €/hora por monitor/a, hasta 18.000 €, si el importe de las tarifas que pagan los/as usuarios/as no fuera suficiente para cubrir los gastos de gestión. Vamos, «otro negocio redondo«, si hay beneficios serán íntegramente para la empresa, y si hay que asumir pérdidas, serán sufragadas por el Ayuntamiento de La Muela.
Además, «el Ayuntamiento de La Muela se compromete y obliga a mantener las instalaciones en condiciones de ser utilizadas a los fines del presente contrato en los horarios y días indicados en el Anexo I del mismo«. Es decir, el Consistorio va a poner los gastos del personal, los suministros –luz, agua y gas-, así como el mantenimiento, para que una empresa tenga beneficios íntegros, y el Ayuntamiento, para variar, asuma los gastos…
PD. Eso sí, si las chicas y los chicos del Pueblo, quieren jugar en las canchas de fútbol, baloncesto, tenis, padel, frontón…, que hay en el Centro Deportivo Municipal, sin ningún tipo de ánimo de lucro, solamente para divertirse, hacer deporte y pasar un rato ocioso, no pueden, tienen que pagar. Ni tampoco pueden utilizar el «Pabellón Viejo» como se hacía antes… La aplicación de la Ley del Embudo, sin más, por parte del Gobierno Municipal del PP en La Muela.
Por su parte, Adrián Tello, portavoz de CHA, aseguro que esta misma semana toda la oposición presentó un escrito al secretario municipal en el que piden un informe de todo lo que ha realizado la interventora accidental, ya que los actos podrían ser plenos de nulo derecho (Tendría que poner nulos de pleno derecho). <<En este tiempo, se aprobaron reconocimientos extrajudiciales, hizo informes económicos… y documentos importantes. Y por todo ello, podría haber consecuencias legales bastante fuertes>>, puntualizó Tello.
Además, el portavoz de la agrupación nacionalista aseguró que el nombramiento de la funcionaria accidental es <<ilegal>> porque era interina y no funcionaria en propiedad –algo que criticaron que no se comprobara desde Administración Local y que fuera aceptado por la trabajadora a sabiendas que no podía-.
En cuanto a la primera funcionaria de habilitación estatal (Hay una errata, debería poner interina, como pone en la siguiente frase), este grupo también llevó al Justicia de Aragón una queja porque consideraban que la petición de cese de la interina se basaba en <<acusaciones falsas y totalmente infundadas>>. Tello también criticó que se haya utilizado la web municipal para contestar al balance de los dos años que había hecho CHA en su blog del partido, ya que al final de la nota se dan una serie de explicaciones sobre las cuestiones que los nacionalistas habían resaltado en su bitácora.
De la noticia publicada por El Periódico de Aragón:
Por su parte, Adrián Tello, portavoz de Chunta en el consistorio, denunció ayer el «uso partidista» que el equipo de Aured realiza de la página web municipal y recordó que la primera interventora fue destituida por un decreto de la alcaldesa y que esta medida ha sido objeto de una queja ante el Justicia de Aragón por parte de Chunta, admitida a trámite, mientras que la totalidad de la oposición ha mostrado su disconformidad ante la Administración autonómica.
Con respecto a la segunda interventora, Tello explicó que no posee la plaza en propiedad ni está habilitada con carácter estatal, motivo por el que todos los concejales de la oposición han solicitado al secretario que informe si los actos jurídicos que realizó durante su ejercicio del cargo son nulos de pleno derecho y si la actuación de la alcaldesa contraviene el ordenamiento jurídico.
RESULTADOS DE DOS AÑOS DE GOBIERNO MUNICIPAL DEL PP EN LA MUELA:
– A día de hoy, los Concejales de los Grupos Políticos de la Oposición no tenemos el borrador del Presupuesto del Ayuntamiento de La Muela para el ejercicio 2013.
– A día de hoy, el Ayuntamiento de La Muela no ha aprobado todavía el Plan Económico-Financiero, cuando la Alcaldesa y su Equipo de Gobierno son conscientes de la obligatoriedad de su realización desde el inicio de la legislatura, cuando se aprobó la Liquidación del Ejercicio de 2010, y se dio cuenta en el primer Pleno Ordinario, allá por julio de 2011.
– A día de hoy, el Ayuntamiento de La Muela no tiene aprobada la Cuenta General de 2012.
– A día de hoy, el Ayuntamiento de La Muela no tiene Interventor/a, tras un nombramiento no válido de una Funcionaria Interina del Consistorio, cuando para ejercer el cargo de Interventor/a «accidental», hace falta ser habilitado/a de carácter estatal o funcionario/a con plaza.
– A día de hoy, por el Ayuntamiento de La Muela han pasado cuatro interventores/as en dos años. Sobre esta situación, El Justicia de Aragón ha abierto expediente respecto a la actuación de la Alcaldesa, por la «Elevación de Propuesta al Gobierno de Aragón, para cesar a la Interventora Interina del Ayuntamiento de La Muela, con acusaciones falsas y totalmente infundadas«, ante una QUEJA de este Grupo Municipal.
– A día de hoy, todavía no hay suministro eléctrico ni en la Biblioteca ni en el Almacén Municipal, pero se ha «reabierto» la Piscina Climatizada, cuyo despilfarro lo estamos calculando a base de hacer las «cuentas de la abuela«.
– A día de hoy, la Concejala de Deportes sigue impartiendo clases de tenis en el Centro Deportivo Municipal, a través de la empresa que gestiona las actividades deportivas, a los pocos días de firmar el convenio que negoció la propia Concejala.
– A día de hoy, el Ayuntamiento de La Muela todavía no ha sacado ni una sola plaza a oposición, a pesar de las constantes «promesas» de la Alcaldesa –o a lo mejor la «promesa» de hacerlo, es la excusa para justificar la contratación de 17 personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva, saltándose todos los procedimientos legalmente establecidos-.
– A día de hoy, el Ayuntamiento de La Muela no apoya la cultura, ni revitaliza la Banda de Música, ni apoya al Grupo de Teatro, a pesar de las Propuestas de Resolución presentadas por el Grupo Municipal de CHA, y ser aprobadas en Pleno por UNANIMIDAD. Eso sí, tenemos coordinador de museos cerrados, azafata de museos cerrados, y limpiadoras de museos cerrados…
En esta semana, El Justicia de Aragón ha admitido a trámite dos nuevas quejas presentadas por el Grupo Municipal de CHA en el Ayuntamiento de La Muela, ante lo que consideramos una «nueva» vulneración del ordenamiento jurídico por parte de la Alcaldesa, Marisol Aured de Torres, que se vienen a sumar a las otras nueve quejas, que fueron admitidas en los pasados meses de diciembre, enero, febrero y marzo, haciendo un total de once quejas admitidas por esta alta institución hasta la fecha.
Ahora, los asuntos por los que El Justicia de Aragón ha abierto dos nuevos expedientes son la «Elevación de Propuesta al Gobierno de Aragón, para cesar a la Interventora Interina del Ayuntamiento de La Muela, con acusaciones falsas y totalmente infundadas«, y la «Aprobación del Pliego y Memoria de Explotación de la Contratación del Servicio de Abastecimiento de Agua y Vertido, así como del Proyecto de Obras que figura en el mismo, en la modalidad de concesión, sin fiscalización previa, y saltándose la realización de los trámites y requisitos más esenciales«.
Esta semana, El Justicia de Aragón nos ha vuelto a comunicarnos que ya ha resuelto otra de las nueve quejas admitidas a trámite, respecto a la actuación de la Alcaldesa de La Muela, Marisol Aured de Torres (PP), en lo que consideramos que se está vulnerando el ordenamiento jurídico, por parte de este Grupo Municipal.
Esta vez, la QUEJA es la referente al reconocimiento a 25 trabajadores/as del Ayuntamiento de La Muela, la condición de personal laboral indefinido, pudiendo ser dicha actuación contraria a derecho. Pues bien, El Justicia de Aragón ha realizado la siguiente SUGERENCIA:
«El Ayuntamiento de La Muela debe regularizar la situación de los veinticinco trabajadores indefinidos no fijos incluidos en el Decreto de Alcaldía 781 lg/S 2012, adoptando las medidas necesarias para garantizar el respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público del consistorio«.
A este respecto, es conveniente rescatar las declaraciones de la Alcaldesa de La Muela, con fecha de 13 de marzo de 2013, en El Periódico de Aragón –y que cada cual valore…-:
«Me extraña que la oposición se centre exclusivamente en los 17 trabajadores de la sociedad municipal, en los que el ayuntamiento se subrogó al disolverse la entidad», señaló Aured. «Dentro del consistorio existen muchos empleados que entraron por decreto, sin concurso, cuando ocupaba el cargo Mariví Pinilla», recalcó«.
“Recomendación sobre la contratación por parte del Ayuntamiento de La Muela de 17 personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muela, SL (en concurso y liquidación)”, realizada por El Justicia de Aragón, en el Expediente DI-2283/2012-5, con la siguiente RESOLUCIÓN:
(…)
Vistos los antecedentes de hecho y consideraciones realizadas, y en ejercicio de las facultades que a esta Institución confiere el artículo 22 de la Ley 4/1985, de 27 de junio, reguladora del Justicia de Aragón, he resuelto efectuar al Ayuntamiento de La Muela las siguientes RECOMENDACIONES:
PRIMERA.- Que, si no se justifica adecuadamente su creación a la luz de lo dispuesto en el art. 3 del Real Decreto-Ley 20/2011, proceda a revisar el acuerdo municipal de 10 de mayo de 2012 correspondiente a la aprobación –junto con el Presupuesto General del Ayuntamiento-, de la plantilla de personal del Consistorio determinada para el año 2012 respecto de los puestos en ella incluidos como de nueva creación.
SEGUNDA.- Que proceda a la revisión y/o anulación del Decreto de Alcaldía nº 247 lg/S 2012 por el que se acordaba la asunción directa por parte del Ayuntamiento de La Muela, como personal laboral indefinido integrado en la plantilla municipal, de varios trabajadores procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muela, SL. La cobertura de las nuevas plazas que, en su caso, se puedan crear para atender por parte del Ayuntamiento de La Muela aquellas actividades y funciones hasta ahora asumidas por la indicada sociedad municipal habrá de realizarse con arreglo a los sistemas selectivos establecidos en el EBEP, a los que podrán concurrir los trabajadores procedentes de aquella”.
Aclaraciones:
1. EBEP (Estatuto Básico del Empleado Público).
2. “A los que podrán concurrir los trabajadores procedentes de aquella” (Y todos/as los/as que se quieran presentar).
Esta semana, El Justicia de Aragón nos ha comunicado que ya ha resuelto una de las nueve quejas admitidas a trámite, respecto a la actuación de la Alcaldesa de La Muela (PP), en la que este Grupo Municipal consideramos que está contraviniendo el ordenamiento jurídico. La QUEJA en concreto, es la referente a la «contratación de 17 personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muela, saltándose todos los procedimientos legalmente establecidos«, y esta alta institución NOS HA DADO LA RAZÓN.
Y es que desde septiembre de 2011, la Alcaldesa sabía que no podía contratar a las personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva –en concurso y liquidación-, y así se lo hizo saber la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Aragón, en un Informe a petición de la propia Alcaldía:
“En contestación a su escrito de fecha 2 de septiembre de 2011, por el que solicita se informe por esta Dirección General si es conforme al ordenamiento jurídico, la asunción por parte del Ayuntamiento y de forma directa, de los trabajadores de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muela, SL, tengo a bien informarle lo siguiente:
…2º. De acuerdo con el artículo 55 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEB), el acceso al empleo público debe llevarse a cabo de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y del resto del ordenamiento jurídico, por lo que las Administraciones Públicas, entidades y organismos, seleccionarán a su personal funcionario y laboral mediante procedimientos en los que se garanticen los principios constitucionales antes expresados, así como los establecidos a continuación: a. Publicidad de las convocatorias y de sus bases. b. Transparencia. c. Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección d. Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección. e. Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar. f. Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
(…)
Por todo ello, esta Dirección General considera que no es conforme con el ordenamiento jurídico la asunción de los trabajadores de forma directa que plantea, no obstante, si la intención del Ayuntamiento es seguir prestando dichos servicios, deberían reconsiderar la posibilidad de no disolver la sociedad hasta que decidan que ya no se puede o no procede prestar los citados servicios. Zaragoza, a 23 de septiembre de 2011. LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL».
Y a pesar del conocimiento de este Informe, desde Alcaldía se actuó de forma contraria, realizando dichas contrataciones por Decreto de Alcaldía –usurpando las competencias del Pleno-, incumpliendo varios Informes de Secretaría y de Intervención, haciendo «caso omiso» a las advertencias de este Grupo Municipal… Ahora, El Justicia de Aragón le ha dado un plazo de un mes para que conteste si acepta la siguiente «recomendación» –que viene a ser, que la Alcaldesa deshaga toda su actuación realizada, contraviniendo el ordenamiento jurídico-:
“Recomendación sobre la contratación por parte del Ayuntamiento de La Muela de 17 personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muela, SL (en concurso y liquidación)”, realizada por El Justicia de Aragón, en el Expediente DI-2283/2012-5, con la siguiente RESOLUCIÓN:
(…)
Vistos los antecedentes de hecho y consideraciones realizadas, y en ejercicio de las facultades que a esta Institución confiere el artículo 22 de la Ley 4/1985, de 27 de junio, reguladora del Justicia de Aragón, he resuelto efectuar al Ayuntamiento de La Muela las siguientes RECOMENDACIONES:
PRIMERA.- Que, si no se justifica adecuadamente su creación a la luz de lo dispuesto en el art. 3 del Real Decreto-Ley 20/2011, proceda a revisar el acuerdo municipal de 10 de mayo de 2012 correspondiente a la aprobación –junto con el Presupuesto General del Ayuntamiento-, de la plantilla de personal del Consistorio determinada para el año 2012 respecto de los puestos en ella incluidos como de nueva creación.
SEGUNDA.- Que proceda a la revisión y/o anulación del Decreto de Alcaldía nº 247 lg/S 2012 por el que se acordaba la asunción directa por parte del Ayuntamiento de La Muela, como personal laboral indefinido integrado en la plantilla municipal, de varios trabajadores procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muela, SL. La cobertura de las nuevas plazas que, en su caso, se puedan crear para atender por parte del Ayuntamiento de La Muela aquellas actividades y funciones hasta ahora asumidas por la indicada sociedad municipal habrá de realizarse con arreglo a los sistemas selectivos establecidos en el EBEP, a los que podrán concurrir los trabajadores procedentes de aquella”.
Aclaraciones:
1. EBEP (Estatuto Básico del Empleado Público).
2. «A los que podrán concurrir los trabajadores procedentes de aquella» (Y todos/as los/as que se quieran presentar).
El Grupo Municipal de CHA en La Muela ha informado que el Justicia de Aragón ha admitido a trámite nueve quejas presentadas los pasados meses de diciembre, enero y febrero, por entender que la Alcaldesa del municipio, María Soledad Aured de Torres, había vulnerado los derechos fundamentales de los concejales, contraviniendo el ordenamiento jurídico.
Adrián Tello, Portavoz del Grupo Municipal de CHA, ha explicado que las quejas, aceptadas a trámite, “recogen asuntos de cierta gravedad, como la contratación de 17 personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva, saltándose todos los procedimientos legalmente establecidos ”.
Otros asuntos hacen referencia a la vulneración de los derechos de los concejales en el ejercicio de su función representativa, al no facilitar información, o al cobro de tasas antes de que éstas se hubieran aprobado en el BOPZ, así como a la Declaración de Obra de Especial Interés o Utilidad Pública por Fomento de Empleo a la Sociedad “Granja XX XXXXX XXXXXX, XX”, y concesión de una bonificación del 50% del importe del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, sin justificar la creación de empleo.
Otras de las quejas tramitadas hacen referencia al reconocimiento de la condición de Personal Laboral Indefinido a 25 trabajadores/as del Ayuntamiento de La Muela, saltándose todos los procedimientos legalmente establecidos; al pago de los Servicios de Socorrismo del Centro Deportivo Municipal del mes de octubre de 2012 a un socorrista, sin existir vínculo contractual escrito alguno con el Ayuntamiento de La Muela; o a la facturación de «(…)», por el contrato “Asistencia Jurídica y Defensa Letrada”, por encima del límite que establece el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para los procedimientos negociados sin publicidad.
Como bien sabéis, con fecha de 12 de diciembre de 2012, desde CHA La Muela nos dirigimos al Justicia de Aragón, con un escrito, ya que consideramos que se están vulnerando los derechos fundamentales de estos concejales y se está contraviniendo el ordenamiento jurídico, por parte de la Alcaldesa de La Muela, Dª María Soledad Aured de Torres (PP).
De esta manera, las cinco quejas que realizábamos en el mencionado escrito eran:
– Vulneración al derecho a la participación ciudadana en la vida pública.
– Contratación de 17 personas procedentes de la Sociedad Municipal Cultural y Deportiva de La Muela, saltándose todos los procedimientos legalmente establecidos.
– Modificación del Contrato entre el Ayuntamiento de La Muela y XXXXX, saltándose todos los procedimientos legalmente establecidos, dado que dicha modificación es realizada por la Alcaldesa directamente, cuando la competencia es del Pleno, y sin fiscalización previa.
– Utilización de las instalaciones del Centro Deportivo Municipal para la realización de la actividad laboral, por parte de la Concejala de Deportes, Dª Marta Martínez Villarig, obteniendo un beneficio de dicho uso, aprovechándose de su condición de cargo público.
– Cobro de las Tasas de la Ordenanza Fiscal número 12, «Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por prestación de servicios y la realización de actividades municipales de carácter deportivo, educativo y cultural», antes de su aprobación definitiva y correspondiente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ).
Os informamos, que en recientes fechas, El Justicia de Aragón nos ha comunicado que estas cinco quejas han sido admitidas a supervisión, mediante la apertura de cinco expedientes diferentes, y ahora, dicha institución se dirigirá al Ayuntamiento de La Muela, para que le informe sobre las cuestiones que planteamos.
Eso decía la célebre cita de CP Scott, editor del periódico inglés The Guardian. En la sesión plenaria que se celebró este martes pasado, gracias a la fiscalización que realizamos desde el Grupo Municipal de CHA, tuvimos acceso a los primeros datos sobre la gestión del Centro Deportivo Municipal, desde que el Gobierno Municipal del PP modificó la Ordenanza Fiscal nº12, Reguladora de la Tasa por prestación de servicios y la realización de actividades municipales de carácter deportivo, educativo y cultural, con el objetivo de volver a abrir la piscina cubierta, a pesar de que dicha reapertura fuera a generar «inicialmente» un déficit de 202.877,18 € en diez meses.
Aquí está la previsión de ingresos realizada por el Equipo de Gobierno:
A la pregunta del Grupo Municipal de CHA, «Según las previsiones aportadas por el Gobierno Municipal del PP en La Muela, para aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 12, Reguladora de la Tasa por prestación de servicios y la realización de actividades municipales de carácter deportivo, educativo y cultural, se había apuntado la cifra de que hubiera 900 personas abonadas desde septiembre a junio. ¿Se han cumplido las expectativas?, ¿Cuántos/as socios/as tiene el Centro Deportivo Municipal en estos momentos?«
La respuesta de la Concejala de Deportes fue que se habían cumplido las expectativas, y en estos momentos había 330 personas abonadas al Centro Deportivo Municipal –es decir, 570 menos de las que se había previsto para analizar los costes-.
Pd. En cuanto a la estimación de ingresos, se calcularon en base al abono anual -doce meses-, para una estimación de gastos de diez meses…
Y aquí está la previsión de gastos realizada por el Equipo de Gobierno:
A la pregunta del Grupo Municipal de CHA «A día de hoy, ¿Cuántos/as trabajadores/as de la Plantilla Municipal tienen destinado como su centro de trabajo el Centro Deportivo Municipal?, ¿Cuál es el coste de dicho personal?«
La respuesta de la Concejala de Deportes fue que había trece personas de la Plantilla Municipal en el Centro Deportivo Municipal, suponiendo al mes un coste de 18.615 € – si lo multiplicamos por diez meses salen 186.150 €, 11.178,6 € más de lo inicialmente previsto en gastos de personal-.
En cuanto a esta situación (Foto. Noticia El Periódico de Aragón 01.11.12), hablaremos próximamente…
Hoy, hemos vuelto a tener otro Pleno «surrealista» del Ayuntamiento de La Muela, ya que hay determinadas cosas que pasan en este consistorio y en pocos más. Hemos visto, que se aprobaba con los votos favorables de PP, CDL y PSOE, la abstención del Grupo Independiente, y el voto en contra del Grupo Municipal de CHA, el reconocimiento de una factura del arquitecto de 12.050,10 €, a pesar de que el Informe de Intervención 116.2012, entre otras muchas cosas dice: «A tenor del acuerdo adoptado en la sesión de julio de 2002, el encargo es conjunto al arquitecto municipal y al letrado asesor, habiendo sido emitida la presente factura por un único sujeto, que liquida la totalidad de los trabajos encargados, se plantea la duda de si procede la facturación del trabajo por parte de D. XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, en su totalidad, o bien si correspondiendo dicha facturación a una parte, subsisten todavía obligaciones con respecto al tercero letrado asesor«. Es decir, sin comprobar si dicha factura fue abonada ya al asesor jurídico que hizo el PGOU en su día, se va a proceder a su pago…
También, hemos visto como se han eliminado 607.500,00 € en subvenciones del presupuesto municipal, en unas previsiones que fueron demasiado optimistas en su día, ya que finalmente dichas ayudas de otras administraciones -el Instituto Aragonés del Agua para ejecutar la potabilizadora y el colector, y la DPZ para pagar deuda de la Seguridad Social- no van a llegar en este ejercicio.
En la parte de seguimiento y control, entre otras cuestiones, hemos preguntado por el Informe de Intervención 117.2012, en el que Alcaldía ha levantado varios reparos formulados por la Interventora, consistentes en que con fecha de 14 de agosto de 2012 se modificó el contrato con XXXXX –la empresa concesionaria del servicio de recogida de basura-, prescindiendo de las exigencias que en materia de modificación de contratos señala la legislación de contratos del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. ¡¡¡Además, se han pagado facturas del mes de junio y julio de 2012, en base a una modificación de contrato realizada el 14 de agosto de 2012!!!
Para terminar, hemos presentado una batería de preguntas sobre el Centro Deportivo Municipal. Y la sorpresa –o no-, ha venido al final de la sesión plenaria, ya que la Concejala de Deportes ha reconocido que trabaja para la mercantil «XXX XXXXX XX«, dando clases de tenis en dicho centro, desde el mes de octubre del presente año. Curiosamente, el 28 de agosto de 2012, Alcaldía firmó un convenio de colaboración con dicha empresa para dar clases de natación, actividades acuáticas, actividades de sala, tenis y padel en el mencionado Centro Deportivo Municipal. Un convenio, que entre otras cosas sirve, que para que la Concejal de Deportes siga dando clases de tenis… –eso sí, para el Gobierno Municipal del PP no existe conflicto de interés o incompatibilidad alguna-. Como dijimos ya, hace unos meses, «queda feo«. Pero de este tema, haremos una crónica más amplia en los próximos días…
En la página «DPZ: Perfil de Contratante» se puede ver el «Contrato Gestión Centro Deportivo La Muela«. En el Anexo 2 en el Pliego de Prescripciones Técnicas para la Concesión de la Gestión del Servicio Público de «Centro Deportivo La Muela», en el apartado 15, Valoración de las Ofertas (Páginas 20-21), resulta muy curioso ver que al criterio C-2 se le asignen 10 puntos, y sin embargo, al criterio A, se le asignen 5 puntos:
«C-2.- Contratación de monitores. Se tendrá en cuenta la contratación de los monitores que actualmente prestan servicio en el Centro Deportivo. A la oferta más ventajosa se le asignará 10 puntos. Las restantes ofertas se puntuarán de acuerdo con un criterio de proporcionalidad«.
«A.- Canon de concesión. A la oferta que presente mayor incremento sobre el canon mínimo de licitación se asignará 5 puntos. Las restantes ofertas se puntuarán de acuerdo con un criterio de proporcionalidad directa«.
Pero resulta todavía más curioso saber, que en el pleno ordinario que tuvo lugar la semana pasada (30.03.12), en el primer punto del orden del día de la sesión, tomo posesión como Concejala del Grupo Popular (PP), la actual Monitora de Tenis en el Centro Deportivo Municipal, que además fue nombrada Delegada del Área de Sanidad, Deportes y Bienestar Social, por lo que según el Anexo 1 (Página 12) estará en la Mesa de Contratación del «Contrato Gestión Centro Deportivo La Muela«.
Será legal y todo lo que quieran, pero éticamente es REPROBABLE. Y como dijo en el pleno, el Concejal del Grupo Municipal de CHA, Pedro Bartolomé Pérez, «QUEDA FEO«.
RT @atellogimeno: Se producirá más energía, se minimizarán las afecciones sobre el paisaje y el medio ambiente y nuestro #Ayuntamiento reca… 22 hours ago